;

Autor Tema: GARZON IMPUTADO  (Leído 233856 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado PELOTIAS

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 365
  • Registro: 03/03/08
  • Ya estamos...
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #140 en: 16 de Marzo de 2010, 20:22:36 pm »
¿Garzón? ¿Quién es ése?  ¿En qué programa del corazón sale?


Desconectado Drop

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 5114
  • Registro: 01/09/05
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #141 en: 16 de Marzo de 2010, 21:22:20 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Citar
Céltica, por Dios: ningún Juez de un Estado miembro puede plantear ante el TJUE una cuestión de inconstitucionalidad.  Lo que plantea son cuestiones prejudiciales. (...) Pues claro que el TJUE puede declarar inválida una Directiva, total o parcialmente. Y lo mismo respecto a un Reglamento.

Perdona - es lo que quería decir "cuestión prejudicial" - no de inconstitucionalidad! Y claro está que el "TJUE puede declararlos inválidas", pero me pregunta si lo hace en el caso de conflicto con normas internas.

Lógicamente el TJUE sólo examina las normas comunitarias en relación a los Tratados, el CEDH y los principios constitucionales comunes a todos los Estados. Y, claro que sí, por supuesto que ha actuado en caso de conflicto con normas internas (caso Costa c. Enel). Si la norma interna se contradice con una comunitaria, prevalece la comunitaria.

En España, si una norma (de los Tratados) no fuese acorde con la Constitución (cosa muy rara), entonces el Gobierno se habría extralimitado al firmar el Tratado. Debería haber instado la reforma constitucional previa.
No hay camino para la paz, la paz es el camino (Mahatma Gandhi)

Desconectado CELTICA

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 3040
  • Registro: 01/03/06
  • En búsqueda de la verdad
    • www.uned-derecho.com
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #142 en: 16 de Marzo de 2010, 23:45:09 pm »
Citar
Y, claro que sí, por supuesto que ha actuado en caso de conflicto con normas internas (caso Costa c. Enel). Si la norma interna se contradice con una comunitaria, prevalece la comunitaria.

Y en Costa v Enel la sentencia terminó hasta reprochando al Tribunal de Milano por haber pedido una interpretación de los Tratados por ser "innecesaria" , ¿no?

¿Así que igual de innecesaria será que el TC alemana declara la inconstitucionalidad de un Directiva contra su Constitución - aunque sea verdad?
"quotquotEl problema de la humanidad es que los estúpidos están seguros de todo y los inteligentes están llenos de dudas."quotquot
Bertr

Desconectado CELTICA

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 3040
  • Registro: 01/03/06
  • En búsqueda de la verdad
    • www.uned-derecho.com
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #143 en: 16 de Marzo de 2010, 23:50:15 pm »
Al final, lo que quería decir era que parece una pérdida de tiempo y dinero que los TCs de los Estados miembros estén examinando Directivas o Reglamentos y declarándolos inconstitucional (en relación a su Constitución nacional), cuando parece que siempre es aplicable la Directiva por el principio de primacía del Derecho de la Unión Europea? y que ese supremacía también se aplica a la misma Constitución del Estado miembro...?

No sé si me estoy explicándome bien! :-\
"quotquotEl problema de la humanidad es que los estúpidos están seguros de todo y los inteligentes están llenos de dudas."quotquot
Bertr

Desconectado Drop

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 5114
  • Registro: 01/09/05
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #144 en: 17 de Marzo de 2010, 00:57:47 am »
Interesante caso el que presentas, Celtica:

No puedes ver los enlaces. Register or Login

La Directiva de base es la 2006/24:
No puedes ver los enlaces. Register or Login

Me figuro que habrá que ver si la transposición por Alemania es la adecuada. Y me figuro que el TJUE tendrá que revisar la situación. Tendrá que declarar nula parte de la Directiva.

Lo curioso es la enorme lista de países que presentaron cautelas; y que Alemania sólo planteó que aplazaba la aplicación 18 meses.


No hay camino para la paz, la paz es el camino (Mahatma Gandhi)

Desconectado CELTICA

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 3040
  • Registro: 01/03/06
  • En búsqueda de la verdad
    • www.uned-derecho.com
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #145 en: 17 de Marzo de 2010, 01:11:07 am »
Acabo de leer la desestimación del recurso presentado por Irlanda (creo que es el caso que puso Lili) que fue apoyado por España y Eslovania..

