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Autor Tema: EEUU: ejemplo de locura penal.  (Leído 21735 veces)

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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #60 en: 29 de Diciembre de 2009, 11:04:40 am »
Señores: ¡un jurado de doce! Un jurado de doce a los que nadie puso que se sepa, una pistola en el pecho, que fue elegido al azar. Y ya están viendo la mano mulata de Obama apuntando hacia los doce miembros: seis hombres y seis mujeres. Pero no sólo eso, sino que además creo que la madre rechazó un trato que le concedía la custodia y su libertad al padre el derecho de visita. Es decir: se le ofreció un trato perfectamente ajustado al Convenio de La Haya, que ella rechazó. Y ese rechazo del trato: ¿también fue un acto de abuso de poder del malvado mulato?

Pero lo peor no es eso, lo peor es que aquí en España nos negamos a ver las virtudes del otro. Voy a poner un ejemplo extremo: si un asesino escribe un libro clarividente, como asesino le condenaré, pero no por ello le negaré su rasgo visionario.

Dicho esto, sobre la sentencia tengo mis dudas: creo que una de sus partes dice lo siguiente:

Citar
"Este Tribunal no reconocerá la decisión que contravenga la ley de New Jersey, el orden público y perjudique a sus ciudadanos. Por lo tanto no puedo y no reconoceré la decisión del Tribunal español en la audiencia de la Convención de La Haya."

En todo caso las causas de no restitución son las siguientes: (art. 13 CLH)

a) Desempeño inapropiado del derecho de custodia o consentimiento de la retención.
b) Riesgo físico o psíquico o situación intolerable (léase gravemente perjudicial para el menor).
c) Oposición del menor si se considera que está en una edad adecuada para hacer uso de su razón.

Cosas éstas que tienen que ser demostradas fehacientemente.

De modo que la pena puede que sea inadecuada, a mí de hecho me parece excesiva. No en base a las penas españoles, sino excesiva de por sí. Pero este hecho no puede servir como enmienda a la totalidad.

Es cierto, sin embargo, que por lo que tengo visto, el juez Torack tiene una pésima valoración en Estados Unidos.

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Y finalizo: quien decide qué pruebas van a juicio, creo que es el juez, no el jurado.

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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #61 en: 29 de Diciembre de 2009, 11:24:33 am »
Aunque por otra parte, comprenderé que alguien diga de todo esto, lo que yo de la Constitución: que ese vicio (aquí el artículo 159 de la Constitución, y ahí por ejemplo determinadas penas o el hecho de que la justicia sea tan cara) ya desvirtúa decisivamente todo lo demás, siendo así que todo lo demás podrá ser precioso, pero esa parte queda tan fea que ya el todo no me gusta...
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #62 en: 29 de Diciembre de 2009, 11:35:26 am »
Y olvidaba otra cosa: la elección no es nunca el mal menor, sino siempre depurar en lo posible, todo cuanto sea injusto venga de donde venga. Yo no soy partidario de americanizar Europa, sino de importar cuanto sea justo y desechar cuanto sea injusto. Si algo no nos gusta, el conformismo nunca será la opción: sino mejorarlo. Con los sistemas judiciales, exactamente lo mismo.
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #63 en: 29 de Diciembre de 2009, 16:49:42 pm »
Bueno, esto ya empieza a ser cansino, da la sensacion de que unos hablamos de vacas y otros de margaritas, sin saber muy bien donde esta el cortocircuito.

Palangana, amigo, me ofende que pienses eso de mi, y que por añadidura no te hayas leido mi post; en ningun momento he dicho que me parezca bien meterle 14 años a la madre., he dicho incluso que la pena me parece injusta y desproporcionada, vuelvelo a leer, por favor. Ahora bien, tengo que agradecer al compañero Mordekay que haya expuesto con claridad y brillantez todos mis argumentos sobre este tema, algo que por lo que veo yo no he sabido hacer. Mordekay, estoy al 100% de acuerdo con lo que has dicho, al igual que con lo que ha comentado Drop, y con algunos argumentos de simple22. Seguir apelando a la visceralidad, a la nacionalidad española de la acusada y a lo malos malisimos que son los norteamericanos no me parece solido, la verdad.

