Tomemos de entrada una frase de Federico o de César Vidal.
Dicen así:
“El TC hace decir al Estatuto lo que no dice, para avalar lo que dice.”
Ejemplo de libro: la D.A 3ª.
La inversión del Estado en Cataluña en infraestructuras, excluido el Fondo de Compensación Interterritorial, se equiparará a la participación relativa del producto interior bruto de Cataluña con relación al producto interior bruto del Estado para un periodo de siete años. Dichas inversiones podrán también utilizarse para la liberación de peajes o construcción de autovías alternativas.
Dice esto el sofisma 138.
“Y es que no puede admitirse que la disposición adicional tercera, apartado 1, vincule a las Cortes Generales en el ejercicio de sus funciones de examen, enmienda y aprobación de los Presupuestos Generales del Estado, pues respecto de este tipo de compromisos presupuestarios formalizados en un Estatuto de Autonomía hemos dicho que no constituyen un recurso que el Estado deba consignar obligatoriamente en los presupuestos generales de cada ejercicio económico, pues es al Estado a quien corresponde en exclusiva, atendiendo a la totalidad de los instrumentos para la financiación de las Comunidades Autónomas, a las necesidades de cada una de éstas y a las posibilidades reales del sistema financiero del Estado, decidir si procede dotar, en su caso, y en qué cuantía aquellas asignaciones en virtud de la competencia exclusiva que sobre la materia le atribuye el art. 149.1.14 CE (hacienda general). De la afirmación de la legitimidad constitucional de [un] mecanismo excepcional de financiación ... no cabe concluir la consecuencia de que el Estado deba, necesariamente y en todo caso, dotar una concreta partida presupuestaria si no se ha alcanzado al efecto acuerdo entre el Estado y la Comunidad Autónoma en el seno de la Comisión Mixta, correspondiendo al Estado adoptar la decisión de establecer dicha dotación, si bien su actuación debe resultar presidida por el principio de lealtad constitucional que ... 'obliga a todos' y que impone que el Gobierno deba 'extremar el celo por llegar a acuerdos en la Comisión Mixta' (STC 209/1990, de 20 de diciembre, FJ 4) (STC 13/2007, de 18 de enero, FJ 11).”
Ya, señores, pero es que la ley que ustedes avalan no dice eso, dice, repetimos, lo siguiente:
“La inversión del Estado en Cataluña en infraestructuras, excluido el Fondo de Compensación Interterritorial, se equiparará a la participación relativa del producto interior bruto de Cataluña con relación al producto interior bruto del Estado para un periodo de siete años. Dichas inversiones podrán también utilizarse para la liberación de peajes o construcción de autovías alternativas.”
De manera, que puede concluirse con Federico y César, que el TC hace decir al Estatuto lo que no dice, para avalar lo que dice. En resumen: el TC manipula. Y manipula, gracias al voto de Casas, cuyo marido recibió dinero por dictaminar a favor del Estatuto, un dinero que la señora Presidenta, no habrá desaprovechado.
Cierto día, María dijo que no recordaba nada bueno que Franco hubiera hecho. Pues para Cataluña, sí que lo hizo: las autopistas. Y me lo ha recordado la palabra "peaje" de esta D.A, 3ª del Estatuto. Pero repito: ¿dónde está el federalismo en esta D.A. 3ª?
Despertad del sueño y, en cuanto a la manipulación de Es Radio, dos cosas:
1. ¿Dónde está la manipulación en esta frase:
“El TC hace decir al Estatuto lo que no dice, para avalar lo que dice.”
?
2. A veces el enemigo, tiene razón.
