IMPORTANTE
Ente el compañero JoseMarbella 27 y un servidor hemos redactado la carta que creemos deberíamos de enviar por correo certificado al congreso de los Diputados lo antes posible.
En la redacción de esta carta hemos incluído algunos párrafos o argumenos ya apuntados por algunos de vosotros. Siento no poder nombrar a cada uno, pero tendría que perder mucho tiempo en identificar quien aportó cada cosa. En todo caso, gracias a todos los que han invertido parte de su tiempo en redactar cartas.
Este es el texto, que despues de darle batantes vueltas, proponemos. Damos por hecho que es imposible que guste a todo el mundo, por lo que obviamente cada cual es libre de:
1) Enviarlo tal y como está (incluyendo vuestros datos personales y firmándolo, claro)
2) Editarlo y enviarlo
3) Borrarlo todo y redactar vuestra propia carta y enviarla
Pero lo importante, lo esencial, lo de "vida o muerte" es que TODOS ENVIEMOS NUESTRA CARTA.. La dirección a donde hay que enviarla fugura al final de la carta.
Por favor, máxima difusión ente vuestros amigos, redes sociales, etc.
Al copiar y pegar en este foro se ha perdido el formato (negritas, subrayado, etc). Si alguien quiere la carta es su formato "original", por favor que me la pida por email a bravodigital@gmail.com y con mucho gusto se la envio en formato word.
Y aquí va la carta:
Yo, ____________________, mayor de edad, con domicilio en _______________ ______________ ______ _______________________, y con DNI ________________, me dirijo a V.I con el fin de manifestar mi oposición a la Ley 34/2006 de Acceso a las profesiones de Abogado y Procurador, y solicitar la modificación de la misma, así como la prórroga de su vacatio legis hasta el año 2015, fecha en la que se extingue la Licenciatura en Derecho, basándome el lo siguiente:
PRIMERO.-- Es injusto que los nuevos requisitos para ejercer la profesión -curso teórico de 60 créditos (un año) y prácticas de 30 créditos (medio año)- y examen final, afecten a los que ya estaban matriculados en la Licenciatura de Derecho cuando se aprobó la Ley 34/2006, el 30 de octubre de 2006, ya que no han podido tomar en consideración los nuevos requisitos exigibles cuando se matricularon, para poder ejercer en el futuro las profesiones de abogado y procurador, lo que supone una vulneración del principio de irretroactividad de las normas no favorables o restrictivas de derecho individuales, con independencia de la vacatio legis prevista en la ley, por los motivos que se continuarán señalando en el presente escrito.
SEGUNDO.- Es injusto que esta ley afecte igualmente a los estudiantes de la Licenciatura y a los del Grado. Es evidente que esta ley está pensada para los estudiantes de GRADO, pero va a afectar igualmente a los que aún estamos estudiando la LICENCIATURA. El agravio comparativo se produce en el momento en que el GRADO consta de CUATRO CURSOS, por lo cual resultaría menos gravoso añadir un quinto año de prácticas, máster, etc., cuando la LICENCIATURA consta de CINCO CURSOS, que además incluyen asignaturas de libre configuración que ahora con el Grado desaparecen. No es justo que los estudiantes de la Licenciatura tarden, como mínimo, 7 años para poder optar a ejercer la profesión de abogado o procurador.
Asimismo es injusto y contrario al artículo 14 de nuestra Constitución, el que los Licenciados en Derecho que se colegien antes de la fecha de entrada en vigor no le sean exigibles los requisitos previstos en la Ley 34/2006, mientras que sí le sean aplicables a los estudiantes que obtengan la Licenciatura después del 31 de octubre de 2011, por el simple “hecho” de una fecha, sin que existan diferencias académicas de ningún tipo entre Licenciados en Derecho, tal como se ha venido impartiendo hasta ahora dicha Licenciatura en España. Parece que la ley sólo pretende consolidar el principio “quien paga ejerce”, lo cual resulta de notoria injusticia.
TERCERO.- Esta ley es especialmente injusta con los alumnos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), al exigirles la realización de hacer un máster presencial, ya que quien decidió estudiar derecho en la UNED con el fin de ser abogado, lo hizo con la razonable expectativa de hacerlo todo a distancia, salvo los exámenes, claro, y muchos no podrán asistir a ese máster presencial haciendo inalcanzable el objetivo por el que tan duramente ha luchado durante años.
CUARTO.- Asimismo en dicha ley se prevé la realización de unas prácticas, la cuales no está previsto que sean remuneradas, por lo que parece que la finalidad de la ley, es proporcionar a los despachos de abogados y procuradores “mano de obra barata” (a coste cero) durante dichas prácticas, lo cual contribuye a desprestigiar, las profesiones de abogado y procurador, de gran tradición en España, al contrario de lo que ocurre con otras profesiones.
QUINTO.- Que en un período de grave crisis económica y gran desempleo, la exigencia del título de abogado y procurador conforme a los requisitos que exige la ley 34/2006, constituye una barrera de entrada, al ejercicio de tales profesiones, imposibilitando la creación de nuevos despachos, y por tanto impidiendo contribuir a la creación de nuevos puestos de trabajo, y siendo asimismo contrario al ejercicio de la libre empresa, principio ya consagrado a nivel comunitario, al imponer barreras que no resultan justificadas. Y no resultan justificadas pues parece que tales requisitos sólo tiene por objetivo compensar la disminución de ingresos de los Colegios profesionales, por la entrada en vigor de la Directiva de Servicios, que les ha supuesto una notable disminución de ingresos al tener que reducir los costes de colegiación.
Asimismo, dicha ley no persigue una mejora en el ejercicio de tales profesiones pues no se prevé un examen para los ya Licenciados y ejercientes, en un período de 5 años por ejemplo, para que acredite si mantiene sus conocimientos actualizados, ya que en caso de no tener una actualización periódica pueda causar el mismo perjuicio a un cliente, que el que la ley “presupone” que puede causar un estudiante en Derecho que se licencie después de Octubre de 2011, con lo que se pone de manifiesto que un buen o mal abogado/procurador, lo será por dedicación a la profesión que desea ejercer y no por el hecho de imponer un master obligatorio y un examen de capacitación.
Dicha ley por tanto parece tener como único fin restringir el ejercicio de la profesión, para que en el futuro sólo pueda ser ejercida pero un número minoritario y elitista de personas, que puedan costearse los nuevos gastos que conllevan el poder ejercer las profesiones de abogado y procurador.
Por todo lo anterior, y adhiriéndome en este punto a lo manifestado en la Conferencia de representantes estudiantiles de Derecho de España en su Declaración sobre la Ley 34/2006, de acceso a las profesiones de Abogado y Procurador,
SOLICITO
Que se modifique la Ley 34/06, en el sentido del que queden excluidos de cumplir con los requisitos de capacitación exigidos por la Ley los Licenciados en Derecho con independencia de la fecha en la que se licencien, y que en todo caso de se amplíe la vacatio legis de la Ley 34/2006, hasta el año 2015, fecha en la que se extingue la Licenciatura de Derecho en todas las Universidades Españolas.
En _______________a ________ de ___________________ 2010.
Firmado: _____________________________
Ilmo. Sr. Presidente de la Comisión de Peticiones Congreso de los Diputados
C/Floridablanca s/n 28071-MADRID