Palangana, entiendo perfectamente que quieras hacer valer el ordenamiento juridico español sobre todas las cosas, pero no puedes ignorar que las decisiones tomadas por el juzgador español tienen vicios procesales clarisimos, como por ejemplo ignorar una resolucion judicial anterior. Invocar el ius sanguinis esta bien, pero la menor estaba en su pais de residencia y de nacimiento, no en un tercer pais, para mi esa cuestion esta clarisima, asi como la de la fraudulenta eleccion de foro de la señora Carrascosa, de la que en ningun modo puede aprovecharse. Si la cuestion de Derecho internacional privado original deriva en una cuestion penal en los USA, es unica y exclusivamente por culpa suya, con lo cual es de personas adultas afrontar las consecuencias. POR SUPUESTO, esto no quita para que a titulo personal considere tanto la sentencia como la pena exageradas y no ajustadas al caso concreto. Como dije en mi anterior post (por favor, pierde 30 segundos en leerlo), bastante ha pasado ya esta mujer en la carcel, para mi el problema se solucionaria dandole la custodia al padre, restituyendole a la hija y garantizando el derecho de visita de la madre.

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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #64 en: 29 de Diciembre de 2009, 18:32:13 pm »
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Es cierto, sin embargo, que por lo que tengo visto, el juez Torack tiene una pésima valoración en Estados Unidos.

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Es ya cansino el hilo, sí. Sólo quería señalar que, respecto al link anterior, hay que decir que es una encuesta anónima. Es decir. Entra muy dentro de lo posible que las personas favorables a uno u otro bando envíen votos diciéndolo lo penoso (o maravilloso) que es este juez.  Y ello lo digo porque en la web de la familia Carrascosa este enlace aparece. Por supuesto, sería una manera bastante fea de intentar influir sobre los jueces (habida cuenta, además, de que se someten a una elección pública.)

Hay que señalar también que han actuado dos jueces, y el segundo no se llama Torack.

No hay camino para la paz, la paz es el camino (Mahatma Gandhi)

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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #65 en: 29 de Diciembre de 2009, 19:32:27 pm »
Bueno, pues ahora, como soy imprevisible, veamos las cosas desde un punto de vista penal: si es cierto que el marido la maltrataba o que intentó asesinarla mediante un envenenamiento, está plenamente justificada la acción de la madre, pues de ser así se estaría con la restitución en una situación de peligro intolerable para la hija. Lo que a la luz del art. 13 del Convenio de La Haya, es una causa de no-restitución.

Como dije en algunos hilos, al examinar esta cuestión y lo ratifico ahora, en el caso del art. 11 del R 2201/2003 (cito de memoria) se permite la restitución aun en el caso de grave peligro para el menor, si se demuestra que las Autoridades del Estado al que se habría de restituir al menor, adoptan las medidas adecuadas. Pero, en el caso del Convenio no está recogida esta excepción.

¿Problema de todo esto? Que el maltrato, el intento de asesinato y el peligro intolerable para el menor, hay que probarlo. Y desconozco el nivel probatorio que hay sobre esta cuestión, que sería en rigor la única que verdaderamente justificaría la no-restitución. De darse esta circunstancia, se estaría a mi entender ante un caso de legítima defensa.
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #66 en: 29 de Diciembre de 2009, 19:47:18 pm »
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Bueno, pues ahora, como soy imprevisible, veamos las cosas desde un punto de vista penal: si es cierto que el marido la maltrataba o que intentó asesinarla mediante un envenenamiento, está plenamente justificada la acción de la madre, pues de ser así se estaría con la restitución en una situación de peligro intolerable para la hija. Lo que a la luz del art. 13 del Convenio de La Haya, es una causa de no-restitución.

Como dije en algunos hilos, al examinar esta cuestión y lo ratifico ahora, en el caso del art. 11 del R 2201/2003 (cito de memoria) se permite la restitución aun en el caso de grave peligro para el menor, si se demuestra que las Autoridades del Estado al que se habría de restituir al menor, adoptan las medidas adecuadas. Pero, en el caso del Convenio no está recogida esta excepción.

¿Problema de todo esto? Que el maltrato, el intento de asesinato y el peligro intolerable para el menor, hay que probarlo. Y desconozco el nivel probatorio que hay sobre esta cuestión, que sería en rigor la única que verdaderamente justificaría la no-restitución. De darse esta circunstancia, se estaría a mi entender ante un caso de legítima defensa.


