Estoy de acuerdo.
Veamos: eso que dices no es en realidad a mi juicio, derecho de indentidad, que en rigor no es necesario, puesto que ya es un hecho. Digamos que las personas pertenecemos a una etnia y todos los de una etnia, tienen evidentemente el derecho a formar colonias, que no son sino macroasociaciones organizadas con un criterio cultural, como es natural. Para que tales macroasociaciones tengan un peso específico, es necesario a mi juicio, que su porcentaje sea importante en la ciudad. Pero cuidado: porque así como una colonia tiene derecho a tener leyes propias que le permitan organizarse, así también las demás colonias. Y a lo que me refiero del derecho de retracto, es que una persona debe poder mudarse de una a otra colonia. A lo que no tienen derecho desde mi punto de vista, es a que una colonia legisle sobre qué usos debe tener la otra, de igual modo que por ejemplo un pastor de una religión, no tiene derecho a decir qué usos religiosos debe tener una comunidad religiosa que no es la suya. De modo que digo que en una ciudad todas las colonias podrán tener diferentes usos, pero no así más derechos. Y todo eso, respetando siempre las libertades políticas, culturales, religiosas y comerciales más elementales y la dignidad de la persona. Y el derecho de retracto, tiene necesariamente que operar: pues ninguna persona, ni comunidad, tienen derecho a renunciar a las libertades políticas, culturales, religiosas y comerciales más elementales, pues entonces, personas que quieren ser libres, quedan prisioneras de un contrato de servidumbre que no han hecho.