Y ahora os pongo yo un caso a ver si lo resolvéis: es caso real.
Dos españoles viven en USA legalmente, o sea, tarjeta de residencia (green cart) pues uno de ellos trabaja en la universidad. Contraen matrimonio y como piensan quedarse no van al consulado español a inscribirlo. Nace una hija y claro, ius soli, es americana pero también tiene derecho a la nacionalidad española y se le tramita en el consulado, o sea, tiene doble nacionalidad. Al cabo de los años regresan a España y deciden divorciarse, lo cual es imposible puesto que en España no está casados. Como interesa reconocer ese matrimonio con vista a los gananciales, pues en usa siguen ese régimen si no se dice otra cosa, vamos como aqui, en el juzgado de 1ª instancia voy a que reconozcan el matrimonio para después divorciarme, cosa que después de mucho tiempo, postilla de la Haya, traducciones oficiales, idas y venidas a Madrid, lo reconocen desde la fecha en el que tuvo lugar que era lo que me interesaba y me divorcio aqui.
Que tengo que hacer para que reconozcan el divorcio en USA? o sea, al revés?
Que nacionalidad tiene mi hija Elena, porque tiene en regla los dos pasaportes y carnet de identidad y acaba de ser mayor de edad, es un caso patológico de doble nacionalidad?