Perdón antes se me cortó:
Olvidas, o no sabes, que el primer Golpe de Estado no fue el de Franco, ni siquiera ese fue uno.
El primer golpe fue el 14 de Abril de 1931 que instaura la II República, pues con unas elecciones municipales, y además dudosas, no se cambia la forma del Estado de Monarquía a República.
¿Te parecería correcto de que en las próximas elecciones municipales ganara un partido X e instaurara su propio régimen, mandando la Constitución a la caca?.
El problema de la República fue que había un conflicto entre quienes querían un República democrática y quienes querían una República Marxista-Leninista pro-soviética. Se sucedieron varios golpes, alguno del psoe, hasta que se dieron tres uno del General Mola, otro del General Sanjurjo y otro del General Franco.
Con el apoyo de Millán Astray, comandante en jefe de la Legión, Franco ganó mucho poder, pero aun así Mola tardaría en ceder. a todo esto la Republica se fraccionó entre Demócratas, Marxistas y Anarquistas, y los aliados le retiran su apoyo ante el aislamiento de los Demócratas.
Desmanes de unos y otros en la guerra traen también el ensañamiento después de quien la gana. ¿Crees que hubiera sido diferente si ganan los Marxistas, que eran quienes se terminaron imponiendo en el bando republicano? (Mira lo que hizo Stalin, el mayor asesino de la historia).
Con todo en 1977 decidimos hacer borrón y cuenta nueva de TODO, hasta los Etarras quedaron limpios.
(El Etarra que siguió matando contrajo nuevas responsabilidades penales, por eso les odio tanto y pienso que no hay que tener ninguna piedad con ellos).
Si hay algún cadáver en "alguna cuneta", la competencia es del Juez de instrucción que tendrá que averiguar la identidad (los familiares le pueden dar sepultura)y el delito y para que haya algún culpable su acción debe de ser antijurídica, y todo lo amparado por la ley de Amnistía de 1977 no es antijurídico. Ahí se terminaría todo.
Si tuviéramos que enjuiciar aquellos tiempos, Santiago Carrillo también entraría, pero sería inimputable por lo que hubiese o no hubiese hecho por la mencionada ley de Amnistía de 1977.
Ahí queda una leccioncita de historia contemporánea y otra de Derecho Penal, (PARECE MENTIRA QUE ESTO SE TENGA QUE EXPLICAR EN UN FORO DE ASPIRANTES A JURISTAS).
Acabo de ver tu opinión sobre el tema, que yo interpreto sesgada e idealizada, con clara intención de justificar lo injustificable y de avalar la impunidad. Encima tienes el atrevimiento de calificar tu opinión cómo de "lección". Espero que la media de penalistas de este país esté por encima de tu nivel mostrado, sobre todo los jueces, aunque viendo sentencias cómo la del Prestige me entran muchas dudas.
Bueno, te diré cómo lo interpreto yo:
1.- Los delitos de genocidio y crímenes contra la humanidad, conforme a la legislación internacional ratificada por España: NO PRESCRIBEN NUNCA. Así lo recoge también nuestro actual Código Penal.
2.- Artículo primero de la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de amnistía:
1. Quedan amnistiados:
a) Todos los actos de intencionalidad política, cualquiera que fuese su resultado, tipificados como delitos y faltas realizados con anterioridad al día quince de diciembre de mil novecientos setenta y seis.
b) Todos los actos de la misma naturaleza realizados entre el quince de diciembre de mil novecientos setenta y seis y el quince de junio de mil novecientos setenta y siete, cuando en la intencionalidad política se aprecie además un móvil de restablecimiento de las libertades públicas o de reivindicación de autonomías de los pueblos de España.
c) Todos los actos de idéntica naturaleza e intencionalidad a los contemplados en el párrafo anterior realizados hasta el seis de octubre de mil novecientos setenta y siete,
siempre que no hayan supuesto violencia grave contra la vida o la integridad de las personas.2. A los meros efectos de subsunción en cada uno de los párrafos del apartado anterior, se entenderá por momento de realización del acto aquel en que se inició la actividad criminal.
La amnistía también comprenderá los delitos y faltas conexos con los del apartado anterior.
3.- Reciente noticia:
Una desaparición no se cierra hasta el momento "en el que la persona aparece con vida, se encuentran sus restos o se restituye su identidad". Así lo señala el Comité de Desapariciones Forzadas de la ONU, que ha instado a España a que busque a las personas desaparecidas durante la dictadura franquista.
La ONU ha presentado sus conclusiones sobre el cumplimiento por parte de España de la Convención Internacional sobre las Desapariciones Forzadas, en vigor desde finales de 2010.
En sus recomendaciones, la ONU pide a España que "asigne recursos de personal, técnicos y financieros suficientes para la búsqueda y esclarecimiento de la suerte de las personas desaparecidas".
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