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Autor Tema: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)  (Leído 16854 veces)

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #40 en: 29 de Abril de 2010, 19:52:55 pm »
Nuestro compañero IESUS me ha enviado para publicar el documento referente a la CONFERENCIA DE REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DE DERECHO DE ESPAÑA [Ley 34/2006] el cual se puede descargar No puedes ver los enlaces. Register or Login

Saludos,




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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #41 en: 29 de Abril de 2010, 19:58:34 pm »
Otro documento enviado por IESUS que en su día elaboró, es el siguiente:

INFORME

LEY 34/2006, DE 30 DE OCTUBRE, SOBRE EL ACCESO A LAS PROFESIONES DE ABOGADO Y PROCURADOR DE LOS TRUBUNALES

Opinamos que es una Ley que discrimina a los estudiantes de Derecho de la UNED, por varios razonamientos jurídico - docentes, y que debe ser modificada, al menos, en su VACATIO LEGIS.

El legislador fundamenta esta Ley haciendo referencia al Art.17.3 CE, “se garantiza la asistencia de abogado…..” y  24 CE “derecho a la tutela judicial efectiva”, así como  a la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial y Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita.

Estos derechos estaban y están tutelados con la actual legislación sobre la colegiación de abogados y procuradores al licenciarse en Derecho, pues para poder ejercer de abogado en TURNO DE OFICIO para la asistencia jurídica gratuita es “condictio sine qua non”  tener una antigüedad de colegiación de 3 años además de asistir a unos cursos de práctica jurídica patrocinados por el Colegio de Abogados correspondiente o por el Consejo general de la Abogacía.
¿Qué diferencia existe entre la situación actual y la que se nos quiere imponer en esta Ley, en beneficio o detrimento de la aplicación de los artículos 17.3 y 24 de la CE de 1978? Ninguna para los ciudadanos que necesiten asistencia jurídica gratuita, mucha para los estudiantes de Derecho.

Dice la Ley, que “la colaboración entre universidades y colegios profesionales es una de las claves del sistema, por ello los cursos de formación requieren un periodo de prácticas profesionales externas”. “La duración de los cursos será de 60 créditos más los créditos necesarios para estas prácticas externas”.

En la UNED, la mayoría de los estudiantes de Derecho somos personas mayores de 25, de 30, de 40 y hasta de 50 años, que trabajamos y estudiamos (por ello estudiamos en la UNED, ese es el espíritu de esta Universidad). Cómo vamos a compaginar nuestro trabajo (jornada partida) con las horas de prácticas externas?

El legislador destaca que esta ley regula dos títulos acreditativos para la aptitud profesional, el título profesional de abogado y el de procurador de los tribunales.

Es que los abogados y procuradores que se licencian y ejercen en la actualidad no están bien preparados? El abogado que se licencia y se colegia como ejerciente, antes ejerce como pasante o se prepara en la escuela de práctica jurídica. Pero los que se quieran colegiar como no ejercientes?, porqué se les aplica de igual manera  esta Ley al ejerciente y al no ejerciente?

La Ley “destaca el establecimiento de un amplio periodo de “vacatio legis”, de modo que no se quiebren las expectativas de los actuales estudiantes de la licenciatura o grado en Derecho”.

Nada más lejos de la realidad; la Ley al establecer una “vacatio legis" de 5 años, vulnera los intereses de, al menos, los estudiantes de Derecho de la UNED, pues en esta Universidad, pocos o ningún alumno cursa en 5 años la licenciatura de Derecho; la media es de 9 a 10 años, por ello es una “ vacatio legis” injusta, discriminatoria y entiendo , que puede vulnerar el Art. 14 CE, en referencia a la igualdad entre las universidades presenciales y la UNED.

Dice la Ley, que las escuelas de práctica jurídica las crean los colegios de abogados y las homologa el Consejo General de la Abogacía, y que estas escuelas para su funcionamiento deberán celebrar un convenio con una universidad pública o privada, para impartir los créditos prácticos que se desprenden de la Ley.

Se desprende de estos artículos y de esta Ley, que está hecha a la medida de los colegios de abogados y procuradores, no a la medida de Universidades, estudiantes y los posibles tutelados por la Asistencia Jurídica (las personas). La homologación en todo caso de toda la docencia y prácticas debería ser competencia de los Ministerios de Educación y de Justicia, no de los colegios de abogados y procuradores.

