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Autor Tema: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos  (Leído 16440 veces)

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Desconectado manuelk0

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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #20 en: 15 de Julio de 2010, 19:43:16 pm »
instructiva y enriquecederoa ha sido esta exposicion , aunqe difiero en gran medida en cuanto a todo el paseo de las obligaciones. De acuerdo con la theoria de las obligaciones y por excusa del planteamiento de la praxi de los contratos. y siguiendo la linea del Profesor Lasarte, hay contrato que pueden quedar nulo por una cuestion sobrevenida, y no proyectada en el contrato. Tal situacion sobrevenida es la falta de trabajo o que se haya quedado sin trabajo como consencuencia de la crisi y con el fin de producir cargas, le comunica a la parte la desicion de resindir del contrato. Este planteamiento es viable pues el objeto del incumplimento del contrato escapa a la voluntad y vicio del sujeto, lo que hace posible que la parte contratante solo pueda quedarse con la fianza dada y a efecto practico, vale mas un mal arreglo que un buen juicio.... :)


Desconectado romero2007

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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #21 en: 15 de Julio de 2010, 20:05:01 pm »
 Correcto Morkeday, después de hacer una lectura más a fondo del articulo indicado,  tienes toda la razón.

                                                 Saludos



                                            Miguel Angel
Miguel Angel

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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #22 en: 15 de Julio de 2010, 20:10:53 pm »
Compañero manuelk0

La teoría está muy bien, pero la cláusula "rebus sic stantibus" que es a fin de cuentas lo que argumentas, es de aplicación principalmente al Derecho Internacional Público. En el Derecho Civil está muy matizada por la reiterada jurisprudencia del TS, para la que exige que la alteración circunstancial sea extraordinaria, imprevista e imprevisible para poder integrarla en el contrato.

SSTS 6 junio de 1959 /  28 enero de 1970 / 5 marzo de 1972 / 19 abril de 1985 / 27 junio de 1984 / 9 mayo de 1983 y demás concordantes.

Quedarse temporalmente sin trabajo no es circunstancia que reuna los requisitos de extraordinaria, imprevista e imprevisible (los tres a la vez y no solo uno), y por tanto no puede exhonerar al deudor de sus oblicaciones pecuniarias.

Pero aun haciendo un ejercicio de imaginación y suponiendo que en Tribunal admitiera dicho Principo de Derecho, este serviría únicamente para, atendidas las circunstancias particulares de cada caso concreto, llevar a efecto una modificación (no extinción o resolución) del vínculo obligacional, por defecto o alteración de la base negocial y haber sido roto el equilibrio de las prestaciones. Véase STS de 6 de noviembre de 1992.

En resumen, me reitero en la primera respuesta que di al principio de hilo.


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Desconectado botefa

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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #23 en: 16 de Julio de 2010, 00:26:20 am »
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instructiva y enriquecederoa ha sido esta exposicion , aunqe difiero en gran medida en cuanto a todo el paseo de las obligaciones. De acuerdo con la theoria de las obligaciones y por excusa del planteamiento de la praxi de los contratos. y siguiendo la linea del Profesor Lasarte, hay contrato que pueden quedar nulo por una cuestion sobrevenida, y no proyectada en el contrato. Tal situacion sobrevenida es la falta de trabajo o que se haya quedado sin trabajo como consencuencia de la crisi y con el fin de producir cargas, le comunica a la parte la desicion de resindir del contrato. Este planteamiento es viable pues el objeto del incumplimento del contrato escapa a la voluntad y vicio del sujeto, lo que hace posible que la parte contratante solo pueda quedarse con la fianza dada y a efecto practico, vale mas un mal arreglo que un buen juicio.... :)