Creo que tienes razòn, lo que ahora deberia hacer esta señora es abrir causa contra su marido en base a los delitos de maltrato e intento de asesinato. Si es que esto a estas altura es posible claro....
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #67 en: 29 de Diciembre de 2009, 19:57:57 pm »
Sí, pero por el principio de territorialidad, la jurisdicción competente es afortunadamente Estados Unidos. Así que que nadie dude de que si efectivamente intentó asesinarla, se le caerá el pelo.

España nunca sacará del hoyo a esta mujer: la única salvación que tiene es Estados Unidos. Sólo el mismo país que la ha metido en el hoyo, podrá sacarla. Aparte de que los policías emplean tácticas típicas de Ulises para que el criminal caiga en la trampa.

Aquí por el contrario, se produce un abuso judicial, una condena deliberadamente injusta y todos cierran filas.
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #68 en: 29 de Diciembre de 2009, 20:42:52 pm »
Son corporativistas porque es un sistema debil y sobre esa debilidad actuan, no existe la autocritica y si no existe es imposible mejorar y tambien es imposible que puedan cambiar de actitud, por lo menos desde dentro claro.

El sistema judicial en España tiene a mi entender problemas graves: pendencia y dilación en la resolución de litigios; deficiencias en la calidad de las resoluciones; y  problemas graves en la ejecución de lo juzgado.

Es asunto de todos mejorar el sistema porque a todos nos afecta, merecemos algo mejor........ :)
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #69 en: 29 de Diciembre de 2009, 21:43:46 pm »
Hola, amigo DARIO. No tenía pensamiento ni ganas ya de seguir debatiendo en este hilo, puesto que mi postura estaba muy clara. Te respondo en la medida que veo que te has sentido molesto, dilculpas por mi parte.

Debes saber que sí he leído tus post, como los de Drop, el de Mordekay y el de todos. A tu post no contesté de forma directa porque igualmente me sentí molesto yo. LLegas a decir y das a entender que el fin del hilo, o de mi postura, es acabar criticando al Gobierno y que mis fundamentos no son jurídicos. Y me siento molesto en la medida que parece que no me conoces. Si quiero criticar al Gobierno abro un hilo en debates políticos denominado "La incompetencia supina del Sr ZP y los mil errores de PSOE" y me quedo más ancho que unas castañuelas. Luego, me siento molesto porque se da a entender, o así lo entendí yo, que mis argumentos no eran jurídicos, y por supuesto que los derechos, los principios del Derecho, el derecho penal, el derecho internacional, cuestión de fondo de derecho de familia etc, todo eso es jurídico.

Yo ya había dicho que en lo que hace a principio de legalidad y correlato de hechos era impecable por tu parte y la de Drop, así como que probablemente la psotura de la madre había sido equivocada e imprudente, pero que no era para mí la solución idónea de la problemática, nada más.

Y no es por criticar al Gobierno o a las Instituciones, no me caso con nadie y si tengo que hacerlo lo hago a las claras, y no abro un hilo con fenalidades encubiertas y subliminares. Pero, lo que no me cabe la menor duda (esté PSOE o PP, que me trae hace ya bastante tiempo sin cuídado  :)) es que si TODO HUBIESE SIDO AL REVÉS (imagina:todo, pero al revés) un ciudadano EEUU no se queda en España por eso 14 años en prisión, es más, no hubiese pasado más de dos semanas en preventiva, y a la calle. Vamos, que nos bajamos los pantalones de lo lindo. Por otro lado, no tenemos porqué creer (al menos yo) en la imparcialidad y que aquél primer Juez Civil EEUU (de nefasta reputación, según se ha indicado) no haya obrado por motivos sexistas, misógenos, racistas, machistas etc y eso puede ser el motivo por el que se le da la cuestodia al padre. La custodia se ha de dar en atención e interés del menor, sin mirar otras cosas. Y, por supuesto, que la niña es tan española como estadounidense, se lo reconoce nuestro ordenamiento jurídico (ius sangunis, art. 17.1 CC), y si no se lo reconoce el ordenamiento de EEUU me da exactamente igual, yo sigo mi ordenamiento jurídico.