Según la Ley los títulos profesionales regulados en esta norma no serán exigibles a quien ya estuvieran incorporados a un colegio de abogados o procuradores, como ejercientes o no ejercientes, en el momento de entrada en vigor de la Ley.

Entiendo, que no se puede tratar del mismo modo al ejerciente que al no ejerciente; el no ejerciente no ejerce como profesional de la abogacía o procura, por ello no debería serle exigido el título profesional.

Quienes en el momento de la entrada en vigor de esta Ley se encontraran en posesión del título universitario de licenciado o de grado de Derecho dispondrán de un plazo máximo de dos años, a contar desde su entrada en vigor (31/10/2011), para proceder a colegiarse, como ejerciente o no ejerciente, sin que les sea exigible la obtención de los título profesionales que en ella se regulan.

Si a un alumno de la UNED en septiembre de 2011 le queda una asignatura para poder licenciarse, y se presenta al examen extraordinario de fin de carrera de Diciembre, se le vulnerarán sus derechos, pues la ley entra en vigor el 31 de octubre de 2011.


POSIBLES MODIFICACIONES DE LA LEY

1.- Que si algún artículo de esta Ley vulnera el  derecho fundamental a  la igualdad u otra norma tipificada en la CE de 1978, sea modificado.


SOBRE LA VACATIO LEGIS

1.- Que la Ley no se aplique con carácter retroactivo (in malan partem) para todos aquellos estudiantes de Derecho que ya estuvieran matriculados el 31 de octubre de 2006. (fecha de su publicación en el BOE)

2.- O que, la  Ley se aplique a los estudiantes que se matriculen en el curso 2011, que es su entrada en vigor.

3.- O, que la vacatio legis tenga un periodo de 9 años; este si que sería “un amplio periodo de “vacatio legis” de modo que no se quebraran las expectativas de los actuales estudiantes de la licenciatura  o grado de Derecho”, entrando en vigor en  2015, año en el que se extinguen los planes de estudios actuales y solamente estará en vigor el  plan de Bolonia , (GRADO, MASTER Y DOCTORADO).

Estas son algunas consideraciones que aportamos como estudiantes de Derecho de la UNED.

Pensamos que otros compañeros y profesionales pueden aportar más razonamientos jurídicos y docentes, por ello os hacemos llegar este documento para que lo estudiéis, (del mismo modo que el articulado de la Ley) apoyéis y aportéis todo lo que nos pueda beneficiar como estudiantes de Derecho de la UNED.

En Alcalá de Henares a 1 de diciembre de 2007.


MIEMBROS DEL CONSEJO DE ALUMNOS DE DERECHO DE LA UNED

Desconectado NINJ

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #42 en: 29 de Abril de 2010, 21:54:45 pm »
    Ya he acabado de trabajar. Ius-Uned ha colgado los archivos remitidos por IESUS (uno en enlace y el otro pegado), voy a subirlos a otro servidor también:

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Honeste vivere, naeminem laedere et jus sum cuique tribuere.

Desconectado Victorgp

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #43 en: 29 de Abril de 2010, 22:38:44 pm »
Buenas noches:

Voy a poner mi opinion en el asunto. No creo que se consiguira nada, aunque me encantaria que nos aumentasen la vacation legis, porque de otra manera no podre convertirme en abogado, mi trabajo no me permite compaginarlo con un master o practicas.
De todas maneras queria ser sincero y explicar que es lo que sucede a nivel europeo, porque es lo que ha motivado el master y las practicas, como una manera de unificacion del titulo.

Si seguis este link os mostrara que el titulo de abogado es reconocido al interno de la union europea.
Creo recordar que despues de dos an-os en el estado miembro, pues tienes posibilidad de que sea reconocido en otro pais.
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Es decir en vez dedos an-os de practica en Italia despues de la carrera de Derecho para pasar un examen de Estado (No puedes ver los enlaces. Register or Login), en francia un master de un an-o y ser titular del CAPA (No puedes ver los enlaces. Register or Login), en inglaterra un master y practicas (No puedes ver los enlaces. Register or Login).... y podemos seguir con los paises miembros que ponen mas requisitos que la carrera.

Nos hemos convencido en las Islas Caiman de los abogados, donde la persona que termina la carrera de Derecho no tiene ni idea de la practica juridica, de como son los procedimientos en juzgados y tribunales, los recursos, los escritos... se convierte en abogado. Donde vienen de otros paises para tener solo el titulo de abogado espan-ol para convalidarlo en el futuro...