algo así había oído yo en la tele, pero a la vista de lo que respondió moderkay y otra mucha gente parece ser que legalmente lo contratado ma a misa, aunque te quedes sin trabajo. En fin, la cuestión parece clara.
con respecto a lo que decía moderkay ("puedes alquilar un piso por un día, una semana") te puedo responder que nadie alquila el piso por un día o por una semana. Se suelen pedir un contrato de un año, o com mínimo la temporada de clases (septiembre-junio). Eso es lo que hay. Yo si fuera juez y me encontrase con un caso similar, mi lógica me diría que si esa persona quedó sin trabajo (razón por la cual se ha realizado el alquiler) no tiene ningún sentido seguir alquilando el piso por un año.
de todas formas la ley parece clara al respecto y todos los que sabeis de esto pareceis estar de acuerdo. Por lo tanto me queda claro... me queda claro que me tengo que comprar una furgoneta  :D

y a todo esto gracias moderkay por la excelente explicación que has dado. No es que no te crea ya que tú eres el que sabe de esto, es sólo que me fastidia que sea así, y cualquier cosa que diga lo contrario me vale para seguir por ahí.

saludos.

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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #24 en: 16 de Julio de 2010, 02:51:53 am »
Pues en Canarias parece estar normal: se alquila un apartamento por un año pero siempre está la clausula de desistimiento de forma unilateral con un aviso de 15 días o un mes.

Se avisa, se entrega las llaves y ya está.

Hasta los locales comerciales se abran y se cierran dentro de un par de meses - se devuelven las llaves y ya está.

Sé que en Inglaterra si alquiles algo para 5 años, y quieres dejarlo, tienes que pagar los 5 años. ¿Será por eso que tantos ingleses hacen sus negocios ahora en España?

Supongo que depende de que está la cláusula de desistimiento de forma unilateral, o no?

Con todo mi respeto a la legislación, me parece absurdo que un Juez obligara a alguien, que ha perdido su trabajo y quiere volver a casa, a continuar pagando un alquiler cuando no puede por falta de ingresos en este lugar.

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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #25 en: 16 de Julio de 2010, 03:17:01 am »
Pues por lo mismo que un padre de familia separado que pierde su trabajo y que siempre pagó la pensión alimenticia a sus hijos sin mora, resulta que deja de pagar sólo dos meses, y puede ir hasta a la cárcel, yo creo.

Y, a sensu contrario, un violador en serie el Juez de Vigilancia penitenciaria cumple la ley de reinserción, lo suelta un fin de semana, y te lia la mundial.

Si por leyes absuerdas fuera, se empieza y no se acaba la lista.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #26 en: 16 de Julio de 2010, 03:27:05 am »
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Si por leyes absuerdas fuera, se empieza y no se acaba la lista.

Púes habría que ir reconociendo y pidiendo la anulación de leyes absurdos, creo yo.  :)
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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #27 en: 16 de Julio de 2010, 03:29:57 am »
En Inglaterra podías denunciar a tu vecino (hasta hace poco aunque no sé si todavía?) por no practicar el tiro del arco cada domingo como se decretó en 1726........ y era todavía válido, por más absurdo que sea, porque nunca fue abolida la ley.
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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #28 en: 16 de Julio de 2010, 11:30:28 am »
Citar
Sé que en Inglaterra si alquiles algo para 5 años, y quieres dejarlo, tienes que pagar los 5 años. ¿Será por eso que tantos ingleses hacen sus negocios ahora en España?

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Y, a sensu contrario, un violador en serie el Juez de Vigilancia penitenciaria cumple la ley de reinserción, lo suelta un fin de semana, y te lia la mundial.

Citar
En Inglaterra podías denunciar a tu vecino (hasta hace poco aunque no sé si todavía?) por no practicar el tiro del arco cada domingo como se decretó en 1726........ y era todavía válido, por más absurdo que sea, porque nunca fue abolida la ley.


Pues mi primo en Almería tenía un oso polar que iba por las ferias, se murió el oso y ahora va con un pato, ya no es lo mismo claro

Desconectado botefa

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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #29 en: 16 de Julio de 2010, 11:40:02 am »
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Pues en Canarias parece estar normal: se alquila un apartamento por un año pero siempre está la clausula de desistimiento de forma unilateral con un aviso de 15 días o un mes.

