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Autor Tema: Degradación moral  (Leído 13757 veces)

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Re: Degradación moral
« Respuesta #40 en: 08 de Octubre de 2010, 16:44:20 pm »
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La idea de "matar a un republicano" no es comparable, porque no hablamos de "matar a un católico".  Efectivamente, las obras que puedan incitar a la violencia por razón de ideología, sexo o raza me parecerían fascistoides y altamente peligrosas.


Juas, ¡qué curioso! no incluyes la religión... y si te parece desarfortunada la comparación, pues pon a un dirigente socialista, que viene a ser parte de los republicanos, igual que un cura es parte de los católicos.
De cualquier forma, discrepo de que la comparación no sea acertada: los sacerdotes representan a Cristo.

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La otra, pues qué quieres que te diga. El catolicismo colaboró con la dictadura de Franco, la religión era obligatoria en las escuelas, yo la sufrí, y  todavía hay que darla ("optativamente" en Bachilerato, menuda risa, si no es enseñanza obligatoria, pero allí está, y con  el beneplácito de la Iglesia, claro), y la Iglesia ha hecho barbaridades a lo largo de los siglos, pero, cómo se va a arrepentir de ello, si es una contradictio in terminis dada la infalibilidad del Papa.

Todo esto es muy discutible y no voy a entrar porque de ninguna manera justificaría la bajeza moral de la obra. Aparte de enredarnos en una discusión que nos apartaría del tema.
Ah, infórmate bien antes de hablar de un tema que no conoces, como la infalibilidad papal.
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Así que, mira, de degradación moral nada. Quien muestra una enorme degradación moral es quien pretende imponer sus ideas, se opone a la educación sexual en las escuelas porque considera que es un secreto de Estado, o se opone al divorico en algunos países, mismamente Irlanda.
¿Te impone la Iglesia sus ideas? Actualmente en España el único que intenta imponer sus ideas es el partido socialista, como debes saber. Pero, claro, son de los tuyos y no te importa.
¿Que se opone a que en las escuelas se fomente el sexo a tutiplén? Estaría bueno; yo no se tú, pero la sexualidad es un tema que quiero enseñar yo a mis hijos. La formación moral, ¿tan duro te parece que ejerzamos este derecho constitucional? Antes de hablar de lo que dice la Iglesia, infórmate. Pero hazlo en las fuentes: la Iglesia se opone al divorcio siempre, no en Irlanda. Te lo digo para no llamar a confusión al que pueda leerte.

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No sé si lo conté alguna vez. Hace años fue a visitar el Vaticano y, en la cola, delante de mí, había unos argentinos, paredes, hija de unos doce años, hijo de uno 17. El tipejo que controlaba la cola, camisa blanca de manga larga en pleno verano, muy bien peinado, limpísimo, pretendía que la niña no podía pasar porque su falda no llegaba a las rodillas. Intentó sugerir que le estirarán la falda para abajo, él mismo estiraba, lo cual era por supuesto bastante peor. Bueno. Yo horrorizado.

Sólo una mente pervertida (y perversa) puede pensar que una niña de 12 años es fuente de "deseos impuros", en fin, qué gente más extraña tenéis allí dentro.

Cosas del protocolo. No pretendo que lo comprendas si no eres católico. Pero detrás de esa regla no se oculta perversión alguna. Yo mismo tuve que comprarme un pantalón largo.
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El arte es el arte, déjalo estar. En cuanto a la degradación moral, sí, hay mucha. Pero no es el caso de la obra que comentas. Sólo quiere provocar, no incitar a matar a ningún cura.
Eso no es arte. Eso es bajeza moral.

Saludos.

F E nbspnbsp  nbspnbsp nbspnbsp Y nbspnbsp  nbspnbsp  nbspnbsp R A Z Ó N

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Re: Degradación moral
« Respuesta #41 en: 08 de Octubre de 2010, 18:29:03 pm »
Otro "artista" en la palestra:

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Re: Degradación moral
« Respuesta #42 en: 08 de Octubre de 2010, 19:04:04 pm »


A mí de verdad es que no me entra en la cabeza que alguien pueda decir que exista “degradación moral” porque unos artistas expongan sus ideas a través de sus obras. Me gustaría saber cómo pretenderían dichos sujetos evitar esa “degradación moral”. Como no fuera a través de censura, ya que no sé de qué otro modo pretenderían acallar las voces. ¿No se dan cuenta que el mismo derecho que tienen los artistas a expresarse, es el que ellos utilizan al manifestarse en contra?

