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Autor Tema: a los de privado 2ª semana  (Leído 3328 veces)

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Desconectado sancasen

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Re: a los de privado 2ª semana
« Respuesta #20 en: 09 de Febrero de 2010, 11:31:05 am »
precisamente sobre este tema os dejo aquí el enlace al programa de radio que hay en el curso virtual, es buenísmo y muy muy clarificador,
No puedes ver los enlaces. Register or Login

es la emisión de 09/12/2006 competencia judicial inter. y reconocimiento de sentencias... invertid un poco de tiempo y ya diréis...


Desconectado Lisi

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Re: a los de privado 2ª semana
« Respuesta #21 en: 09 de Febrero de 2010, 11:33:14 am »
si, los programas de radio están muy buenos, yo los he escuchado todos varias veces...y siempre pillo algo nuevo
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Desconectado sancasen

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Re: a los de privado 2ª semana
« Respuesta #22 en: 09 de Febrero de 2010, 12:10:49 pm »
.
En ese programa de radio justo ponen ese ejemplo y lo resuelve por aplicación del foro "exclusivo" que determina el art. 22 del Reg. 44. Explica y muy bien, bastante mejor que yo que, a diferencia de cuando existen un foro general (domicilio del demandado) y otro especial (regulando determinadas materias y/o cicunstancias) y que son disponibles por las partes (demandar en el país del demandado o en el país donde se debe cumplir la obligación por ejemplo). Sólo si existe foro exclusivo éste es de obligatorio cumplimiento, es indisponible, no tiene más chicha el caso, es competente el estado en donde radican los inmuebles arrendados, sea cual sea la nacionalidad y el lugar de residencia de los arrendatarios (salvo la excepción contemplada en el propio art. 22).
En este programa además justo al final da claves sobre cómo resolver los casos prácticos... he escuchado muchos programas de radio y, normalmente no me aclaran mucho, este en concreto si...

Desconectado Akela

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Re: a los de privado 2ª semana
« Respuesta #23 en: 09 de Febrero de 2010, 12:27:13 pm »
Hummmm... Creo que ahora, con una segunda lectura de todo lo dicho en este hilo y en los cursos virtuales al respecto... ¡lo entiendo! (debo estar especialmente despejada hoy)

Saludos

Desconectado Lisi

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Re: a los de privado 2ª semana
« Respuesta #24 en: 09 de Febrero de 2010, 12:28:11 pm »
acabo de escuchar el programa de radio que ha colocado el compañero , que hacía días que no lo escuchba.
Me ha hecho gracia porque habla justamente de "mis dos alemanes"
no me acordaba.
:)
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Desconectado Hanneke

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Re: a los de privado 2ª semana
« Respuesta #25 en: 09 de Febrero de 2010, 12:30:31 pm »
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precisamente sobre este tema os dejo aquí el enlace al programa de radio que hay en el curso virtual, es buenísmo y muy muy clarificador,
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es la emisión de 09/12/2006 competencia judicial inter. y reconocimiento de sentencias... invertid un poco de tiempo y ya diréis...


Muchas gracias, es muy bueno, no lo había escuchado (bueno, ni ese ni ninguno).
La verdad que tal y como lo explica el Profesor Gómez Jene parece muy sencillo, muy clarificador, con tantas llamadas de atención a nuestros fallos más comunes, y encima con tantas eses...  :P Qué bien habla el hombre, da gusto escucharlo.

Pero el más mínimo detalle lo puede cambiar todo, y con el despiste que llevo en mi cuerpo... me ponen el mismo caso práctico y en vez de dos alemanes son dos belgas, o el inmueble no está en España y capaz soy de meter la pata hasta el corvejón.  ::)

Atentos a la diferencia del tiempo de duración del contrato de arrendamiento, si es menor o mayor a 6 meses (en el programa de radio habla de 5 años, por eso hay que demandar impepinablemente en España que es donde está el inmueble).

Un saludo.
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Desconectado Akela

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Re: a los de privado 2ª semana
« Respuesta #26 en: 09 de Febrero de 2010, 12:59:20 pm »
Ese programa de radio en concreto es muy bueno. Hay otros también muy esclarecedores, algunos los he escuchado varias veces.