No puedes ver los enlaces. Register or Login
"quotquotEl problema de la humanidad es que los estúpidos están seguros de todo y los inteligentes están llenos de dudas."quotquot
Bertr

Desconectado CELTICA

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 3040
  • Registro: 01/03/06
  • En búsqueda de la verdad
    • www.uned-derecho.com
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #146 en: 17 de Marzo de 2010, 01:13:31 am »
Perdona, era sólo apoyado por la República Eslovaca (no España).
"quotquotEl problema de la humanidad es que los estúpidos están seguros de todo y los inteligentes están llenos de dudas."quotquot
Bertr

Desconectado CELTICA

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 3040
  • Registro: 01/03/06
  • En búsqueda de la verdad
    • www.uned-derecho.com
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #147 en: 17 de Marzo de 2010, 01:19:19 am »
Vale - el link no va directo - pon Irlanda bajo "Partes" y 2009 a la derecha de las fechas y y despues cuando aparace una lista increíbe de Comisión/Irlanda, hay uno en medio que se titula "Irlanda/Parlamento y Comisión
"quotquotEl problema de la humanidad es que los estúpidos están seguros de todo y los inteligentes están llenos de dudas."quotquot
Bertr

Desconectado CELTICA

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 3040
  • Registro: 01/03/06
  • En búsqueda de la verdad
    • www.uned-derecho.com
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #148 en: 17 de Marzo de 2010, 01:32:26 am »


Perdona - Irlanda/Parlamento y Consejo (no Comision)
"quotquotEl problema de la humanidad es que los estúpidos están seguros de todo y los inteligentes están llenos de dudas."quotquot
Bertr

Desconectado Drop

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 5114
  • Registro: 01/09/05
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #149 en: 17 de Marzo de 2010, 01:38:44 am »
Encontrada la Sentencia. Celtica, observarás que lo que discutía Irlanda era la base jurídica (es decir, el artículo del Tratado).  No se planteaba una posible violación de derechos fundamentales, que es lo que planteado el TC de Karlsruhe.

Me figuro que Alemania no tendrá más remedio que presentar recurso ante el TJUE. Teniendo en cuenta que ahora está en vigor el Tratado de Lisboa, y la Carta de Derechos Fundamentales, más la propuesta adhesión al CEDH, entonces el TJUE decidirá.

Ahora habría que ver lo que dice la sentencia del TC alemán, y si ha quedado la Ley sin vigor (o sigue vigente) hasta que el TJUE se decida.

Eso sí, la posición de Alemania queda afectada. En la adopción de esta Directiva sólo votaron en contra Irlanda y Eslovaquia. Irlanda, además, junto a otros países, propuso en 2004 una Directiva con base en los arts. 31 TUE, apartado 1, letra c), y 34 TUE, apartado 2, letra b). (TUE anterior a Lisboa, claro).

No puedes ver los enlaces. Register or Login
No hay camino para la paz, la paz es el camino (Mahatma Gandhi)

Desconectado CELTICA

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 3040
  • Registro: 01/03/06
  • En búsqueda de la verdad
    • www.uned-derecho.com
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #150 en: 17 de Marzo de 2010, 01:41:13 am »
Qué rápido estás leyendo sentencias :D
"quotquotEl problema de la humanidad es que los estúpidos están seguros de todo y los inteligentes están llenos de dudas."quotquot
Bertr

Desconectado CELTICA

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 3040
  • Registro: 01/03/06
  • En búsqueda de la verdad
    • www.uned-derecho.com
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #151 en: 17 de Marzo de 2010, 01:42:37 am »
Por desgracia aparece "Broken Link"
"quotquotEl problema de la humanidad es que los estúpidos están seguros de todo y los inteligentes están llenos de dudas."quotquot
Bertr

Desconectado CELTICA

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 3040
  • Registro: 01/03/06
  • En búsqueda de la verdad
    • www.uned-derecho.com
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #152 en: 17 de Marzo de 2010, 01:45:02 am »
Citar
Encontrada la Sentencia. Celtica, observarás que lo que discutía Irlanda era la base jurídica (es decir, el artículo del Tratado).  No se planteaba una posible violación de derechos fundamentales, que es lo que planteado el TC de Karlsruhe.