Sinceramente, creo que solo ha sido cuestion de tiempo, y fue (Lopez Aguilar) muy inteligente al establecer la vacation legis de 6 an-os... los que empezaban la carrera en aquel momento imaginaban sacarla antes... y los que lo sufriesen ahora pues estaban en la ESO. Lastima de los estudiantes de la Uned, que generalmente no tenemos esa disponibilidad de tiempo... pero no tenemos fuerza ni voz suficiente para cambiar lo inevitable... (ni tan siquiera para retardarlo, porque sino se deberia retrasar siempre...)

Ojala que tengamos suerte, y se modifique de alguna manera, pero tambien es justo saber cual es la situacion real (no solo lo que nos gustaria...)

Un saludo a todos,

Desconectado Mbravo

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #44 en: 30 de Abril de 2010, 08:27:59 am »
Victorgp,
Estamos hablando de DOS COSAS DISTINTAS.
Por un lado está el asunto si se deben modificar los requisitos para obtener la condición de abogado, con el fin de igualarlos al resto de lso países Europeos. Nada que discutir por mi parte (auqnue habria que ver como es la carrera en esos países, que puede que tengan muchas practicas despues pero puede que la carrera en sí sea bastante menos exigente que en España).
Pero por otro lado hablamos de respetar las justas expectativas de los que ya estamos estudiando Derecho y a los que no debería afectar esta medida.
Por último quizás cabría hacer una distinción entre los alumnos de univesidades presenciales y alumnos de la Uned, pero me temo que eso sería aún mas dificil.
Yo también creo que el camino para cambiar algo está mas que en oponernos al cambio, a pedir que no afecte a los que estuvieran matriculados en la fecha en la que se publicó la ley (2006). Y lo siento por los que vengan detrás, pero es que esto de la CONVERGENCIA con Europa es algo inevitable (para lo malo,claro, si hablamos de los sueldos, de convergencia nada!)

Desconectado Soffia

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #45 en: 30 de Abril de 2010, 12:34:08 pm »
Mbravo creo que has dado en el clavo de la cuestión, que dicha ley no sea de aplicación a los que estuvieran matriculados en la fecha en que se aprobó la ley.

Nosotros debido a las especiales condiciones en que nos encontramos, debemos luchar contra viento y marea para que no nos apliquen esta ley, o al menos que prorroguen la vacatio legis hasta la extinción del plan 2000.

Porque no tiene sentido que se aplique antes de dicha extinción, porque existirá agravio comparativo entre estudiantes del mismo plan debido a que unos al terminar en plazo, podrán colegiarse sin problema ninguno, y los que quizá por un curso académico no aprobado en plazo, tendrán que hacer los años de práctica, el examen etc, etc.
Cualquiera puede ser malo, pero es más complicado ser bueno. nbspnbsp Agua para todos

Desconectado Gofio

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #46 en: 30 de Abril de 2010, 13:06:16 pm »
Mbravo es posible que eso este reconocido en la constitución por le principio de igualdad, de tal forma que una persona que con el titulo de licenciado pueda ser abogado sin más requisito si lo ha sacado antes de octubre de 2011 choca frontalmente con que una persona que lo ha sacado despues de esa fecha no pueda serlo, siendo exactamente los mismos estudios.

No cabe en cabeza humana que uno de los requisitos para poder ser abogado es que todos los titulados anteriores a Octubre de 2011 tienen que estar colegiados obligatoriamente en plazo, pues si no es así tambien les obligan a estudiar esos dos años más y a pasar el examen, esto es negocio duro y puro.

Y si finalmente nos obligan a hacer un año de practicas yo quiero cobrar igual que cobra el licenciado en medicina cuando hace el Mir.

Desconectado anjugar

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #47 en: 01 de Mayo de 2010, 13:27:11 pm »
Esta es la respuesta del Ministerio de Justicia al mail que les envié expresándoles nuestra situación:

En relación con la consulta realizada se informa que la Ley  34/2006, de 30 de octubre, entrará en vigor el 30 de octubre de 2011, de modo que a aquellas personas que terminen su licenciatura en derecho en 2015 les será de plena aplicación. Las únicas excepciones previstas se recogen  en la Disposición transitoria única de la mencionada norma.

La disposición transitoria, en terminos vulgares, da muy mala gana, aun más que la respuesta.

Con este trato y a un año de las elecciones locales, que no cuenten con mi voto.

