compañero poeta.
Alguna vez lo he hecho en verso, pero lo habitual es que simplemente reflexione con brevedad (no con rima).
En este caso, lo primero es no olvidar que el otro bando, el nacional, ya juzgó y ejecutó sus condenas durante el franquísmo (recuérdese sus juicios sumarísimos), y durante 40 años homenajeó y dio digna sepultura a sus caídos, no así a los del bando republicano, QUE TAMBIÉN ERAN ESPAÑOLES.
... por tanto, ¿he de entender que das legitimidad a todos aquellos juicios y ejecuciones de condena? ...
... si le otorgas legitimidad, en coherencia no deberás pedir su revocación ¿no es así? ...
En segundo lugar, Garzón no ha investigado al franquísmo por propia iniciativa, sino previa querella de partes legitimadas que él ha instruido. Garzón no ha iniciado el proceso, él sólo lo ha instruido, concluyendo que no puede haber juicio porque los condenados ya han fallecido, sin perjuicio de que puedan instar la reparación de las víctimas y la apertura de fosas.
... nadie duda que el no iniciase el proceso ...
... la duda está en si el proceso adolece de resoluciones injustas practicadas a sabiendas (prevaricación) ...
... y eso será lo que, en su momento, se juzgue ...
En tercer lugar, decir que también hubo una querella para investigar Paracuellos que Garzón archivó PORQUE LOS QUERELLANTES NO SUBSANARON LA ACREDITACIÓN DE LEGITIMIDAD EN EL PLAZO QUE SE LES CONCEDIÓ, NO POR OTRO MOTIVO (en uno de mis post anteriores está el enlace a dicho Auto de archivo).
... esto fue lo que literalmente dictó Garzón ...
Con el respeto que me merece la memoria de las víctimas, no puede dejarse de llamar la atención frente a quienes abusan del derecho a la jurisdicción para ridiculizarla y utilizarla con finalidades ajenas a las marcadas en el artículo 117 de la Constitución Española y los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, como acontece en este caso [...], los preceptos jurídicos alegados son inaplicables en el tiempo y en el espacio, en el fondo y en la forma a los [hechos] que se relatan en el escrito y su cita quebranta absolutamente las normas más elementales de retroactividad y tipicidad.... es decir, en aquél caso, se
quebrantaba la retroactividad ...
... ¡¡ah!! ...
Desde luego que son tristes algunos comentarios, pero es lo que hay en el panorama del Estado de Derecho de España, por parte de todos aquellos que pretenden que no se juzguen las grandes atrocidades cometidas por los fascistas.
No debe olvidar que dichas aberraciones no sólo se cometieron durante la guerra sino también durante todos los años que estuvieron en el poder los grandes SALVA PATRIAS.
... en ningún momento habrá Vd. observado en mi el deseo de que no se juzguen las atrocidades de los fascistas ...
... espero que con la misma ansia se juzguen las cometidas por otros ...
... también deseo, como profesional del derecho, que se juzgue a aquel juez que presuntamente vulnere la ley ...
... o ¿acaso propugna Vd. que este (u otro) juez deban ser inviolables? ...
Y para concluir, la verdad que lo considero una pena que personas como Vd. sean estudiantes/licenciados en Derecho. Pero como dice uno de mí pueblo, lamentablemente, es lo que hay en éste país!
Sin embargo, espero y deseo que el TEDH ponga esos asuntos en su sitio!
... mis opiniones sobre comentarios ...
... que admiten (incluso promueven) la politización de los jueces en su función ...
... que perdonan y aplauden comportamientos presuntamente delictivos (aun siendo de jueces) ...
... no dejan de ser, ni más ni menos, una muestra de la libertad de expresión de nuestro Estado de Derecho ...
... tan grande como la de que Vd. crea que es una pena que yo sea estudiante/licenciado en Derecho ...
... quizá sea eso (la forma de entender la libertad de expresión) lo que nos diferencia ...