Repito que abrí el hilo porque me parecía interesante en lo jurídico, pero era inevitable que se mezclasen muchos ámbitos (jurídicos). No pretendía que esto acabase en polémica. Bueno, si ya el hilo parece cansino, o no os parece jurídico, pues basta con solicitar a la Admón del foro, bien que lo cierre, bien que lo remueva a debates políticos, que no era mi idea, desde luego, que se convirtiese en político.

Reitero mis disculpas. Un saludo y feliz año.
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #70 en: 29 de Diciembre de 2009, 22:16:43 pm »
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Son corporativistas porque es un sistema debil y sobre esa debilidad actuan, no existe la autocritica y si no existe es imposible mejorar y tambien es imposible que puedan cambiar de actitud, por lo menos desde dentro claro.

El sistema judicial en España tiene a mi entender problemas graves: pendencia y dilación en la resolución de litigios; deficiencias en la calidad de las resoluciones; y  problemas graves en la ejecución de lo juzgado.

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No, te equivocas. El gran problema se llama sistema de elección de jueces de los Altos Tribunales. Lo otro es como decir que el problema de un brutal asesinato, era los pelos que tenía la pobre asesinada porque se acababa de levantar de la cama.
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #71 en: 30 de Diciembre de 2009, 00:06:09 am »
Sigo sin entender porque la menor tiene el pasaporte retenido.

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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #72 en: 30 de Diciembre de 2009, 00:21:05 am »
Otra duda jurídica que tengo.¿ Se solicitó por parte del Padre la iniciación del procedimiento establecido en la convención de la Haya sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores en su artículo nº3?.


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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #73 en: 30 de Diciembre de 2009, 00:34:08 am »
En caso contrario no se habría sido vulnerado dicho convenio por ambos paises.

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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #74 en: 30 de Diciembre de 2009, 01:08:56 am »
Palangana tengo la impresión de que el hilo es mucho más interesante en el aspecto jurídicos de los que nos imaginamos y aunque no tengo muchos conocimientos en el derecho internacional me da en la nariz  de que la tramitación del mismo no se ajusta a la legalidad aunque me faltarían datos al respecto para confirmarlo.

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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #75 en: 30 de Diciembre de 2009, 01:53:16 am »
Parece que sí, que es interesante, quizás los compañeros se referían a que en diversos hilos estaban muy repetidas las posturas y que no avanzabamos, que podría ser.

Lo que indicas tampoco lo tengo yo claro (más que nada por prejuicios, lo reconozco, no me fio de los EEUU), pero todo hace indicar que JyT estadounidenses SÍ eran competentes. Si tú vives en un Estado (sea en condición de nacional o extranjero) y solicitas tutela judicial por la problemática que sea, pues te debes someter a sus normas de competencia, puesto que en caso contrario JyT de ese Estado te dicen que te busques la vida. Tanto si las partes eligieron fuero territorial de competencia (la competencia territorial, por ejemplo, al menos en España, es como norma general facultativa, y sólo en casos tasados es preceptiva), como si no lo eligieron, resulta que viven en EEUU, solicitan tutela o pretensión y entonces esos Jueces hacen uso para atribuirse la competencia para conocer y resolver por las normas de su ordenamiento jurídico (que puede ser de su propio legislador EEUU, o bien de un Tradado internacional que hayan suscrito y ratificado los EEUU). Una vez que se atribuyen la competencia en base a normas de su ordenamiento (como es lógico), hacen igualmente uso de sus normas de conflicto que le llevarán a determinar el derecho material aplicable que ha de relver la problemática. Como la niña tiene doble nacionalidad y vivía allí, pues se resuelve por Derecho material EEUU (eso en lo que hace a la materia familia/civil).

Pero la madre, rompe un acuerdo entre partes (privadas) y saca a la niña de EEUU violando además el derecho de custodia que las normas EEUU otorgaron al padre. LLega a España con la niña y plantea lo mismo, produciéndose un caso de litispendencia internacional, pero que de eso tiene no poca culpa (además de la mala fe de la madre en ese sentido) el Tribunal español (que castiguen al Tribunal español, por hacer mal su trabajo, la no verificación).

La madre, al vulnerar el derecho de guardia y custodia otorgado al padre (no sabemos si otorgado de forma imparcial por aquél primer Juez Civil EEUU), se mete de lleno en el ámbito penal EEUU, por vulneración del derecho de custodia, y por desacato a autoridad judicial.