Si - art. 95 CE - no sé qué es en TUE o TFUE - habría que mirar las tablas.
"quotquotEl problema de la humanidad es que los estúpidos están seguros de todo y los inteligentes están llenos de dudas."quotquot
Bertr

Desconectado CELTICA

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 3040
  • Registro: 01/03/06
  • En búsqueda de la verdad
    • www.uned-derecho.com
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #153 en: 17 de Marzo de 2010, 01:47:06 am »
Puede ser el 114 TFUE??
"quotquotEl problema de la humanidad es que los estúpidos están seguros de todo y los inteligentes están llenos de dudas."quotquot
Bertr

Desconectado CELTICA

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 3040
  • Registro: 01/03/06
  • En búsqueda de la verdad
    • www.uned-derecho.com
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #154 en: 17 de Marzo de 2010, 01:51:14 am »
Claro, la sentencia era antes! Así que no se refería a la TFUE.
"quotquotEl problema de la humanidad es que los estúpidos están seguros de todo y los inteligentes están llenos de dudas."quotquot
Bertr

Desconectado CELTICA

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 3040
  • Registro: 01/03/06
  • En búsqueda de la verdad
    • www.uned-derecho.com
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #155 en: 17 de Marzo de 2010, 02:01:21 am »
Citar
Me figuro que Alemania no tendrá más remedio que presentar recurso ante el TJUE

¿Pero recurso de qué? de que hay una Directiva del año 2006 que contradice la Ley Fundamental del Alemania?

¿Y qué importa al TJUE lo que ponen en las constituciones de las "regiones" de la UE ahora tras la reforma? Me puedo imaginar la sentencia, o hasta la no admisión por "ser innecesario el recurso mismo"
"quotquotEl problema de la humanidad es que los estúpidos están seguros de todo y los inteligentes están llenos de dudas."quotquot
Bertr

Desconectado CELTICA

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 3040
  • Registro: 01/03/06
  • En búsqueda de la verdad
    • www.uned-derecho.com
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #156 en: 17 de Marzo de 2010, 03:42:12 am »
Simple22:

Hay una cosa que no entiendo:
en el último año de Derecho por el Plan Antiguo, precisamente en el DIP, tú mismo nos enseñaba la importancia de los Reglamentos y Directivas de la UE - había el problema de Roma 1 o Roma 2 que nadie sabía si era aplicable o no, - y en el examen con el caso de una española que se casó con un alemán en Londres, muchos suspendieron por aplicar el derecho nacional en contra del Reglamento 203/2001 o algo así, (no me recuerdo exactamente!) pero creo que sólo aprobé porque me recuerdo como Palangana había dicho: "si hay reglamento europeo - se aplica, sino derecho nacional".

Y ahora, te pones tan de "el derecho nacional es suprema a lo de la UE"? y "es imposible que un Directiva UE aplaza a la legislación interna", cuando tú mismo lo decía antes... y gracias a tus comentarios y los de Palangan, he superado la asignatura porque me habéis enseñado mucho.

Es que no te entiendo ahora.
"quotquotEl problema de la humanidad es que los estúpidos están seguros de todo y los inteligentes están llenos de dudas."quotquot
Bertr

Desconectado CELTICA

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 3040
  • Registro: 01/03/06
  • En búsqueda de la verdad
    • www.uned-derecho.com
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #157 en: 17 de Marzo de 2010, 04:19:41 am »
¿Qué opinen de este artículo?

Citar
En un reciente manifiesto de apoyo al juez Garzón se dice que sólo por "malevolencia" o "razones políticas" puede afirmarse que ha actuado "injustamente" en la causa por los crímenes del franquismo. Resulta obvio que es así: desde que el Tribunal Supremo (TS) admitió a trámite la querella de organizaciones ultraderechistas contra dicho juez, siempre con la oposición de la Fiscalía.