Se avisa, se entrega las llaves y ya está.

Hasta los locales comerciales se abran y se cierran dentro de un par de meses - se devuelven las llaves y ya está.

Sé que en Inglaterra si alquiles algo para 5 años, y quieres dejarlo, tienes que pagar los 5 años. ¿Será por eso que tantos ingleses hacen sus negocios ahora en España?

Supongo que depende de que está la cláusula de desistimiento de forma unilateral, o no?

Con todo mi respeto a la legislación, me parece absurdo que un Juez obligara a alguien, que ha perdido su trabajo y quiere volver a casa, a continuar pagando un alquiler cuando no puede por falta de ingresos en este lugar.



uff, gracias, empezaba a pensar que era un bicho raro.
según has dicho la solución es la cláusula de desistimiento unilateral, el problema es que ningún propietario la acepta pensando (equivocadamente) que es más estable para ellos hacer un contrato por un año. En un caso como este yo lo tengo claro: Si tengo que buscar piso por motivos de trabajo y no me hacen la dichosa cláusula, firmo por un año (ya que no hay más remedio). Si me quedo sin trabajo, le propongo al propietario rescindir el contrato de forma unilateral ya que no tiene sentido que me obliguen a estar un año, si el propietario se niega, a los tribunales irremediablemente y si pierdo por lo menos se van a enterar lo inútiles que son los que hacen las leyes. Y si me obligan a pagarlo, pues lo pago, pero me quedo en el piso y menudas fiestas se ivan a montar.

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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #30 en: 16 de Julio de 2010, 14:03:31 pm »


Reitero: existe esta posibilidad firmando un contrato por temporada (que coincida con al fecha del contrato laboral, 3 meses, 6 meses, etc...) con posiblidad de PRORROGA.

Un saludo,

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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #31 en: 16 de Julio de 2010, 21:08:48 pm »
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Reitero: existe esta posibilidad firmando un contrato por temporada (que coincida con al fecha del contrato laboral, 3 meses, 6 meses, etc...) con posiblidad de PRORROGA.

Un saludo,

pero el contrato tendrá un período de prueba de un mes.

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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #32 en: 16 de Julio de 2010, 21:19:02 pm »
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Pues en Canarias parece estar normal: se alquila un apartamento por un año pero siempre está la clausula de desistimiento de forma unilateral con un aviso de 15 días o un mes.

Se avisa, se entrega las llaves y ya está.

Hasta los locales comerciales se abran y se cierran dentro de un par de meses - se devuelven las llaves y ya está.

Sé que en Inglaterra si alquiles algo para 5 años, y quieres dejarlo, tienes que pagar los 5 años. ¿Será por eso que tantos ingleses hacen sus negocios ahora en España?

Supongo que depende de que está la cláusula de desistimiento de forma unilateral, o no?

Con todo mi respeto a la legislación, me parece absurdo que un Juez obligara a alguien, que ha perdido su trabajo y quiere volver a casa, a continuar pagando un alquiler cuando no puede por falta de ingresos en este lugar.



Estimada no se que ley es esa pero en canaria tambien funciona la ley de arrendameinto urbano y de cosas de acuerdo con la norma general. No creo que los politicos de mi tierra , posean capacidad para regular de forma mas escueta , las resciociones de un contrato y demas cuestion :)es

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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #33 en: 17 de Julio de 2010, 01:36:08 am »
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Estimada no se que ley es esa pero en canaria tambien funciona la ley de arrendameinto urbano y de cosas de acuerdo con la norma general. No creo que los politicos de mi tierra , posean capacidad para regular de forma mas escueta , las resciociones de un contrato y demas cuestion :)es

Claro que la misma LAU es aplicable en Canarias, ni es nada política :D

Pero creo que será "costumbre" aquí aceptar un aviso por adelantado para dejar un apartamento antes de terminar la duración del contrato. Ignoro si ocurra lo mismo con locales comerciales. He traducido un montón de contrataciones y los arrendadores mismos siempre lo decían: que aunque se fija por un año (por ejemplo) no había problema dejarlo antes dando 15 días de aviso por adelante y nunca había visto problemas.