Desconectado Ius-Uned

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #48 en: 01 de Mayo de 2010, 13:51:12 pm »
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Esta es la respuesta del Ministerio de Justicia al mail que les envié expresándoles nuestra situación:

En relación con la consulta realizada se informa que la Ley  34/2006, de 30 de octubre, entrará en vigor el 30 de octubre de 2011, de modo que a aquellas personas que terminen su licenciatura en derecho en 2015 les será de plena aplicación. Las únicas excepciones previstas se recogen  en la Disposición transitoria única de la mencionada norma.

La disposición transitoria, en terminos vulgares, da muy mala gana, aun más que la respuesta.

Con este trato y a un año de las elecciones locales, que no cuenten con mi voto.

No sé cuál ha sido la pregunta concreta, pero la respuesta no es tan mala al decir "de modo que a aquellas  personas que terminen su licenciatura de derecho en 2015 les será de plena aplicación".

Quiere ello decir que aunque entre en vigor la Ley el 30 de octubre de 2011 no será de aplicación para todos los estudiantes. Por ejemplo, será de aplicación para todos aquellos que no estuvieren matriculados con anterioridad a 2006 y no hayan terminado en el 2015.

No obstante, si puedes pegar el texto integro remitido al Ministerios sería de agradecer.

Saludos,

Desconectado Helle

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #49 en: 01 de Mayo de 2010, 15:47:24 pm »
La Disposición transitoria única de la Ley de Acceso dice lo siguiente:

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA. Profesionales colegiados a la entrada en vigor de la exigencia de título profesional.
1. Los títulos profesionales regulados en esta norma no serán exigibles a quienes ya estuvieran incorporados a un colegio de abogados o procuradores, como ejercientes o no ejercientes, en el momento de la entrada en vigor de la presente Ley.
2. Los títulos profesionales regulados en esta Ley tampoco serán exigibles a quienes, sin estar incorporados a un colegio de abogados o procuradores a su entrada en vigor, hubieran estado incorporados antes de su entrada en vigor, como ejercientes o no ejercientes, durante un plazo continuado o discontinuo no inferior en su cómputo total a un año, siempre que procedan a colegiarse antes de ejercer como tales y no hubieran causado baja por sanción disciplinaria.
3. Quienes en el momento de la entrada en vigor de la presente Ley se encontraran en posesión del título universitario de licenciado o de grado en Derecho, y no estuvieran comprendidos en el apartado anterior, dispondrán de un plazo máximo de dos años, a contar desde su entrada en vigor, para proceder a colegiarse, como ejercientes o no ejercientes, sin que les sea exigible la obtención de los títulos profesionales que en ella se regulan.


No entiendo bien la respuesta. Dice "...de modo que a aquellas personas que terminen su licenciatura en derecho en 2015 les será de plena aplicación...". Pero como yo lo veo, también será de plena aplicación a los estudiantes que terminen en 2012, 2013 y 2014. Creo que no tiene mucho sentido la respuesta. La Disposición transitoria única habla de los ya licenciados, y no de los estudiantes.


Desconectado Gofio

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #50 en: 01 de Mayo de 2010, 16:22:39 pm »
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Esta es la respuesta del Ministerio de Justicia al mail que les envié expresándoles nuestra situación:

En relación con la consulta realizada se informa que la Ley  34/2006, de 30 de octubre, entrará en vigor el 30 de octubre de 2011, de modo que a aquellas personas que terminen su licenciatura en derecho en 2015 les será de plena aplicación. Las únicas excepciones previstas se recogen  en la Disposición transitoria única de la mencionada norma.

La disposición transitoria, en terminos vulgares, da muy mala gana, aun más que la respuesta.

Con este trato y a un año de las elecciones locales, que no cuenten con mi voto.


Para saber exactamente a que se refiere habría que ver el mail que les enviaste, pero supongo que les dirías que los últimos licenciados que saldrán en 2015 se verán afectados por la ley.
La respuesta que si me pareció mas curiosa fue cuando te dijeron que ese no era el ministerio competente sino el de educación. A ver si van a tener razón y han hecho una ley nula por incompetencia.

En cuanto tengamos a muchos que se sumen a nuestra causa empezaremos a unir a los políticos a la misma, pues es evidente que solo conseguiremos algo con una ley que modifique a la ley existente, en cuanto a plazos y formas.

Yo desde luego no veo lógico, y creo que choca con la constitución y el principio de igualdad el hecho de que a unos licenciados se les exija mayor tiempo de estudios y practicas y un ejercicio final, solo por haber terminado antes o después de una fecha.

