Eso es lo que dije, que creo que es Compuesto... "Sin embargo, en el punto de Estado Unitario y Compuestos sí puede aplicarse lo de Compuestos, con lo que creo que fallé esa pregunta..."
El estudio del libro del Estado De Derecho y Democracia de Partidos (Pag. 333 . Punto 9. Estado Federal y Estado Regional. Textualmente, "no siendo otra cosa que un Estado Unitario Descentralizado, aunque con descentralización política en vez de meramente administrativa...") y la aplicación de la referencia de la Constitución de 1931 me hizo dudar. Pero reitero que aplicará lo de Compuesto.
Me hizo fallar la referencia también al Estado Unitario con un sólo Ordenamiento Jurídico y una sóla Constitución como característica básica del Estado Unitario, pero bueno, está "aclarado" (ya que más o menos dice lo mismo que antes pero tachándolo de Unitario Descentralizado) en la pág 321 sobre el punto 1. Estado Unitario y Estado Compuesto con lo de que es compuesto si las regiones o comunidades puedan crear órganos políticos y no solamente administrativos.