Pero también eran extranjeros los inquilinos y no sé si vale la pena contratar un abogado y demandar cuando los demandados ya no están en el país cuando sale el juicio....??

Creo que la mayoría de arrendadores prefieren tener el apartamento libre de inmediato y alquilarlo otra vez que estar involucrados durante años en un juicio que aunque lo ganan, no pueden cobrarlo y tienen el apartamento bloqueado y sin poder alquiler.
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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #34 en: 04 de Octubre de 2010, 18:08:28 pm »
otra pregunta acerca de este tema: ¿es posible que exista algun período de prueba aplicable en general a los contratos de alquiler? (igual que lo hay por obligación cuando contratas un adsl o algo de eso)

Eso salvaría el obstáculo de que si no te superan el período de prueba en el trabajo podrías dejar el piso.

Un saludo, espero que haya respuestas igual que en otras ocasiones:   ;)

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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #35 en: 07 de Octubre de 2010, 02:03:08 am »
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otra pregunta acerca de este tema: ¿es posible que exista algun período de prueba aplicable en general a los contratos de alquiler? (igual que lo hay por obligación cuando contratas un adsl o algo de eso)

No recuerdo haberlo leído, pero supongo que se podría acordar en el mismo contrato y entonces debería ser válido entre las partes, si no es prohibido por ley, ¿no?

De todas formas, lo que decía yo antes parece estar cambiando también en Canarias: había un matrimonio extranjero que se mudó de una isla a otra y firmaron un contrato en local comercial de 5 años, pensando que podrían dejarlo cuando querían para volver a esta isla (como hicieron cuando se fueron de aquí) pero el propietario del local de allá les ha dicho que tienen que cumplir con el contrato entero, y si querían dejarlo, pagar el resto de los años que quedaban del contrato firmado.
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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #36 en: 07 de Octubre de 2010, 12:32:19 pm »
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otra pregunta acerca de este tema: ¿es posible que exista algun período de prueba aplicable en general a los contratos de alquiler? (igual que lo hay por obligación cuando contratas un adsl o algo de eso)

No recuerdo haberlo leído, pero supongo que se podría acordar en el mismo contrato y entonces debería ser válido entre las partes, si no es prohibido por ley, ¿no?

De todas formas, lo que decía yo antes parece estar cambiando también en Canarias: había un matrimonio extranjero que se mudó de una isla a otra y firmaron un contrato en local comercial de 5 años, pensando que podrían dejarlo cuando querían para volver a esta isla (como hicieron cuando se fueron de aquí) pero el propietario del local de allá les ha dicho que tienen que cumplir con el contrato entero, y si querían dejarlo, pagar el resto de los años que quedaban del contrato firmado.

veo que lo de los alquileres es un asunto poco regulado, todavía sigue como antiguamente. En todos los contratos de este tipo donde alguien se compromete por un determinado tiempo suele haber un período de prueba, pero si en este caso no lo hay no hay nada que hacerle, no me voy a inventar yo la ley.

un saludo.

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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #37 en: 07 de Octubre de 2010, 23:57:48 pm »
Hola,
realmente el tema da para muchos comentarios, pero hay que tener en cuanta el condicionado de cada contrato
y lo más importante es el tipo de contrato suscrito,
os recuerdo que hay dos tipos de contrato de arriendo a)vivienda b) otros usos.
a) vivienda se pacta el periodo con un máximo normal de 5 años. Normalmente los propietarios no
quieren pactar periodos inferiores a 5 años, en estos contratos ya se suele pactar la indemnización
por desistimiento anticipado del mismo, normalmente es un mes de renta por año no finalizado y partes proporcionales.
No sirve el problema económico, pero si sirve lo normal que es el dialogo y la lógica para llegar a un acuerdo.
b) otros usos, en ellos entran los contratos de local comercial, parkings y viviendas temporales ( son las viviendas que se utilizan temporalmente reconociendo que tenemos la vivienda habitual y donde volveremos al finalizar el contrato)
En este tipo de contratos son de obligado cumplimiento pero tambien se puede pactar una indemnización.
Espero que os sirva, saludos