El TS se limitó a decir que "lo afirmado en la querella no es algo que ab initio pueda considerarse ajeno al tipo penal de prevaricación". Criterio que podría aplicarse a multitud de resoluciones judiciales que se apartan, dentro del respeto a la Ley, de los criterios mayoritarios en la interpretación de las normas jurídicas. Pero la resolución del juez Varela del pasado 3 de febrero ha llevado los límites del delito de prevaricación y el concepto de resolución judicial "injusta" mucho más allá de lo permisible.

En primer lugar, hay omisiones inadmisibles en esa resolución. Por ejemplo, no citar la cifra de personas desaparecidas violentamente durante la Guerra Civil y la dictadura, y de las que aún se ignora su paradero. Son 114.266, a las que habría que añadir los miles de menores que fueron arrebatados delictivamente a sus familiares, hecho que al juez Varela no le merece ninguna atención. Ignoramos si sabe, y resulta necesario saberlo para pronunciarse, que en el Valle de los Caídos aún quedan 12.530 restos de personas desaparecidas sin identificar.

Ante las denuncias formuladas por desapariciones forzadas durante aquel periodo, el juez Garzón obró como había que hacerlo, procedió a la "comprobación del hecho denunciado". Y, desde luego, los hechos, frente al criterio del instructor Varela, tenían una evidente relevancia penal. No hace falta ser jurista para constatarlo. Como no es admisible que discuta si los denunciantes habían calificado delictivamente los hechos, a lo que no estaban legalmente obligados, ni menos aún que les atribuya, en términos que podrían considerarse ofensivos, que han buscado "atajos en el uso indebido del cauce penal".

El juez Varela va más lejos y afirma que los hechos denunciados "han dejado de tener relevancia penal al tiempo de la denuncia" y que el juez Garzón, en consecuencia, no debería haber admitido aquellas denuncias y mucho menos darles trámite, ya que, además, también era evidente que no eran competencia de la Audiencia Nacional.

Pues no es tan evidente. Y el juez Garzón estaba obligado a otorgar tutela judicial suficiente y efectiva a unos denunciantes que describían, como resulta de los datos anteriores, un plan de exterminio sistemático de grupos sociales por razones ideológicas y políticas. La historia lo ha demostrado sobradamente. Pero el juez Varela, para comprender la magnitud de la masacre colectiva denunciada, debería examinar la moción del Grupo Parlamentario Socialista (Boletín del Congreso de Diputados, 8/9/2003) que se refiere a 150.000 fusilados por el franquismo y 500.000 presos políticos. Estamos ante crímenes contra la humanidad. Pese a dicha evidencia, para el instructor la apertura de las diligencias previas y las diligencias acordadas para la investigación de los hechos eran "objetivamente contrarias a Derecho" porque no estaban justificadas. Naturalmente que lo estaban, por varias razones que mencionaré brevemente.

La desaparición forzada es un delito de ejecución permanente, que sigue cometiéndose mientras se mantenga la detención o desaparición. Así lo entiende la ONU: "Todo acto de desaparición forzosa será considerado delito permanente mientras sus autores continúen ocultando la suerte y el paradero dela persona desaparecida y mientras no se hayan esclarecido los hechos". Criterio mantenido por un fiscal ante el Tribunal Constitucional, ante un supuesto de desaparición en la provincia de Córdoba, que rebate muy fundadamente las tesis del juez Varela.

Por su carácter de delito permanente, las detenciones ilegales, determinantes de desapariciones, no pudieron quedar comprendidas en la Ley de Amnistía, que sólo alcanzaba a "actos" delictivos "realizados", es decir, consumados, con anterioridad al 15 de diciembre de 1976. Por tanto, en ningún caso podía incluir hechos delictivos que en esa fecha aún estaban produciéndose, dado que no era conocida la suerte de los desaparecidos.

Asimismo, la vigencia de la Ley 46/1977 de Amnistía no puede impedir un debate, ya asumido por la ONU, sobre su constitucionalidad y sus efectos.

En primer lugar, porque cuando esta ley se aprobó ya estaban vigentes en España los Pactos de Nueva York que establecían la retroactividad de las leyes penales ante "actos u omisiones que, en el momento de cometerse, fueran delictivos según los principios generales del Derecho, reconocidos por la comunidad internacional", es decir, los crímenes contra la humanidad. Y, además, por más que se empeñe el juez Varela en lo contrario, es cuestionable que la Ley de Amnistía pudiese alcanzar a delitos de aquella naturaleza que, en modo alguno, podían entenderse comprendidos entre "los delitos cometidos por los funcionarios y agentes del orden público contra el ejercicio de los derechos de las personas", que fueron los específicamente amnistiados.