Total: que cada cual exponga su visión del mundo. Si eso es “degradación moral” que venga Dios y lo vea…

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Desconectado palangana

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Re: Degradación moral
« Respuesta #43 en: 08 de Octubre de 2010, 19:15:25 pm »
Y a todo esto ¿ de qué moral estamos hablando?

Igual, no sé, nos parecerá de más o menor gusto, pero la cuestión es que libertad de expresión es un derecho fundamental con rango constituconal.

Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

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Re: Degradación moral
« Respuesta #44 en: 08 de Octubre de 2010, 19:18:19 pm »
PALANGANA:
1º No es ilimitado.
2º He hablado de degradación moral, no he pedido que los maten, ni siquiera que prohiban la pseudo-obra.
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Re: Degradación moral
« Respuesta #45 en: 08 de Octubre de 2010, 19:21:10 pm »
Aunque si expusiera cuarenta y dos formas de matar a pseudo artistas estaría en mi derecho constitucional, ¿no?
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Re: Degradación moral
« Respuesta #46 en: 08 de Octubre de 2010, 19:24:59 pm »
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Aunque si expusiera cuarenta y dos formas de matar a pseudo artistas estaría en mi derecho constitucional, ¿no?
  Si.

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Re: Degradación moral
« Respuesta #47 en: 08 de Octubre de 2010, 19:27:32 pm »
A lo largo de nuestros 30a de democracia yparte de constitucionalismo mas extraño que padecemos, siempre ha existido un dilema en cuanto a dos derechos que protegue la CE y por lo tanto son fundamentales. El derecho a la libertad de expresion y el derecho a la intimidad y sus limites de expresion en otros ambitos. Pasemos a un ejemplo: Yo no  me puedo amparar el la libertad de expresion para expresar opiniones en un medio sobre un colectivo deteminado, como suele ser comun el de los gay, gitano ect. Pues aunque la doctrina es algo difusa en cuanto a la libertad de expresion, esta no hace falta ser sujeto del TS para entender que debe de fundamentarse en los principios basicos del derecho natural y de la morala reinante. El hecho de que no me gusten tales colectivo )cuidado que es un ejemplo) nO me apara el derecho de expresion a estimatizar mas a estos colectivos con mis expresiones. Es por ej la libertad de catedra o tambien la libertad de los politicos de decir las cosas. El TC y el TS llevan mantienendo la doctrina que las cosas deben de analizarse y por lo tanto juzgarse en el contexto de su expresion, sin buscar mas recobo, que aquello que el ordenamiento juridico determine. El resto es pajas mentales
En cuanto a como matar un cura o lo que sea. Todos sabemos que para hacerse notar es suficiente menterse con la Institucion eclesiastica por lo tanto no vale la pena ni valorar el contenido. Lo que se pued ehacer es escribir un manual de como quitarse a un jodido catalan del medio cuando te este dando la tabarra. -del medio significa en mi tierra como mandarlo a tomar por el culo-- Es que al ritmo que vamos tenemos que aclarar todos los concepto.

                                                                    un saludo  y tambien al estimado Palangana

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Re: Degradación moral
« Respuesta #48 en: 09 de Octubre de 2010, 08:39:30 am »
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PALANGANA:
1º No es ilimitado.
2º He hablado de degradación moral, no he pedido que los maten, ni siquiera que prohiban la pseudo-obra.

Ya, pero ¿los límites quién los pone y según qué moral? (es que tu moral puede ser católica y la mía ser una moral satánica, por decir algo). Los límites al ejercicio de los derechos sólo los puede poner el Derecho. En todo caso, yo te recomiendo que lo denuncies a ver si tienes éxito. Te pongo un ejemplo: a mí no me gustó la campaña de los sindicatos del Ciquicuatre, me pareció de mal gusto, y qué, así decidieron expresarse.

