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Autor Tema: Duda orden de alejamiento  (Leído 44255 veces)

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Desconectado jbr

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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #20 en: 06 de Noviembre de 2010, 11:27:19 am »
Amigo DROP:

  Ya veo que mi opinión es contraria a todos los pesos pesados, jajaja. Pero que conste que no es total la discrepancia.

  Vamos a los datos objetivos:

   1. Un hombre, con una orden de alejamiento de una persona concreta, está en un lugar público, un bar.  Tendríamos que ver qué es lo que dice exactamente la orden del juez.

   2. No entramos a valorar si tiene la orden de alejamiento por decirle fea o por intentar matarla y ha estado en coma 15 años o porque la mujer consiguió engañar al juez, eso sería otro debate. Tiene un sanción, cautelar o sentencia firme sobre el derecho de libre circulación que tenemos todas las personas. El sancionado es él, no la víctima, porque si en lugar de decidir el juez una orden de alejamiento ordena su ingreso en prisión, a ver quien tiene que cumplirla, ¿él o ella?

   3. Ella tiene sus derechos plenos, su libertad de circulación por todo el país y puede decidir entrar en los lugares públicos que crea conveniente. Ella no está condenada ni tiene ninguna imposición cautelar. Por lo tanto es libre de ir donde quiera, el sancionado no.

   4. Si ella entra en el bar, se sienta y al cabo de un rato se da cuenta de que está allí el que tiene orden de alejamiento, llama a la policía y no comete ningún delito.

   5. ¿comete delito el que está en el bar?, dependerá de la orden lo que ponga, porque como diga que no puede estar a menos de 100 metros, si pone que no se puede comunicar con ella y él la ha mirado, incumple condena. Etc.

   6. Ahora bien, si las investigaciones dan por hecho que ha habido provocación, que ha sido el mujer la que ha ido provocando esa situación, etc, será él el que tendrá que accionar contra ella, por denuncia falsa o lo que quiera pero él tendrá que demostrar ante el juez que no ha quebrantado la orden,  porque en principio está claro, está a menos de 100 metros, sí, pues en principio ha quebrantado la orden.

   Resumiendo a la pregunta inicial, ¿Ha cometido delito él por quebrantamiento de condena?, tal como se relata los hechos parece que no, pero puede ser que sí, pues él tiene el deber de no estar a menos de 100 m de esta persona.

   Como he dicho, he estado leyendo sobre este asunto por varios motivos, y no hay unanimidad sobre ello, así que aunque sea en posición minoritaria (más bien única por lo que veo en este foro) sigo pensando que el que tiene que tener cuidado con ir a los lugares es el condenado. Pero vamos que no tendría ningún inconveniente en defender la postura contraria llegado el caso  y también tendría argumentos para ello.

   Saludos cordiales,

    jbr

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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #21 en: 06 de Noviembre de 2010, 12:59:03 pm »
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  Tendrá que convencer al juez, llegado el caso, de que él no a quebrantado su mandamiento, que no ha habido intención.

  Saludos,

  jbr


Amigo Jbr, esto se me ha había pasado, y es bastante gordo. Es justo al revés, al estar en un proceso penal, será el Fiscal y todo aquél que ostente en el proceso condición de parte acusadora quien tendrá que demostrar que concurren todos y cada uno de los elementos del tipo que se imputa y demostrar la culpabilidad y, en caso de duda, rige el principio in dubio pro reo. Indica el TC que exclusivamente sobre partes acusadoras recae la carga de la prueba y nadie puede ser condenado sin una mínima prueba de cargo.

Y vamos, que el hombre pare de forma habitual en un determinado lugar y que ya estuviese allí, siendo la mujer la que fue al lugar, a ver cómo se condena con esos hechos  :-\ :-\

Un saludo.
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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #22 en: 06 de Noviembre de 2010, 13:15:09 pm »
Amigo palangana:

  Entiendo cual es el principio penal in dubio pro reo. Ya te digo que hay muchas opiniones sobre este asunto, no tienes más que buscar sentencias y jurisprudencia e informes para ver que no hay unanimidad.

