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Autor Tema: Duda letra de cambio  (Leído 20502 veces)

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Desconectado Locke123

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Duda letra de cambio
« en: 23 de Octubre de 2010, 13:21:40 pm »
Si el librador es quien emite la letra de cambio, quien la emite? el deudor o el acreedor?
Si el librador es el acreedor (que no se si lo es), se debe rellenar tambien la ficha del tomador? siempre aparece el tomador en la letra??


Desconectado pfbl

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Re: Duda letra de cambio
« Respuesta #1 en: 23 de Octubre de 2010, 17:20:07 pm »
Hola Locke,

A ver si yo me acuerdo cómo iba esto, que ya hace un par de cursos que estudié el Mercantil. Intentaré esforzarme, no vaya a ser que me lo suspendan después de todo... ja,ja.

Normalmente, intervienen básicamente tres personas: librador, librado y tomador. En la letra de cambio se presupone la existencia de dos relaciones entre estas personas:

- Una primera en la que el librador es acreedor del librado por el mismo importe o superior que el importe de la letra.

- Otra relación posterior en la que el librador es deudor del tomador.

Entonces el librador (que es la persona que emite la letra) acuerda con el librado (persona contra la que se dirige la letra, la de tiene que pagar) que éste pague al tomador (el que se beneficia de la letra, del pago). Es decir... el librador manda al librado que en vez de pagarle a él la cantidad que le debe (relación primera entre ellos), le pague al tomador y de esa forma extinguir la dueda que él, librador, tiene con el tomador (relación segunda).

Es muy sencillo, pero no sé si me explico bien... que yo me complico mucho para hablar!  :D
Te pongo un ejemplo sencillo para que entiendas la relación entre toda esta gente que participa en la letra.

Tú amigo Cayo te debe 100€. Y a su vez, tú le debes otros 100€ a Sempronio. (nombres bonitos, bonitos! así recordamos Romano..  ;D).
Pues tú, le dices a Cayo que los 100€ que te debe se los pague a Sempronio (que es al que tú le debes). De esta forma se agotan las relaciones existentes entre vosotros, tu deuda con Sempronio queda saldada y tu crédito con Cayo también.

En este caso las cantidades debidas eran iguales, si son mayores o menores, la relación creditica se extenguiría sólo parcialmente, hasta donde llegue. Supón que tú debes 100€ y a ti te deben 50€, luego si haces lo anterior, tú seguirás siendo deudor de 50€. ¿Bien, no?
Ni qué decir que en este sencillo ejemplo, tú serías el LIBRADOR, emitirías la letra contra Cayo (LIBRADO) y el beneficiado sería Sempronio (TOMADOR).


Lo anterior es el esquema "normal" de la letra, pero luego hay otros supuestos en los que en una misma persona se reunen dos de estas condiciones, de forma que en la letra sólo intervendrían dos personas, son estos dos casos:

- Librador-librado y tomador: en este caso el papel de librador y de librado lo desempeña UNA MISMA PERSONA, el librador se hace destinatario de su propia letra. Es decir, él emite la letra y se la dirige contra él mismo, es él mismo el que debe pagar al tomador. Se llaman "letras al propio cargo".

- Librador-tomador y librado: aquí coindicen en la misma persona el librador y el tomador, el librador se hace destinatario de la orden de pago. Emite la letra con el fin de que se le pague a él mismo. Se llaman "letras a la propia orden".


Por último, decir que con la emisión de la letra, pura y dura, sólomente adquiere responsabilidad el LIBRADOR, el que la emite, responsabilidad frente al tomador de que la letra será atendida a su vencimiento por el librado.
Por su parte, el Librado SÓLO asume responsabilidad si ACEPTA LA LETRA (se compromete a pagar al tomador), llamándose en estos casos librado-aceptante o aceptante a secas.
En cuanto al Tomador, adquiere responsabidad cuando a su vez pase la letra a otra persona a través del ENDOSO.


Nada, ya no me enrollo más! Espero no haber metido la pata gravemente y, al menos, haberte aclarado un poco tus dudas a ti y a todo el que lo necesite. Si tienes alguna pregunta más y te puedo ayudar... por aquí estaré.

Un abrazo!!  :)
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Desconectado juanga

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Re: Duda letra de cambio
« Respuesta #2 en: 23 de Octubre de 2010, 23:42:33 pm »
Magnifica disquisición la anteriormente expuesta por el compañero licenciado, me parece muy bien planteada y que saca de dudas.
 E

Desconectado Locke123

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Re: Duda letra de cambio
« Respuesta #3 en: 24 de Octubre de 2010, 15:03:06 pm »
Entonces, en el caso de que solo haya dos personas, y A le debe 200 a B.... B es el acreedor, es por tanto el librador y emite la letra de cambio.A es el librado, el deudor.

Entonces en este caso el tomador es B?? debe ponerse en la letra el tomador al ser tambien el librado?
Puede emitir la letra de cambio el deudor?? quien posee fisicamente la letra? el librador o el tomador?