El juez Varela fundamenta erróneamente la voluntad prevaricadora del juez Garzón en el incumplimiento de la Ley 52/2007, llamada de la Memoria Histórica. Afirma que la investigación de los desaparecidos y las exhumaciones de sus restos "viene atribuida a las Administraciones Públicas" y, en consecuencia, el juez Garzón ha "asumido tareas cuya competencia ha sido legalmente establecida en el ámbito administrativo". Craso error. En primer lugar, porque ninguna ley administrativa puede vedar a un juez de instrucción investigar una conducta aparentemente delictiva. Pero, sobre todo, el juez Varela ignora que la disposición adicional segunda de dicha Ley dispone que "las previsiones contenidas en la presente Ley son compatibles con el ejercicio de las acciones y el acceso a los procedimientos judiciales ordinarios y extraordinarios establecidos en las Leyes o en los Tratados y Convenios internacionales suscritos por España". Por tanto, juez Varela, los denunciantes y el juez Garzón obraron en el marco de la más estricta legalidad.

El instructor Varela considera "artificiosa" la incoación del proceso por Garzón porque, afirma, la "extensa inhibición judicial" ante los crímenes franquistas estaba justificada. Afirmación de suma gravedad. Para llegar luego a preguntarse que "no es razonable pensar que nos encontráramos ante una especie de conspiración de silencio" frente al franquismo. Pues, efectivamente, así ocurrió. Basta repasar, además del silencio cómplice de la magistratura ante dichos crímenes, las escasas y tardías iniciativas parlamentarias para reparar a las víctimas, que hasta la Ley 24/2006 no se prestara "homenaje y reconocimiento" a aquéllas y a los luchadores por las libertades y, sobre todo, que hasta la Ley de 2007 no se condenara formalmente el franquismo y su aparato represor y se adoptaran mayores compromisos, todavía insuficientes, con las víctimas de la represión.

En definitiva, ante una actuación tan acertada y ajustada a la legalidad como las decisiones jurisdiccionales del juez Garzón, los esfuerzos jurídicos del juez Varela, con evidentes errores de valoración y lagunas inexplicables, no podrán acreditar nunca que dichas decisiones fueran injustas.

Carlos Jiménez Villarejo es fiscal de Sala jubilado.

No puedes ver los enlaces. Register or Login
"quotquotEl problema de la humanidad es que los estúpidos están seguros de todo y los inteligentes están llenos de dudas."quotquot
Bertr

Desconectado Drop

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 5114
  • Registro: 01/09/05
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #158 en: 17 de Marzo de 2010, 08:48:07 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Citar
Me figuro que Alemania no tendrá más remedio que presentar recurso ante el TJUE

¿Pero recurso de qué? de que hay una Directiva del año 2006 que contradice la Ley Fundamental del Alemania?

¿Y qué importa al TJUE lo que ponen en las constituciones de las "regiones" de la UE ahora tras la reforma? Me puedo imaginar la sentencia, o hasta la no admisión por "ser innecesario el recurso mismo"

Del artº 6 TUE (Tras Lisboa): "Los derechos fundamentales que garantiza el [CEDH] y los que son fruto de las tradiciones contitucionales comunes a los Estados miembros formarán parte del Derecho de la Unión como principios generales".

Es decir, que si la Sentencia del TC alemán se basa en una vulneración de derechos fundamentales, y la formulación de ese derecho se encuentra en el CEDH, o en las constituciones de los otros Estados miembros, entonces hay una muy buena base jurídica para impugnar la Directiva ante el TJUE, y ante el TEDH.

El TC alemán lo que ha hecho es anular (me figuro que parcialmente) una Ley alemana, ley de desarrollo de una Directiva. Habría que ver si la Ley en cuestión transponía adecuadamente la Directiva.

