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Autor Tema: ¿concordato?  (Leído 10094 veces)

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Desconectado simbad

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¿concordato?
« en: 21 de Noviembre de 2005, 16:23:50 pm »
ya van mas de 40000 firmantes de la carta para la derogacion inmediata del concordato


Desconectado Hugo

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¿concordato?
« Respuesta #1 en: 21 de Noviembre de 2005, 18:11:48 pm »
Me sabe mal tener que defraudar a 40.000 personas, pero para la extinción de un tratado hay unas razones tasadas:


- Conforme disposiciones del propio Tratado Internacional (TI)

- Consentimiento de todas las partes.

- Denuncia (si existe intención de las partes en autorizarla)

- Abrogación tácita (a través de nuevo TI)

- Violación grave del TI

- Imposibilidad de cumplimiento

- Cambio de circunstancias existentes en momento de celebración no previstas por las partes y siempre que: a) existencia de las circuntancias fuera la base esencial del consentimiento. b) cambio tenga por efecto cambio radical de obligaciones. c) no resulte de una violación por la parte que lo alega.

- Aparición de norma imperativa de Derecho Internacional General que se le oponga.



No veo la iniciativa popular por ningún sitio.... ???

Desconectado Tony

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¿concordato?
« Respuesta #2 en: 21 de Noviembre de 2005, 18:23:19 pm »
Si no es mucho pedir me gustaría que me dieses alguna razón por la que debería firmar la carta para la inmediata derogación del concordato, a ver si se te ocurre algo parecido a la eliminación del hechizo de tu amada princesa, marinero de agua de dulce. Porque claro, poner aquí un panfleto anticlerical sin más arengando firmar algo sin argumentar nada, en fin, para eso tienes la tasca de la esquina. Te vas a ella, te tomas unos chatos y cuando estés hasta el culo se subes a la barra en pelotas y sueltas tu milonga…

Desconectado Rubenl

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Re: ¿concordato?
« Respuesta #3 en: 21 de Noviembre de 2005, 18:49:51 pm »
¿por su inconstitucionalidad te vale?
¿por incumplir los principios de igualdad y de libertad?
Si quieres seguimos...

Desconectado Tony

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Re: ¿concordato?
« Respuesta #4 en: 21 de Noviembre de 2005, 19:01:31 pm »
Pues sí, quisiera seguir, Rubenl. Como no conozco el Concordato, cuéntame porque es inconstitucional e incumple los principios de igualdad y de libertad?

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Re: ¿concordato?
« Respuesta #5 en: 21 de Noviembre de 2005, 19:19:05 pm »
Artículo II del concordato:

"Los planes educativos en los niveles de Educación Preescolar, de Educación General Básica (EGB) y de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP) y Grados de Formación Profesional correspondientes a los alumnos de las mismas edades incluirán la enseñanza de la religión católica en todos los Centros de educación, en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales"

O sea, que si cumplimos el principio de igualdad y mañana hay 43 millones de religiones en España, habrá 43 millones de equipos para impartir enseñanza de religión en TODOS los colegios españoles, aunque sean en Melilla y no haya ni un sólo católico a 10 km de distancia

Desconectado Rubenl

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Re: ¿concordato?
« Respuesta #6 en: 21 de Noviembre de 2005, 19:22:33 pm »
 "a enseñanza religiosa será impartida por las personas que, para cada año escolar, sean designadas por la autoridad académica entre aquellas que el Ordinario diocesano proponga para ejercer esta enseñanza. Con antelación suficiente, el Ordinario diocesano comunicará los nombres de los Profesores y personas que sean consideradas competentes para dicha enseñanza."

Es decir, se puede echar a un "semifuncionario" por divorciarse si su mujer le maltrata, o decide salir del armario.

Desconectado Rubenl

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Re: ¿concordato?
« Respuesta #7 en: 21 de Noviembre de 2005, 19:27:02 pm »
A fin de asegurar la debida atención pastoral del pueblo se exceptúan del cumplimiento de las obligaciones militares, en toda circunstancia, los Obispos y asimilados en derecho.