Tampoco estoy de acuerdo con esas practicas obligatorias, y que  no están remuneradas como los médicos con el MIR, y además totalmente desprotegidos. Ya hace muchos años que inventaron los contratos de practicas. Esto puede ser una practica negrera, en donde unas empresas se lucran con el trabajo gratuito de otros.

Y tampoco estoy de acuerdo con ese examen final, pues a lo largo de toda la carrera ya se han superado muchísimos exámenes, por diferentes departamentos y personas, de tal forma que quien lo ha hecho es por haber demostrado su valía. Sin embargo un examen final, con un tribunal que no se sabe muy bien quienes son, ni quienes los nombran, con una corrección que puede ser subjetiva, se puede convertir en un verdadero filtro que nada tiene que ver con la verdadera capacidad o incapacidad del futuro abogado.

Y el colmo es cuando le exigen a todos los anteriores licenciados el estar colegiados antes de entrar en vigor la ley o en el plazo correspondiente, porque si no también tienen que pasar por el curso, por las practicas y por el examen final. Una persona que haya acabado en el año 2000 tendrá la misma capacidad tanto si colegia como si no lo hace, y por tanto esta medida es solo una forma de sacar negocio por parte de los colegios, y además va a ser el colectivo mas perjudicado porque ni se va a enterar hasta el día que pretenda ejercer como abogado.


Desconectado Mbravo

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #51 en: 01 de Mayo de 2010, 19:31:23 pm »
La respuesta del Ministerio da lugar a error si no se conoce la pregunta.
La pregunta se referíA al 2015 porque es el año en que se extingue el plan 2000, y por eso dice que la ley afectará a loS que se licencien en el 2015, poer lameNtablemente la ley también afectará todo aquel que acabe la licenciatura mas tarde de Octubre 2011..salvo que cambien la ley, claro.

Desconectado maras_57

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #52 en: 01 de Mayo de 2010, 20:09:02 pm »
Hola! Hace unos días que no entraba y veo que este hilo se está moviendo más, qué bien!!!!! En referencia a lo que decían algunos compañero: no sé si es tarde o no para hacer algo (creo que será tarde después de octubre de 2011), no sé si conseguiremos algo o no, pero seguro no conseguiremos nada si no hacemos algo. Creo que hay que intentar todos los medios a nuestros alcance para revertir esta situación.
  En la página de face que se creó sobre esta ley, ya somos más de 600, en un mes! Y eso que esta semana se comenzó a dar difusión. Si seguimos de forma activa difundiendo esta Ley quizás lleguemos a un número considerable, y es ahí donde podemos hacer algo, no?Como dicen nuestros compañeros, intentar que la vacatio legis se amplie hasta el 2015, año en que se extingue el plan 2000.

Saludos!!

Desconectado anjugar

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #53 en: 01 de Mayo de 2010, 23:27:21 pm »
Precisamente, la respuesta da mala gana. En la pregunta al Ministerio de Justicia, les comentaba que hasta 2015 seguirían saliendo licenciados y que no es de recibo tener que pasar por todo ese suplicio, habiendo cursado exactamente las mismas asignaturas con la misma dificultad porque no creo que ningún departamento nos apruebe a todos con el pretexto de que esa asignatura ya la daremos en el Master.

Desconectado cotista

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #54 en: 03 de Mayo de 2010, 09:08:17 am »
Me parece muy bien presionar...pero a mi me faltan, si apruebo todo de lo que estoy matriculada, algo más de noventa créditos para terminar... así que no llegaré a tiempo para acabr la carrera antes del plazo en vigor (colegiarme antes del 1 de noviembre).
He preguntado y en la UNED no me dejan matricularme de más de noventa créditos: aquí no tengo solución...
Además, con la prisa que se dan en corregir.... ni aunque aprobase todos los créditos!!!!
¡He consultado en la Universidad Católica de Ávila y on-line podría matricularme de todo lo que me falte e intentar llegar a tiempo!
Allá cada quien.. pero por si a alguno le sirve... aviso ;)

Desconectado Mbravo

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #55 en: 03 de Mayo de 2010, 09:36:27 am »
La ultima noticia sobre este asunto que se ha publicado en el grupo de facebook quizas sea positiva para nosotros.
Parece que las partes implicadas no se ponen de acuerdo en el examen que habría que hacer para obtener la condición de abogado y, según la noticia, no es probable que lleguen a un acuerdo en breve, por lo que esto sería una razón mas para demorar los efectos de esta ley.