Este es muy bueno también (mismo profesor, Sr. Gómez Jene): No puedes ver los enlaces. Register or Login


Desconectado Akela

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Re: a los de privado 2ª semana
« Respuesta #27 en: 09 de Febrero de 2010, 13:02:12 pm »
No sé qué he hecho, pero el enlace anterior no es. El progama es este (está aquí en programas de radio): Programa:   EL MUNDO DEL DERECHO
    01/12/2007, de 06:00 a 07:10

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Título:   Derecho Internacional Privado
Contenido:   Cuestiones relevantes de Derecho Procesal Civil Internacional

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Participante/s:   Miguel Gómez Jene (Profesor (UNED))

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Desconectado sancasen

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Re: a los de privado 2ª semana
« Respuesta #28 en: 09 de Febrero de 2010, 13:02:46 pm »
je je, al revés, compi, lo que dice el art. 22 del Reg. 44/2001 es que el fuero exclusivo del estado donde radique el inmueble sólo decae si el arrendamiento es por plazo máximo de 6 meses consecutivos, para uso particular y el arrendatario es persona física y ambos arrendador y arrendatario están domiciliados en el mismo estado miembro, entonces, cabe la opción de demandar en el domicilio del demandado (cosa que entiendo sólo tiene sentido si, en el caso del ejemplo, tu eres alemana y contratas un piso en madrid a otro alemán y cuando vuelves a alemania te conviene más tener el pleito allí) pero estos matices, que son los que más nos lían, estoy segura que no nos los van a poner... ¿no?... je, je seguro que no

Desconectado Akela

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Re: a los de privado 2ª semana
« Respuesta #29 en: 09 de Febrero de 2010, 13:07:37 pm »
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je je, al revés, compi, lo que dice el art. 22 del Reg. 44/2001 es que el fuero exclusivo del estado donde radique el inmueble sólo decae si el arrendamiento es por plazo máximo de 6 meses consecutivos, para uso particular y el arrendatario es persona física y ambos arrendador y arrendatario están domiciliados en el mismo estado miembro, entonces, cabe la opción de demandar en el domicilio del demandado (cosa que entiendo sólo tiene sentido si, en el caso del ejemplo, tu eres alemana y contratas un piso en madrid a otro alemán y cuando vuelves a alemania te conviene más tener el pleito allí) pero estos matices, que son los que más nos lían, estoy segura que no nos los van a poner... ¿no?... je, je seguro que no

No, no se equivoca. Precisamente si el arrendamiento es a cinco años, no cabe la excepción de la que habla el art. 22.1 segundo párrafo y únicamente se puede demandar en el lugar donde está situado el inmueble.
En este caso de dos alemanes e inmueble sito en Benidorm, pues eso, tribunales españoles.

Desconectado La Idiotadeponte

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Re: a los de privado 2ª semana
« Respuesta #30 en: 09 de Febrero de 2010, 13:32:01 pm »
Para que no haya dudas no se trata de aplicar la ley del foro sino del forro 8) 8) y por ahí se pasan todas las demás leyes ¿quedó claro?

Desconectado sancasen

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Re: a los de privado 2ª semana
« Respuesta #31 en: 09 de Febrero de 2010, 14:10:09 pm »
siiiii... razón llevas, digo lleváis...

Desconectado Lisi

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Re: a los de privado 2ª semana
« Respuesta #32 en: 09 de Febrero de 2010, 14:10:54 pm »
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Para que no haya dudas no se trata de aplicar la ley del foro sino del forro 8) 8) y por ahí se pasan todas las demás leyes ¿quedó claro?

clarisssimoooo ;)
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Desconectado ISMASE

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Re: a los de privado 2ª semana
« Respuesta #33 en: 10 de Febrero de 2010, 10:11:18 am »
Saludos;

    Bueno nos ha llegado el día hoy 16:00 horas,  a ver como nos vas.


          Mucha suerte  :o :o :o

Desconectado Akela

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Re: a los de privado 2ª semana
« Respuesta #34 en: 10 de Febrero de 2010, 11:50:52 am »
Eso digo yo, a ver cómo nos va... porque a mí esta asignatura me produce taquicardias (pero menos que Financiero y Tributario II, que con esa me va a dar un infarto pero de verdad -voy el viernes-).


Suerte a todos