Desconectado garabel

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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #38 en: 14 de Octubre de 2010, 14:45:32 pm »
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Pues en Canarias parece estar normal: se alquila un apartamento por un año pero siempre está la clausula de desistimiento de forma unilateral con un aviso de 15 días o un mes.

Se avisa, se entrega las llaves y ya está.

Hasta los locales comerciales se abran y se cierran dentro de un par de meses - se devuelven las llaves y ya está.

Sé que en Inglaterra si alquiles algo para 5 años, y quieres dejarlo, tienes que pagar los 5 años. ¿Será por eso que tantos ingleses hacen sus negocios ahora en España?

Supongo que depende de que está la cláusula de desistimiento de forma unilateral, o no?

Con todo mi respeto a la legislación, me parece absurdo que un Juez obligara a alguien, que ha perdido su trabajo y quiere volver a casa, a continuar pagando un alquiler cuando no puede por falta de ingresos en este lugar.



La verdad que me ha sorprendido tu mensaje, en Canarias es normal ???? Llevo 18 años en un despacho de abogados, hacemos muchos contratos d arrendamiento además soy propietaria y jamás he visto esa cláusula, así que por favor no digas que es normal ni habitual.

Otra cuestión para rescindir el contrato por motivos económicos: declararse insolvente.
Hay que tener en cuenta que si un propietario demanda a un inquilino, que ya no vive en el piso arrendado ¿dónde le notificará la demanda de desahucio y reclamación de deudas? se supone que el inquilino no reside en esa vivienda y seguro que no habrá dejado direccion a efectos de notificaciones, así que el propietario lo tiene muy crudo, porque al ser fallidas las notificaciones tendrá que pasar mucho tiempo hasta que se publique la sentencia en el Boletín oficial, que es el documento que acredita fehacientemente que el arrendatario ha sido notificado, y después el propietario empezará a indagar si hay bienes para embargar y ejecutar la sentencia, siempre y cuando esta haya sido favorable al propietario.

Seamos realistas, los juzgados funcional mal y muy despacio y no creo que muchos propietarios estén interesados en pagar honorarios de abogado y procurador con la incertidumbre de si podrán cobrar, cuando en realidad ya habrán alquilado su piso a un nuevo inquilino.

Sí, que la ley ampara al propietario pero no sirve de nada, los propietarios somos prácticos en su mayoría, queremos alquilar y cobrar no quebraderos de cabeza con el mal funcionamiento de los juzgados.

Reitero: declararse insolvente es una buena opción, y después esperar a ver si notifican demanda de impago de rentas, eso sí, devolver las llaves fehacientemente, acreditanto el propietario la recepción de las mismas.

Suerte ;)

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Re: se puede rescindir contrato alquiler en caso de dejar de tener medios económicos
« Respuesta #39 en: 14 de Octubre de 2010, 17:04:02 pm »
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La verdad que me ha sorprendido tu mensaje, en Canarias es normal ? Llevo 18 años en un despacho de abogados, hacemos muchos contratos d arrendamiento además soy propietaria y jamás he visto esa cláusula, así que por favor no digas que es normal ni habitual.

Si, ya puse más adelante que parece haber cambiado!
Cuando venía aquí hace bastantes años como Traductora vi muchos contratos así, y de hecho dejaron el local/apto antes del plazo sin problemas entregándo la llave (siendo extranjeros probablemente no era rentable denunciar). Sin embargo, eso no significa que "era normal ni habitual en Canarias" en general, y menos en las ciudades supongo.
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