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #56 en: 03 de Mayo de 2010, 10:08:53 am »
NO ES POR DESANIMAR...
"El cuarto ý último borrador del Reglamento de la Ley de Acceso a la Abogacía estará en el Consejo de Estado en junio, según ha adelantado Daniel Entrena, asesor del  Ministerio de Justicia.

En octubre de 2006 se aprobó un Real Decreto que establece que para ejercer como abogado se debe realizar un máster y prácticas durante año y medio, además de un examen posterior. Por esta razón, si la Ley de Acceso se hace efectiva en 2011, el año que viene saldrán al mercado los últimos licenciados en Derecho, mientras que los graduados que acaben sus estudios en 2012 no podrán ejercer hasta 2014, una vez hayan acabado el máster, las prácticas y el examen. Todas estas novedades han tenido que ser ajustadas a los sometimientos que impone Bolonia en materia de Educación. [Ver cursos de Abogacía y Práctica Jurídica]

Los expertos han venido mostrando su preocupación en los últimos tiempos por la inminente entrada en vigor de la Ley sin que se cuente aún con el Reglamento de desarrollo ni la Orden Ministerial encargada de detallar los contenidos de los postgrados que deberán cursar los aspirantes a abogados antes de realizar el examen de acceso a la profesión.

Por su parte, las universidades no están de acuerdo con el borrador actual del Reglamento, que necesitaría ser aprobado antes del 30 de octubre de 2011, cinco años después de la publicación del Real Decreto. Sin el Reglamento no se puede empezar a buscar el profesorado adecuado para los cursos de postgrado o articular sistemas para que todos los estudiantes puedan realizar sus periodos de prácticas. Por otro lado, si hasta 2014 no es posible otorgar el título de abogado a ningún profesional, se corre el riesgo de que el mercado sea ocupado por ciudadanos de otros países europeos, según han manifestado algunos expertos. [Ver cursos de Abogado]

Apartados más polémicos

Según Entrena, el nuevo borrador ha retocado muchos de los apartados más polémicos, como los relativos a los lugares de realización de prácticas obligatorias, que podría haber sido modificado de forma que no sólo se realizarán en los despachos, sino también en asesorías jurídicas, empresas, instituciones o juzgados. En este sentido, Entrena hizo un llamamiento para que estos operadores no utilicen el acceso a la abogacía para llevarse parte del mercado.

Asimismo, el asesor de Justicia negó que en el Ministerio se contemplara la posibilidad de retrasar en un año la entrada en vigor de la Ley, que pretende facilitar el ejercicio de la profesión en el ámbito internacional y dotar de una mayor calidad a la formación.

Entrena aseguró que “las universidades tendrán tiempo de adaptarse a la nueva norma”, al tiempo que señaló que “el máster buscará la especialización en las distintas áreas de la abogacía”, tal y como publica Expansion.com

Por su parte, el penalista Luis Rodríguez Ramos, vicedecano del Colegio de Abogados de Madrid, ha lamentado que el título no lo vaya a expedir el Ministerio de Justicia, mientras que el decano del Colegio de Abogados de Vizcaya, Nazario de Oleaga, ha criticado el retraso y las incoherencias del proceso. Isabel Gozalo, letrada del Consejo General de la Abogacía, ha señalado que “ya ha pasado el tiempo de la Universidad y es el momento de los Colegios”, indica el diario."

Desconectado anjugar

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #57 en: 03 de Mayo de 2010, 10:35:45 am »
Esto es lo que más gracia me hace : "el año que viene saldrán al mercado los últimos licenciados en Derecho, mientras que los graduados que acaben sus estudios en 2012 no podrán ejercer hasta 2014, una vez hayan acabado el máster, las prácticas y el examen" ¡SEGUIRÁN SALIENDO LICENCIADOS HASTA 2016! ¡Que forma de meterla!

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #58 en: 03 de Mayo de 2010, 10:36:40 am »
En todos los artículos publicados sobre este tema que he leído, no se discute lo INJUSTO que es que unos tienen que estudiar 5 años (los estudiantes de la licenciatura) y otros sólo 4 años (los estudiantes del grado).  >:(  . Debemos llamarles la atención sobre este punto.

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #59 en: 03 de Mayo de 2010, 10:39:43 am »
Si es que estas cosas me enervan: la UNED no sacará graduados hasta 2014 y si esto sigue adelante, no podrán ejercer hasta el 2016-2017, dependiendo de cuantos examenes saquen al año.