El TC no puede anular la Directiva directamente; y eso significa que Alemania no tiene más remedio que presentar recurso ante el TJUE; de hecho, la Comisión debería presentar recurso por incumplimiento en la transposición. O bien Alemania y la propia Comisión instan una nueva Directiva derogatoria de la anterior.

En cuanto al artículo que planteas. Yo estoy de acuerdo, claro. Si la querella contra Garzón se mantiene, entonces el modelo creado es peligrosísimo:  cualquier Juez puede ser acusado de prevaricación si luego su instrucción se rechaza, o si sus sentencias, actos o providencias son recurridas. El Juez Valera, mismamente: me he leido su instrucción y no es que considere probados unos hechos delictivos, es que su narración incluye formulaciones directas (es decir: no acusa, sino que actúa como si esos hechos estuvieran ya probados.)

La prevaricación es un delito serio, y debe incluir en su contenido la idea de arbitrariedad y actuación dolosa.
No hay camino para la paz, la paz es el camino (Mahatma Gandhi)

Desconectado JOAQUINGM

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 5768
  • Registro: 04/07/07
  • QUE NO TE ROBEN TUS DERECHOS
Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #159 en: 17 de Marzo de 2010, 17:53:29 pm »
Vamos, no me jodas, que alguien me va a negar que lo siguiente no fue verdad y se pueda sancionar a un juez, después de más 30 años de democracio por investigar sobre los más de 50000 muertos de la represión franquista. Esto ya es la reostia, con perdón de la expresión.

Represión:

Para poder ser benevolentes con Franco hay que compararlo con Stalin o Hitler: “La represión franquista, que fue brutal, no se puede comparar con las represiones estalinistas”, tampoco fue tan brutal como la de Hitler. Cualquier otra comparación sirve para descubrir la desmedida represión que ejerció finalizada la guerra. Las 50.000 ejecuciones del franquismo no admiten comparación con los centenares de ejecuciones que se produjeron tras la Segunda Guerra Mundial en Francia, Alemania o Italia. En las cárceles de Franco en la posguerra llegaron a hacinarse más de 270.000 personas en condiciones infrahumanas, y a las ejecuciones habría que sumar las muertes de aquellos que fallecieron en las cárceles por causa de estas condiciones. «Los avances en la comprensión de la represión como un fenómeno de más amplio alcance que las ejecuciones y los asesinatos van haciendo cada vez más inteligible la nueva realidad social que se fue configurando en torno al régimen».

Se mataba para eliminar a los peligrosos o potencialmente peligrosos, pero también se mataba pensando en los que sobrevivían. La población se constituye en carne de laboratorio para un proyecto totalitario de doctrina militarista, fascista y clerical. Hombres y mujeres serán sometidos a un proceso de trituración de la personalidad con el objeto de hacer posible su posterior reeducación en la doctrina victoriosa.

Mirta Nuñez Díaz-Balart.

La represión se ejerció en muchos ámbitos, no sólo fueron las ejecuciones y largas condenas de cárcel, se creó una sociedad donde los vencidos estaban excluidos de la vida política, cultural, intelectual y social. También hay que añadir la represión económica durante la primera etapa del régimen en virtud del favoritismo con que actuaba el Estado en favor de los vencedores o penando a los vencidos. En ese sentido puede decirse que este terreno hubo, por así decirlo, un botín de guerra. la corrupción y el amiguismo vinieron a empeorar las condiciones de vida de la posguerra y la desnutrición y las enfermedades provocaron al menos 200.000 muertes por encima de la tasa de mortalidad anterior a la guerra.

Pues bien, SEPAN USTEDES QUE, SI NO RECUERDO MAL, salvo error u omisión,EL UNICO GRUPO POLITICO DEL PARLAMENTO QUE NO HA CONDENADO AL FRANQUISMO ES EL PP. Para mí, son igual que los grupos políticos de extrema izquierda del país vasco que no condenan la violencia de ETA en dicho territorio. Exactamente lo mismo. Con otras ideas y posiciones políticas, pero igual de crueles apoyando a los asesinos, porque no es mejor un asesino de derechas que uno de izquierdas. LOS ASESINOS no tienen cabida en ningún partido político que se llame democrático. Joder ya, hombre.
"quotquotLA EDUCACIÓN NO ES UN GASTO. ES UNA INVERSIÓN"quotquot