Un saludo.
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Re: Degradación moral
« Respuesta #49 en: 09 de Octubre de 2010, 08:51:38 am »
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Aunque si expusiera cuarenta y dos formas de matar a pseudo artistas estaría en mi derecho constitucional, ¿no?
  Si.


NO. Sería contradictorio porque "la vida es indisponible en todo caso", luego no cabe que nos haga el compañero depeage una apología de las distintas formas de matar.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

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Re: Degradación moral
« Respuesta #50 en: 09 de Octubre de 2010, 09:44:22 am »
Vaya manera de posicionarse, cada uno con sus ideas preconcebidas y es un absurdo porque todos sabemos que los curas son inmortales

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Re: Degradación moral
« Respuesta #51 en: 09 de Octubre de 2010, 10:13:28 am »
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Aunque si expusiera cuarenta y dos formas de matar a pseudo artistas estaría en mi derecho constitucional, ¿no?
  Si.


NO. Sería contradictorio porque "la vida es indisponible en todo caso", luego no cabe que nos haga el compañero depeage una apología de las distintas formas de matar.
Sí, no estamos hablando de coherencia, era una pregunta bien sencilla: lo habrás pasado muy mal con los test de mercantil II, ya que en este caso era hasta más fácil.
¿estaría en mi derecho constitucional? sí.
¿sería una miseria moral? también.

Saludos.
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Re: Degradación moral
« Respuesta #52 en: 09 de Octubre de 2010, 10:17:05 am »
Da asco ver cómo el relativismo moral os tiene ciegos perdidos. Sólo os repugnaría esta obra si tocara un tema tabu-progre... y esto porque sois incapaces de reconocer que moralmente es basura. Pero es que vuestra moral es de, digamos, "autor"; un mismo hecho será bueno o malo en función de quién lo haga.

Saludos.
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Re: Degradación moral
« Respuesta #53 en: 09 de Octubre de 2010, 12:56:56 pm »
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Aunque si expusiera cuarenta y dos formas de matar a pseudo artistas estaría en mi derecho constitucional, ¿no?
  Si.


NO. Sería contradictorio porque "la vida es indisponible en todo caso", luego no cabe que nos haga el compañero depeage una apología de las distintas formas de matar.
Sí, no estamos hablando de coherencia, era una pregunta bien sencilla: lo habrás pasado muy mal con los test de mercantil II, ya que en este caso era hasta más fácil.
¿estaría en mi derecho constitucional? sí.
¿sería una miseria moral? también.

Saludos.


No tan mal como en los de Mercantil I, que lo pasé bastante peor.
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Re: Degradación moral
« Respuesta #54 en: 09 de Octubre de 2010, 13:46:52 pm »
Pues esto también es una apología del crimen, Palangana.

Sean 42 formas de matar a pseudoartistas o a curas, a menos que la vida de los curas valga menos que la de los pseudoartistas.
La madurez, el talento y la sabiduría no tienen ni edad, ni sexo, ni jerarquía.

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Re: Degradación moral
« Respuesta #55 en: 09 de Octubre de 2010, 13:53:29 pm »
En todo caso, vamos a ver: incitar al crimen no es en modo alguno nada que tenga que ver con la libertad de expresión.

Y es algo infinitamente más grave que llamar "guarra" a quien lo es.

Y no sólo eso, sino que además la crítica ácida de periodistas contra politicastros está cubierta por la libertad de expresión y la incitación al asesinato, no.