Eso es lo que me ha parecido entender de esta turbulenta historia. Y eso sí, esos dos delitos son catorce años de prisión. Esa pena tan desproporcional, es lo que me parece un chantaje y fuera de todo criterio de lo que para mí es justo y equitativo. Por otro lado, que debía haberse obrado con una mayor rapidez y astucia: el Tribunal español mete la pata, por juzgar cosa juzgada, y en vez de intentar resolverlo con sentido común, pues retira el pasaporte a la niña, que viene a ser lo mismo que intentar apagar el fuego con gasolina, yo creo. Luego está (y no es por criticar a las Instituciones españolas) la lentitud de la diplomacia, sabiendo que hay una madre española (imprudente, pero española) y una niña española (doble nacionalidad, pero española) metidas en un follón de narices (la niña sin quererlo, pero metida en el follón). A todas esas cuestiones, y modos menos salvajes de resolver las cosas, y perjudiales para la madre y la niña, me refería yo.

Un saludo. Eso es lo que me ha parecido comprender, y mi modo de ver las cosas en este caso. 
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #76 en: 30 de Diciembre de 2009, 02:34:49 am »
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Y eso sí, esos dos delitos son catorce años de prisión. Esa pena tan desproporcional, es lo que me parece un chantaje y fuera de todo criterio de lo que para mí es justo y equitativo.

Que no compañero, que no son dos delitos, que son NUEVE delitos, un robo es un robo, y nueve robos son nueve robos, y no se pena igual un robo que nueve robos, ni aquí ni en ninguna parte.

En cuanto a la parcialidad o imparcialidad de los Juzgadores norteamericanos más de lo mismo, el sistema permite, al igual que el nuestro, recusar un juez por los motivos previstos en la ley, si un juez no es competente, si está viciado, si es parcial...pues a recusarlo, lo mismo que cualquier miembro del jurado.

Que si los jueces de New Jersey adolecen de..., que si los doce jurados están influenciados por..., que si una encuesta anónima opina que quien pone la sentencia es...

Todo menos reconocer los hechos tal cual son:

a) Secuestro de una menor

b) Violación flagrante de una Sentencia firme de un Tribunal y unas leyes a las que se está sometido tanto por imperativo legal como por pacto.

c) Engaño doloso a la justicia española.

d) Que pudiendo imponerle 20 años por sus nueve delitos le han impuesto 14.

e) Que el sistema judicial que la ha juzgado y condenado (aún siendo perfectible como todos) es tan bueno como el de cualquier país avanzado de nuestras características, Suecia, Alemania, Reino Unido, Australia, España, Luxemburgo... Ni estamos hablando del tercer mundo ni estamos hablando de sistemas jurídicos sin garantías.

f) Que tiene un abanico de instancias superiores a las que acudir, Tribunal de Apelaciones del Estado, Tribunal Supremo de EEUU, y Tribunales e instancias internacionales.

¿Pero qué más queremos? , es decir, se intenta pasar por donde le da la gana los pactos firmados, se intenta pasar por donde le da la gana a los jueces y tribunales norteamericanos, intenta engañar a la justicia española, secuestra una menor e impide que su legítimo custodio y progenitor la vea en años. Y después de todo eso...¿qué? ¿la aplaudimos o qué?

Pues sintiendo mucho estar en desacuerdo contigo compañero palangana, si a estrictos criterios de Derecho y Justicia nos atenemos, donde tiene que estar esa delincuente múltiple es 14 años entre rejas, ni uno menos.

Y como opinión personal apartándome levemente de lo jurídico estimo que, de haber sido juzgada por algún juez de los que solemos denominar del "ala dura" y la fiscalía hubiese añadido más peso en la acusación, lo más probable es que le hubiesen caído entre 20 años y la cadena perpetua.

Para terminar resaltar que por su profesión de abogada, la señora debería saber más que el común de los ciudadanos que las formas de hacer las cosas son las previstas en los cauces y cuerpos legales y no cometiendo delitos. Por su condición de jurista, sus actos, a mi modo de ver, están cargados de muchísima más reprochabilidad que siendo cometidos por un lego; si no jurídica, sí como mínimo ética.