Qué bien, porque sí. Para asegurar mi atención pastoral les exceptúan de defenderme en una guerra, pero yo a ellos sí les tengo q defender.

Desconectado Rubenl

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Re: ¿concordato?
« Respuesta #8 en: 21 de Noviembre de 2005, 19:41:10 pm »
bueno, y no me quiero meter con el tema económico, por el cuál la UE nos dio toques en los 90 en 2004 y este mismo año nos ha dicho que ese anacronismo debía acabar. Pero supongo que habrá más expertos en temas económicos que lo podrán explicar mejor que yo.

Es un texto preconstitucional, que tiene muy débil cabida en nuestra CE'78, yo creo que menos que el Estatut, y que a mi modo de ver viola muchos principios sociales.

Desconectado incredulo

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Re: ¿concordato?
« Respuesta #9 en: 21 de Noviembre de 2005, 20:16:31 pm »
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poner aquí un panfleto anticlerical sin más arengando firmar algo sin argumentar nada, en fin, para eso tienes la tasca de la esquina. Te vas a ella, te tomas unos chatos y cuando estés hasta el culo se subes a la barra en pelotas y sueltas tu milonga…
 
 Impresionante. Que digo yo que entonces el 90% de los que has puesto tú.... vamos ni chiqui martí ¿no? cuantas veces te habrás subido tu a la barra majetón? 
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Desconectado Hugo

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Re: ¿concordato?
« Respuesta #10 en: 21 de Noviembre de 2005, 20:44:05 pm »
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¿por su inconstitucionalidad te vale?
¿por incumplir los principios de igualdad y de libertad?
Si quieres seguimos...

Lo que no comprendo es que tú veas tan clara su inconstitucionalidad y que sin embargo no se aplicara el control previo de constitucionalidad de los tratados que prevé la Constitución: Cualquiera de las cámara por mayoría simple, a iniciativa de dos grupos parlamentarios o 1/5 parte de los Diputados, o en su caso de un grupo parlamentario, o 25 senadores podrán requerir al TC que determine si existe contradicción con la CE. 

Qué pasa que los Diputados de entonces eran memos? ???

Desconectado incredulo

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Re: ¿concordato?
« Respuesta #11 en: 21 de Noviembre de 2005, 22:22:17 pm »
no, hijo no, memos no. Lo que no les apetecía es que la cope la tomara con ellos. Vamos, basicamente lo que está pasando ahora....
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Re: ¿concordato?
« Respuesta #12 en: 22 de Noviembre de 2005, 08:46:18 am »
Querido Rubenl :

De tus 4 arremetidas me interesa la segunda, cuando dices que se puede “echar” –técnicamente despedir- a un “semifuncionario” por divorciarse si su mujer le maltrata o decide salir del armario.

Bien, en tal caso, yo le recomendaría al pobre diablo que accionara por despido nulo, ya que el art. 55.5), del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo –Estatuto de los Trabajadores-, establece que “será nulo el despido que tenga por móvil algunas de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la Ley, o bien se produzca con violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador”. Si el fallo acoge el despido calificándolo de nulo, entonces en virtud del art. 55.6), del mismo texto legal, sus efectos serían la readmisión inmediata del trabajador con el abono de los salarios dejados de percibir. Esto vale tanto para el maltratado-divorciado como para el del armario…

PD.- No me negarás, Incrédulo, que mis panfletos te gustan más que los de nuestro amigo, el marinero.

Desconectado Hugo

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Re: ¿concordato?
« Respuesta #13 en: 22 de Noviembre de 2005, 09:20:44 am »
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no, hijo no, memos no. Lo que no les apetecía es que la cope la tomara con ellos. Vamos, basicamente lo que está pasando ahora....

 ???

Eso es lo único que vas a aportar al debate?