En el primer caso, ya dice el Supremo que, identificar ERC con Terra Lliure está cubierto por el derecho a la libertad de expresión, de modo que el que puede eso (ver la sentencia de Federico) puede lo menos, como es el caso de llamar guarra a quien lo es. Se puede llamar terroristas a los políticos, que es grave, luego se les puede llamar guarros, que es infinitamente más leve.
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Re: Degradación moral
« Respuesta #56 en: 09 de Octubre de 2010, 14:02:58 pm »
Pero es evidente que defender el derecho a incitar al crimen, es propio de defensores del terrorismo.
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Re: Degradación moral
« Respuesta #57 en: 09 de Octubre de 2010, 14:15:24 pm »
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A lo largo de nuestros 30a de democracia yparte de constitucionalismo mas extraño que padecemos, siempre ha existido un dilema en cuanto a dos derechos que protegue la CE y por lo tanto son fundamentales. El derecho a la libertad de expresion y el derecho a la intimidad y sus limites de expresion en otros ambitos. Pasemos a un ejemplo: Yo no  me puedo amparar el la libertad de expresion para expresar opiniones en un medio sobre un colectivo deteminado, como suele ser comun el de los gay, gitano ect. Pues aunque la doctrina es algo difusa en cuanto a la libertad de expresion, esta no hace falta ser sujeto del TS para entender que debe de fundamentarse en los principios basicos del derecho natural y de la morala reinante. El hecho de que no me gusten tales colectivo )cuidado que es un ejemplo) nO me apara el derecho de expresion a estimatizar mas a estos colectivos con mis expresiones. Es por ej la libertad de catedra o tambien la libertad de los politicos de decir las cosas. El TC y el TS llevan mantienendo la doctrina que las cosas deben de analizarse y por lo tanto juzgarse en el contexto de su expresion, sin buscar mas recobo, que aquello que el ordenamiento juridico determine. El resto es pajas mentales
En cuanto a como matar un cura o lo que sea. Todos sabemos que para hacerse notar es suficiente menterse con la Institucion eclesiastica por lo tanto no vale la pena ni valorar el contenido. Lo que se pued ehacer es escribir un manual de como quitarse a un jodido catalan del medio cuando te este dando la tabarra. -del medio significa en mi tierra como mandarlo a tomar por el culo-- Es que al ritmo que vamos tenemos que aclarar todos los concepto.

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Repito por enésima vez, el derecho del periodista político a la libertad de expresión es prácticamente ilimitado. Se puede lo más: decir que ERC son proterroristas (ciertamente lo son, pero el Supremo no entró a comprobar si aquello tenía o no suficientes pruebas), luego se puede lo menos: criticar los excesos del lobby gay. Aparte el reportaje no incluye término injurioso, ni dice nada que sea mentira, sencillamente opina. Pero aun cuando fuera injurioso, la sentencia de Federico dice que los excesos están permitidos en el periodismo político, precisamente por lo apasionado del tema. Que no leéis jurisprudencia sobre derechos fundamentales y sin embargo os atrevéis a opinar sobre el tema.
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Re: Degradación moral
« Respuesta #58 en: 09 de Octubre de 2010, 14:26:28 pm »
Citar
"SEGUNDO .- Interpone recurso de Casación la parte demandada articulando su recurso en un único motivo: Infracción del articulo 18.1 de la Constitución Española, que garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen en relación con el articulo 20.1 a) y d) de la Constitución que reconoce el derecho fundamental a la libertad de expresión, de opinión y de comunicación y de la jurisprudencia que interpreta ambos preceptos.

El recurso debe ser estimado.

No nos encontramos ante un supuesto de colisión de derechos, sino que el ejercicio de los proclamados en el artículo 20 de la Constitución Española no han rebasado el límite que impone esta norma, en su apartado 4 y no han atentado al derecho al honor que proclama el artículo 18, siempre de la Constitución Española y que viene desarrollado en la Ley Orgánica 1/1982, 5 de mayo , de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, que lo define en el artículo 7.7 (redactado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre , del Código penal, disposición final cuarta ). Declaran las sentencias de fecha 17 de febrero de 2009, y 16 de julio del mismo año, que reiteran una doctrina que viene desde la de 2 de marzo de 1989 , el honor tiene un sentido subjetivo y un sentido objetivo; el primero es el sentimiento de la propia persona en su consideración personal, la inmanencia representado por la estimación que cada persona hace de sí mismo y el segundo es la trascendencia o exteriorización, representado por la estima que los demás hacen de nuestra dignidad.

