Tan sólo esto se recoge en el manual:
TEMA 12. LAS SOCIEDADES MERCANTILES
II. ESTRUCTURA DEL CONTRATO DE SOCIEDAD
3. EL sistema de tipos societarios
B) Tipos personalistas y tipos corporativos
En función de cuál sea la estructura societaria que originen, nos encontramos, bien con tipos personalistas o sociedades de personas, o bien con tipos corporativos o sociedades de estructura corporativa.
Las sociedades de personas se constituyen en atención al vínculo personal de los socios y, en buena medida, dependen de la identidad de sus miembros. El intuitu personae representa presupuesto básico tanto en su génesis como en su funcionamiento y explica los rasgos básicos de su configuración. Estos son cuatro: 1) intransmisibilidad de la condición de socio; 2) personalización de la organización (por ej., principio de unanimidad en la adopción de decisiones, disolución de la sociedad en caso de muerte del socio, funcionamiento informal, etc.); 3) descentralización de la administración (autoorganicismo, no hay separación entre propiedad y gestión, tampoco hay separación entre los órganos, etc.)...
Saludos,