Desconectado incredulo

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Re: ¿concordato?
« Respuesta #14 en: 22 de Noviembre de 2005, 11:21:06 am »
  Hombre Tony, tus panfletos son como la cope. No se si me explico, a veces cuando voy en el coche por la mañana hacia el trabajo pongo a tu amigo jimenez losantos. Uno empieza el día de otra forma, no se.... con una sonrisa. Hay dos grandes programas de humor en la radio, Uno es gomaespuma y otro el del "pequeño taliban de sacristia".
 Con respecto a Hugo. Y saltandome tu pueril provocación, por supuesto, si esos diputados o senadores no solicitaron el control de constitucionalidad, basicamente es por el poder que tiene la iglesia.  No se si te sonarán frases como "con la iglesia hemos topado" etc etc. En el momento en el que alguien intente recortar el inmenso poder que mantiene la iglesia, recogiendo ilegalmente fondos de los presupuestos generales del estado, ese "valiente" se enfrentará a una campaña mediática sin compasión por parte de la emisora episcopal y de un diario con ínfulas planetarias. También se enfrentará a todas las organizaciónes sicarias satélites que tiene la iglesia (legionarios de cristo, opus dei, concapa e incluso los terroristas guerrilleros de cristo rey) y por supuesto se encontrará con manifestaciones en la calle subvencionadas por la iglesia en las que se les atacará por lo que esos diputados hayan hecho, por lo que no hayan hecho o por si acaso lo hacen. En definitiva, hay que echarle mucho valor para recortarle el más mínimo privilegio a la iglesia. Espero que como dicen en el barsa.... "aquest any si"
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Re: ¿concordato?
« Respuesta #15 en: 22 de Noviembre de 2005, 11:35:09 am »
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  Hombre Tony, tus panfletos son como la cope. No se si me explico, a veces cuando voy en el coche por la mañana hacia el trabajo pongo a tu amigo jimenez losantos. Uno empieza el día de otra forma, no se.... con una sonrisa. Hay dos grandes programas de humor en la radio, Uno es gomaespuma y otro el del "pequeño taliban de sacristia".
 Con respecto a Hugo. Y saltandome tu pueril provocación, por supuesto, si esos diputados o senadores no solicitaron el control de constitucionalidad, basicamente es por el poder que tiene la iglesia.  No se si te sonarán frases como "con la iglesia hemos topado" etc etc. En el momento en el que alguien intente recortar el inmenso poder que mantiene la iglesia, recogiendo ilegalmente fondos de los presupuestos generales del estado, ese "valiente" se enfrentará a una campaña mediática sin compasión por parte de la emisora episcopal y de un diario con ínfulas planetarias. También se enfrentará a todas las organizaciónes sicarias satélites que tiene la iglesia (legionarios de cristo, opus dei, concapa e incluso los terroristas guerrilleros de cristo rey) y por supuesto se encontrará con manifestaciones en la calle subvencionadas por la iglesia en las que se les atacará por lo que esos diputados hayan hecho, por lo que no hayan hecho o por si acaso lo hacen. En definitiva, hay que echarle mucho valor para recortarle el más mínimo privilegio a la iglesia. Espero que como dicen en el barsa.... "aquest any si"

Para empezar, no lo sé, pero dudo que Jimenez Losantos estuviera en la COPE allá en 1979, basicamente por que era un maoísta convencido(gracias a dios entró en razón).

Respecto a lo de que hay que ser valiente para quitar privilegios a la Iglesia....Acaso insinuas que el Estado Español vive oprimido por la Iglesia católica? Crees que el TC tiene miedo de la Iglesía? POR FAVOR

Mi programa de humor favorito es leer lo que escribe cierto contertulio en cierto foro de Derecho.

Desconectado Rubenl

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Re: ¿concordato?
« Respuesta #16 en: 22 de Noviembre de 2005, 12:24:32 pm »
Una cosa, Hugo antes de leer todo lo demás. Solo he leído tu primer post. Creo que el concordato se firmó días antes de la aprobación de la Constitución. Es por ello, que al ser un texto preconstitucional, no se sometió a ningún control de constitucionalidad allá por 1978.
buscaré la fecha de aprobación, pero creo que fue así.
Un saludo. Sigo trabajando y luego si puedo sigo con los comentarios

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Re: ¿concordato?
« Respuesta #17 en: 22 de Noviembre de 2005, 12:34:10 pm »
En cuanto a lo de "echar" a los profesores de religión, os recomiendo la lectura del siguiente libro:

"PROFESORES DE RELIGION DE LA ENSEÑANZA PÙBLICA Y LA CONSTITUCION ESPAÑOLA"
FERREIRO GALGUERA, J.