En el caso de autos, imputar a una entidad o persona la condición de pertenencia o relación con grupo terrorista es objetivamente un ataque al honor, pero desde un punto de vista subjetivo la determinación no es tan clara y tajante, sino que procede efectuar un juicio ponderado de las circunstancias concurrentes en el caso en relación con el contexto social en que sucedieron los hechos.

La libertad de expresión, reconocida en el articulo 20 de la Constitución Española, tiene un campo de acción mas amplio que la libertad de información (Sentencia 104/1986 de 17 de julio y 139/2007 de 4 de junio ), porque alude a la emisión de juicios personales y subjetivos, creencias, pensamientos y opiniones, que comprende también la crítica de la conducta de otro, aún cuando sea desabrida y pueda molestar, inquietar o disgustar a aquel contra quien se dirige, situándose únicamente fuera del campo de protección las frases y expresiones ultrajantes u ofensivas sin relación con las ideas u opiniones que se expongan y por tanto innecesarias al propósito fijado, dado que el articulo 20.1a ) de la Constitución Española, no reconoce el derecho al insulto incompatible con la norma fundamental , si bien en supuestos de colisión de derechos fundamentales, es preciso alejarse de una concepción abstracta del lenguaje ( estrictamente semántica o sintáctica) en beneficio de una concepción pragmática, según la cual el lenguaje, como actividad humana de orden práctico, debe considerarse en relación a su contexto, amparando en la libertad de expresión aquellas alegaciones, que aisladamente ofensivas al ser puestas en relación con la información que se pretende comunicar o con la situación política o social en que tiene lugar la crítica, experimentan una disminución de su significación ofensiva - aunque pueden no ser plenamente justificables- ya que así lo impone el interés público implicado en cada situación determinada, y también los usos sociales a los que se remite el articulo 2.1 de la citada Ley Orgánica de 5 de mayo de 1982. Esta Sala, refuerza la prevalencia de la libertad de expresión respecto del derecho al honor en contextos de contienda política - Sentencia de 19 de febrero de 1992, 26 de febrero de 1992, 29 de diciembre de 1995, 20 de octubre de 1999, 12 de febrero de 2003,27 de febrero de 2003, 6 de junio de 2003, 8 de julio de 2004, 8 de septiembre de2008 , pues lo requieren el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, sin los cuales no existe sociedad democrática.

Circunstancias relatadas son aplicables al caso de autos, las expresiones que resalta la demanda están en estrecha relación con los hechos denunciados , los cuales son de notorio interés general , llevado a cabo por personajes políticos y por tanto públicos , sobre cuya base procede el locutor demandado a fomentar la crítica en orden a la política antiterrorista del Gobierno y el hecho ya noticiado de su pasividad ante la posible reunión entre miembros de grupo terrorista e integrantes del partido político demandante, todo ello desde un marco de crítica política que si bien puede definirse como muy negativa, sin embargo no denota un carácter insultante, vejatorio o difamatorio teniendo en cuenta el encuadre social, político y de función pública en el que se efectúan.

Circunstancias que hacen que proceda la estimación del motivo único y esta Sala estimando la instancia, hace suya la sentencia de primera instancia desestimatoria de la demanda, sin imposición de costas de conformidad al artículo 398.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil ."

STS Referida al caso de Federico, cuando llamó "amigos de ETA" a ERC.

Una STS que viene a configurar, en justa aplicación del principio de igualdad ante la ley, una especie de prerrogativa de inviolabilidad en el caso del periodismo de crítica política. Pues si son inviolables los parlamentarios por sus opiniones en el ejercicio de sus funciones, como lógica contraprestación, también los periodistas que opinan de nuestros representantes, deben ser igualmente inviolables. Y esa prerrogativa debe extenderse a toda la crítica política de los periodistas, pues el teatro político va mucho más allá de lo que dicen los representantes en las Cortes o asambleas similares.
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Re: Degradación moral
« Respuesta #59 en: 09 de Octubre de 2010, 14:38:15 pm »
Que a estas alturas me venga intereconomía o el Federico a dar lecciones de moral es que es de chiste pero de los malos. Patético. Dan arcadas.
"quotquotLA EDUCACIÓN NO ES UN GASTO. ES UNA INVERSIÓN"quotquot