Desconectado willagar

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Re: Duda letra de cambio
« Respuesta #4 en: 24 de Octubre de 2010, 15:14:05 pm »
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Entonces, en el caso de que solo haya dos personas, y A le debe 200 a B.... B es el acreedor, es por tanto el librador y emite la letra de cambio.A es el librado, el deudor.

Entonces en este caso el tomador es B?? debe ponerse en la letra el tomador al ser tambien el librado?
Puede emitir la letra de cambio el deudor?? quien posee fisicamente la letra? el librador o el tomador?
Si no se señala otra persona, se ha de entender que librador y tomador coinciden (libradas a la propia orden), aunque no suele ser lo normal pues el librador suele proceder a llevar a cabo la "negociación de efectos comerciales" con su entidad bancaria, convirtiendo a ésta en tomador de dicho efecto. Esta acción se realiza cuando el librador no quiere esperar a que transcurra el plazo por el cual la letra a sido librada y desea que se le adelante el importe (aunque tiene un coste, claro, en forma de intereses y comisiones).

El tenedor de la letra (la persona que la tendrá y la presentará al pago al librado) variará según la situación. Lo normal es que fuese el librador-tomador, pero si la entrego en negociación o en pago de una deuda, no será así. Si al mismo tiempo el tomador la endosa, el tenedor será el nuevo endosatario.

Desconectado willagar

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Re: Duda letra de cambio
« Respuesta #5 en: 24 de Octubre de 2010, 15:17:17 pm »
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Entonces, en el caso de que solo haya dos personas, y A le debe 200 a B.... B es el acreedor, es por tanto el librador y emite la letra de cambio.A es el librado, el deudor.

Entonces en este caso el tomador es B?? debe ponerse en la letra el tomador al ser tambien el librado?
Puede emitir la letra de cambio el deudor?? quien posee fisicamente la letra? el librador o el tomador?
Por cierto, es muy frecuente que en negociación privada se acuerde que el deudor compre el documento y lo cubra (aunque no debería ser lo normal) para que sea este el que, al comprar el documento, pague el timbre del mismo (que es una pasta según el valor de la deuda). Es decir, pague el Impuesto de TAJD. No debería ser tan frecuente, pero....

Desconectado Locke123

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Re: Duda letra de cambio
« Respuesta #6 en: 24 de Octubre de 2010, 19:18:54 pm »
Mas o menos lo voy pillando.
Pero que pasa si,por ejemplo, de una compraventa, se emite una letra.
Pero luego aparece un tercero, se le endosa a este la letra, se le transmite porque el librador, le debe dinero. Donde iria el nombre de este nuevo tenedor?? en el anverso, o en el reverso (en el centro junto a la parte del avalista)????

Desconectado pfbl

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Re: Duda letra de cambio
« Respuesta #7 en: 24 de Octubre de 2010, 19:56:19 pm »
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Mas o menos lo voy pillando.
Pero que pasa si,por ejemplo, de una compraventa, se emite una letra.
Pero luego aparece un tercero, se le endosa a este la letra, se le transmite porque el librador, le debe dinero. Donde iria el nombre de este nuevo tenedor?? en el anverso, o en el reverso (en el centro junto a la parte del avalista)????

El nuevo tenedor sería el Endosatario. El endoso se realiza mediante la fórmula: "páguese a la orden de" seguido del nombre del endosatario, la fecha y la firma del endosante. Y va en el reverso de la letra. Te cuelgo unas imágenes que he encontrado en internet.

ANVERSO DE LA LETRA:


Puedes ver en qué parte va cada cosa: el lugar, el importe, el vencimiento, la fecha de libramiento, el librador, el librado, la aceptación, las cláusulas... etc.

REVERSO DE LA LETRA:


Aquí como ves va el aval y, a su lado, el endoso.

Ánimo que es fácil y cuando la entiendes hasta te gusta y todo!!  :)



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Magnifica disquisición la anteriormente expuesta por el compañero licenciado, me parece muy bien planteada y que saca de dudas.
 E

¡¡Muchas gracias Juanga!! no sabía que lo había hecho tan bien, me alegra mucho que te haya gustado... ja,ja.

Un abrazo compañero licenciado!  ;)
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Desconectado leidax

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Re: Duda letra de cambio
« Respuesta #8 en: 24 de Octubre de 2010, 19:57:44 pm »

Os dejo enlace interesante sobre la letra de cambio.

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Saludos



Desconectado Marcelino

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Re: Duda letra de cambio
« Respuesta #9 en: 24 de Octubre de 2010, 20:02:15 pm »
En el siguiente enlace hay una descripción gráfica de como rellenar la letra de cambio, es decir donde va cada cosa:
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Y en general, en el siguiente enlace están muy bien explicadas, desde el punto de vista práctico, los diversas vicisitudes de la letra:
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Espero sean de utilidad.

Un Saludo ;)

N.B.: Vaya estábamos leidax y yo pensando en lo mismo.
« Salvo criterio mejor fundado en derecho »

Desconectado Locke123

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Re: Duda letra de cambio
« Respuesta #10 en: 24 de Octubre de 2010, 20:21:36 pm »
Todo entendido, gracias a todos  :)