Con respecto al comentario del RubiodeQuismondo, para que se pueda hacer una detención -la cual puede ser efectuada por cualquier persona y no sólo por la policía- el infractor debe ser pillado cometiendo un delito flagrante. Este no es el caso porque no estamos ante un delito sino ante otro tipo de infracción.
Difiero contigo también en lo del aviso a la Policía, ya que el que efectúa la presunta detención ilegal es el vigilante en el momento de no permitir a esa mujer abandonar el aula, además te informo que una detención ilegal también la puede cometer la policía en distintos supuestos y no sólo en este.
Te recuerdo que en este caso hay medios para identificar al infractor y denunciar el hecho de haber copiado en el examen, pero no se justifica el impedir que una persona abandone el lugar no sólo verbal sino físicamente (hubo un intento por parte de la señora de abandonar el aula y se interpusieron en su camino a la espera de la policía).
Por otra parte la denuncia falsa es un delito aún más grave y sí puede ser motivo de detención por la fuerza pública.
Yo, por mi parte, me atrevería a poner cómo hubiera actuado:
En el momento en el que se escucha claramente el sonido de los auriculares, como así sucedió, y tras identificar a la señora, no hubiera estado de más el acercarse a ella y si que nadie escuchase la conversación entre ambos se le invita a que abandone su asiento en un principio sólo para hablar. Una vez en una zona aparte y sin molestar se le informa de su infracción y se le dice que va a ser denunciada ante los responsables por el hecho cometido. Tras esto se le deja que se vaya y si quiere reclamar que lo haga. Como ya dije anteriormente, se supone que la palabra de un miembro del equipo examinador en una situación como la que nos ocupa tendrá más validez que lo que pueda decir cualquiera.
Y tras todo esto nadie hubiese sido molestado y se hubiese realizado el examen por todo el mundo con tranquilidad y no como se hizo.
Un saludo.
Supongo que si estabas allí tendrás un conocimiento de causa sobre el tema, pero de tu primer mensaje se infiere que la "coincidente matriculada" reaccionó de forma crispada y nerviosa, alterando el orden del centro y negándose a identificar ante los profesores (comentas en tu primer mensaje que su obsesión era "recoger sus cosas, incluido el examen, e irse al servicio" con la intención sin duda de poner tierra de por medio sin que tuvieran su nombre y sin poder ya en ese caso sancionarla por copiar)...
Coincido que debe evitarse el llegar a mayores y llamar a un agente de la Autoridad, y probablemente el profesor que se vió envuelto en esto también lo piense, pero si un infractor de unas normas de un centro oficial ( aquí, copiar en un examen , ) se negara a identificarse, en tal caso, los responsables de dicho centro oficial sí pueden solicitar la presencia de un agente a efectos de dicha identificación; no me quedó claro en tus mensajes si ella accedió gustosa a dar su nombre, de haber sido así, seguro que nadie hubiese llamado a la policia... ningún Juez aquí apreciaria detención ilegal ( no os pongáis tan dramáticos, hombre) , hay bastante Jurisprudencia del Supremo , entre otras cosas se exige "que se actúe de forma intencionada y dolosa, con plena conciencia y propósito claro y específico de privar al sujeto de su capacidad ambulatoria- sin desdeñar un mínimo factor temporal-", vamos, que si la atan a una mesa y la dejan allí toda la noche, igual sí es detención ilegal, pero en las circunstancias expuestas, va a ser que no, de haberse identificado y aun así no la dejaran marchar ( "poniéndose delante de ella" como dices más arriba) si acaso podríamos plantearnos unas presuntas coacciones, pero en una situación de crispación y nerviosismo puede que la actitud coactiva viniese más bien por parte de ella...
finalmente, aunque la Lecrim faculta a los particulares a realizar detenciones, más adelante aclara que debe ponerse al detenido a disposición judicial inmediatamente, como ninguno de nosotros llevamos grilletes cuando salimos de casa( yo de momento, no tengo esa "perversión"

, la "secuencia" habitual en la práctica es llamar a la policia, y ellos a su vez , antes de 24 horas, ponen al "presunto" a disposición del Juez; muchas veces la propia policia informa al ciudadano si el ilícito es simplemente una falta, con lo que toman los datos del "amigo" y le dejan marchar ("si tuviese domicilio conocido"), vamos, que si no lleva el d.n.i. consigo, a Comisaria también...
bueno, supongo que alguien que ya haya cursado procesal penal o sea funcionario en Juzgados podrá aportar un más amplia visión sobre el tema...
dicho esto, no quisiera tener a pájarouyuy ni a alqui como rivales en un litigio,je, je.. Saludos!