Amartin654, como te veo puesto en la materia voy a abusar de tu amabilidad y conocimientos, porque después de leer varias veces el CC y el libro del Sr. Lasarte no me quedad calra una cuestión.
En el caso que se ha planteado, sólo hay dinero en el montante hereditario, y supongamos que herencia abintestato. Según el CC la madre sería efectivamente la heredera legítima, pero si no me equivoco heredarái 2/3 de la misma, 1/3 de legítima, 1/3 de mejora. Y el marido serái usufructuario del 50% al no haber descendientess y concurrir con los ascendientes, pero ahora vienee mis dudas:
1.- ¿Cómo se puede heredar el usufrcuto de "dinero"?, es decir, puede gastarlo sin más?, sin dar cuenta nadie?
2.- Si no hay testamento, el tercio de libre disposición en principio quedaría para la madre también, no?
Perdonar si las pregutnas son un tanto absurdas, pero entre los exámenes y que mis conocimientos e reducen a la teoría pura y dura hay conceptos prácticos que se me escapan.