Es un Departamento noble y trabajador en mi opinión. No conozco los cursos virtuales, pero los programas de radio son excelentes, muy especialmente seguir a Mónica Harranz y Gómez Gene (éste último un auténtico espectáculo de docente). Los exámenes son de nivel medio, con alguna que otra pregunta muy complicada y rebuscada, pero las demás o previsibles, o bien han caído en cursos anteriores, o no han caído pero a poco que se entienda la asignatura y se haya estudiado no es complicado realizarlas. Corrigiendo son bastante justos y son conscientes de la dificultad de la asigantura (muchas cuestiones novedosas y términos propios de la asigantura, que no se conocían antes). Corrigiendo es más benevolente Gómez Gene y Mónica Harranz, y algo más estricto el Catedrático Miralles Sangro (pero no injusto). Las preguntas teóricas han de contestarse sin divagaciones, unas diez líneas más o menos, valiéndoles el concepto y una par de características concretas de lo que se pregunta (si se pone el art. lo valoran bastante, pero no es obligatorio). Lo casos prácticos ser ordenados. No perdonan, en ningún caso, cargarse una pregunta estrella del programa (por ejemplo cargarse el exequátur de Derecho propio autónomo, la LEC 1881 arts 951 al 958, procedimiento de reconocimiento de resoluciones extranjeras en España), puesto que ha salido muchas veces y es clave en la asignatura. Tampoco perdonan confundir las problemáticas, es decir, competencia con ley aplicable, o ley aplicable con reconocimiento y ejecución. Baja mucho la nota, pero no siempre es suspenso y depende de como esté el resto del examen, el cargarse la jerarquía normativa, es decir, aplicar el Derecho propio autónomo que amana de nuestro legislador estatal (LOPJ, LEC, CC) cuando procedía aplicar un instrumento comunitario (Directiva o Reglamento) o cuando procedía aplicar el régimen convencional (Tratados internacionales). Y son cuestiones que no perdonan o bajan mucho la nota porque son la clave para demostrar si se entiende o no se entiende la asigantura. Dan por mala también cuando se pregunta el instrumento de aplicación el decir " Se aplica el Convenio de la Haya", se ha de indicar, qué menos, el año y la materia " Se aplica el Convenio de la Haya de 1993 en materia de adopción nternacional", puesto que Convenios de la Haya igual hay veinte en vigor de los que España es parte. Por lo demás, que cuando se le pilla el hilo a la asignatura está "muy chuli", te ayuda a reflexionar, a investigar, a repasar cuestiones procesales muy interesantes etc
No me extiendo más, disculpas por el rollo que he soltado, y te deseo mucha suerte y ánimo. Un saludo.