Estimada Natividad, entiendo que como muchos otros objetos son elementos privativos dentro de un conjunto común, es decir, si a ti se te rompe una ventana, aunque esté dentro de la fachada (común), la ventana debes repararla tú, pues es privativa. Ahora bien, la deberás arreglar tal como están el resto, sin modificaciones. Por lo tanto, entiendo que lo mismo debes hacer con la salida de humos, y deberás informar a la comunidad de propietarios, de la modificación que va a sufrir en altura. Para ello es importante, que te informes y te den por escrito en el Ayuntamiento a que normas está sujeto, pues te ayudara a la hora de realizar el escrito al administrador de la comunidad, para especificar todos los datos y fotocopias de documentación que te requieran. Es dificil ser más exacto respecto a tal normativa, pues ya te digo que depende de las provincias e industria, años de los inmuebles, clasificación de suelo urbano, etc., sin saber toda la normativa del municipio, es complicado darte más consejos. Pide cita y brevemente te sacaran de dudas. Un saludo.