Un saludo.
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Desconectado palangana

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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #77 en: 30 de Diciembre de 2009, 03:35:19 am »
Si he reconocido lo hechos, compañero Mordekay; lo llevo haciendo desde los primeros post de este hilo. La mujer no ha actuado conforme a Derecho, y actuó de mala fe al intentar meterle gol a la justicia española (desde los primeros post hasta el último que emito hago referencia a estas cuestiones). Pero no lo veo como un secuestro, sino como una violación de derecho de guardia y cuestodia otorgado al padre (vamos a dejar aparte que personalmente fie o no me fie de la primera resolución judicial de ese Juez Civil). Se trata de una cuestión entre particulares de derecho familia (es su madre, no es una cualquiera que dice me voy a llevar a una niña así como el que no quiere la cosa por la cara a otro Estado). Porque si es "secuestro", entonces el Estado español qué hace que mantiene a la niña aquí y no la devuelve inmediatamente al Estado donde legalmente (digo legalmente, legítimamente ya es otro cantar, habría que ver qué sujeto es el padre, y qué sujeto es la madre, así como qué es mejor para la niña).....el Estado Español qué es, es un cómplice, cooperador necesario, o bobo, qué es ??

Si yo te debiese 15.000 euros vas a la Jurisdicción civil, si el Juez Civil dice que te tengo que pagar, pues te tengo que pagar, y si no cumplo la ejecutoria y te pago, pues vedrán apremios, me embargarán los bienes, y todo eso........pero no voy a entrar en la cárcel y va a ir la cuestión a la jurisdicción penal, yo creo.

Muchos compañeros supongo que me habrán leído defendiendo muchas veces el principio de legalidad, pero me parece increíble que esto haya acabado así. Porque aquí nadie ha contestado a mi interrogante, ¿qué pasa si es al ravés, todo igual pero al revés?, en qué cabeza cabe que el Estado español hubiese imputado y culpado por nueve delitos y penado con 14 años de prisión a un ciudadano EEUU. Sí, ya sé que eso pertenece al mundo del "y si, y si, y si......mi abuela tuviera ruedas no sería mi abuela, sería una bicicleta".

Sé que un jurista consolidado como tú acostumbrado a la batalla al día a día aborrece ese mundo del "y si, y si, y si....etc", pero a mi cabeza se vienen esos pensamientos todavía, en busca de no sé qué, quizás en la ignorancia e inocencia del verde manzana en el que me hayo.

Un saludo. Te entiendo, también entendí a Drop y a Dario, pero al verlo de otra manera, pues defendía mi visión de las cosas como buenamente podía y en base a los arguemntos que me convienen. Como la ley no me conviene en este caso, pues me tiro por la cuestión de unos principios en los que creo.
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #78 en: 30 de Diciembre de 2009, 14:26:09 pm »
Palangana, esto principalmente es una cuestión penal. Que yo sepa, retener ilícitamente a un menor es un delito.

En cuanto a los principios, pues decirte que son al derecho lo que las frases a la filosofía: síntesis. Pero la síntesis puede resumir la esencia, pero no así sustituirla. El Derecho son leyes y la filosofía, libros.
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Re: EEUU: ejemplo de locura penal.
« Respuesta #79 en: 30 de Diciembre de 2009, 14:35:37 pm »
Exacto, Simple22. Palangana, este es un tema que incluye cuestiones prejudiciales de Derecho internacional privado, pero es un tema penal. Es más, cuando hay un menor siempre actúa en España la fiscalía, porque no es sólo una cuestión que puedan resolver discreccionalmente entre el padre y la madre.

En cuanto a lo del "secuestro"; no se ajusta al tipo de lo que es un secuestro en el Cp español; pero tiene todas las características de una sustracción internacional. Que es de lo que se trata.

Por lo demás, insisto en el detalle: la mujer buscó y consiguió la nulidad en un tribunal eclesiástico, de acuerdo con el Derecho canónico, con el padre in absentia (seguro que ni se enteró) y luego hizo ejecutar la sentencia en la jurisdicción civil española. No me gusta nada la idea, como no me gusta que le hayan acusado de bigamia, falsificación, empleo de diversas personalidades mediante múltiples pasaportes, intento de homicidio por envenamiento, maltrato, etc., y no hayan demostrado nada de nada de esas acusaciones.
No hay camino para la paz, la paz es el camino (Mahatma Gandhi)