Resumen: En los últimos años han salido a la luz varios casos de profesores de religión católica de centros públicos cuyos contratos anuales no fueron renovados por haber desplegado conductas como contraer matrimonio con divorciados, ejercitar el derecho de huelga o pertenecer a determinados partidos políticos. Estos comportamientos, aunque merezcan reprobación desde la doctrina y moral católica, resultan amparados por la Constitución, máxime cuando son manifestación del legítimo ejercicio de derechos fundamentales. Al ratificar el Estado (empleador) la decisión eclesiástica no solo se produce una confusión entre funciones religiosas y estatales (contraria al principio de laicidad) sino que penaliza el ejercicio de aquellos derechos.
Aunque engarza con un tema más amplio -la enseñanza de la religión católica en la escuela pública-, la monografía se centra en la figura de los profesores que la imparten. En un primer momento se examina la evolución normativa y los problemas jurídicos que se plantearon (carácter de empleador, naturaleza jurídica del contrato, etc.). A continuación, se analizan los supuestos en los que la no renovación del contrato puede ser constitutiva de vulneración de derechos fundamentales. En este punto, una vez estudiados los casos más emblemáticos y las reacciones sociales y políticas que suscitaron, se acomete un análisis jurisprudencial que concluye con las cuestiones de inconstitucionalidad admitidas a trámite por el Tribunal
                                                                       
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Desconectado Hugo

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Re: ¿concordato?
« Respuesta #18 en: 22 de Noviembre de 2005, 13:09:01 pm »
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Una cosa, Hugo antes de leer todo lo demás. Solo he leído tu primer post. Creo que el concordato se firmó días antes de la aprobación de la Constitución. Es por ello, que al ser un texto preconstitucional, no se sometió a ningún control de constitucionalidad allá por 1978.
buscaré la fecha de aprobación, pero creo que fue así.
Un saludo. Sigo trabajando y luego si puedo sigo con los comentarios

El acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede en materia de enseñanza y asuntos culturales data del 3 de enero de 1979 (CE plenamente vigente).

Si se hubiese celebrado con anterioridad ( y hago referencia a esto ya que hay acuerdos con la St, Sede que datan de 1976, y que probablemente salgan a colación en el futuro) entraría en juego la Disposición Derogatoria única de la CE 1978: Asimismo quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en esta Constitución.

Desconectado Tony

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Re: ¿concordato?
« Respuesta #19 en: 22 de Noviembre de 2005, 13:21:58 pm »
Los Acuerdos sobre enseñanza y asuntos culturales, asistencia religiosa a las Fuerzas Armadas y servicio militar de clérigos y religiosos, así como asuntos económicos, fueron firmados el 03-01-1979 en el Vaticano y publicados en el BOE del 15 de diciembre. Luego por tanto, estos acuerdos son posteriores a la Constitución de 1978. Los textos fueron aprobados por las Cortes Generales que dieron su autorización para ratificarlos.
Por otra parte, el art. 16.3 C.E. nos dice, amén de que ninguna confesión tendrá carácter estatal, que los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de Cooperación con la Iglesia Católica y demás confesiones. Pues bien, supongo que para eso se habrán formalizado los tratados ; ¿No?

En cuanto a los contratos laborales de los profesores de religión, desconozco que tipos se usan pero supongo que tanto indefinidos como temporales. Bien, por lo que respecta a los primeros ya he explicado en un comentario anterior como actuar. Por lo que respecta a los segundos, si el objeto del contrato es válido, es decir, no está celebrado en fraude de Ley, entonces expira al vencimiento y se extingue la relación laboral si el empresario no lo renueva o no lo transforma en indefinido. Pero en esta situación están todos los contratados temporales en España, salvo mejor criterio en Derecho fundado.