  Pero resulta que hay una orden de no acercamiento a 100 m. Esa es la sentencia que tiene que cumplir (este sería el delito, quebrantamiento de condena) y llega la policía y está a menos de 100 ms. Por lo que en principio hay incumplimiento de la orden del juez. Será la acusación quien tendrá que demostrar que se encuentra a menos de 100 ms. pero no más. ¿La policia llega, comprueba, está a menos de 100 ms? SÍ. Incumplimiento de condena en principio. Ejemplo: La policía llega a la casa, la mujer está muerta y el hombre con un cuchillo en la mano. En principio tiene toda la pinta que ha cometido un delito, otra cosa es lo que dictamine SSª tras las instrucción y demás. A Esto es a lo que me refiero. En caso de duda, beneficio para reo, pero si está en el lugar de los hechos y los indicios son de que ha cometido un crimen...., aunque tenga testigos que diga, no, no, él no ha sido, ha sido la mujer la que lo ha intentado matar...., ¿cómo tiene que actuar la policía?.

  Ahora bien, será el acusado el que tendrá que demostrar que no ha existido intensión, etc, es igual que tendrá que demostrar el acusado que ha habido “Defensa propia” para que se le aplique la eximente, vamos, digo yo. 

   Es como el condenado a prisión y en un momento dado está tomando un café en un bar, la policía tiene una orden de que él debe estar en prisión. En principio ese tío se  ha escapado de la prisión, otra cosa es que demuestre que está en libertad por cualquier motivo que lo justifique.

  Es un interesante debate, el quick de la cuestión está en ponerse en una posición u otra... aunque ya digo, que puede que esté equivocado, puede que lo vea de forma errónea.

   Saludos cordiales,

   jbr
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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #23 en: 06 de Noviembre de 2010, 18:05:53 pm »
Hola de nuevo JBR, no estás equivocado pues te estás basando en la ley( sentencias, articulados, lo que dice la jusprudencia al respecto ) ; pero del dicho al hecho hay un gran tramo. Todo esto no se ajusta para nada con la realidad así lo veo yo.
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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #24 en: 06 de Noviembre de 2010, 20:16:10 pm »
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  Pero resulta que hay una orden de no acercamiento a 100 m. Esa es la sentencia que tiene que cumplir (este sería el delito, quebrantamiento de condena) y llega la policía y está a menos de 100 ms. Por lo que en principio hay incumplimiento de la orden del juez. Será la acusación quien tendrá que demostrar que se encuentra a menos de 100 ms. pero no más. ¿La policia llega, comprueba, está a menos de 100 ms? SÍ. Incumplimiento de condena en principio. Ejemplo: La policía llega a la casa, la mujer está muerta y el hombre con un cuchillo en la mano. En principio tiene toda la pinta que ha cometido un delito, otra cosa es lo que dictamine SSª tras las instrucción y demás. A Esto es a lo que me refiero. En caso de duda, beneficio para reo, pero si está en el lugar de los hechos y los indicios son de que ha cometido un crimen...., aunque tenga testigos que diga, no, no, él no ha sido, ha sido la mujer la que lo ha intentado matar...., ¿cómo tiene que actuar la policía?.


   Saludos cordiales,


   jbr



Y si vemos a un hombre con las dos manos en el cuello de la mujer es que intenta estrangularla o ya la ha estragulado (o quizás es que les estaba tomando el pulso para ver si estaba todavía viva pero no fue el autor)......y si vemos a un hombre que saca el cuchillo del cuerpo de la mujer es que se lo ha clavado (o quizás es que se lo estaba sacando porque creía que era lo mejor pero no fue el autor sino que sólo se encontró el cadáver) etc etc. Pero vamos, que todo eso son suposiciones del mundo de la imaginación y el HECHO CONCRETO que se discute es otro.

Que no, que en el proceso penal no se condena POR INDICIOS sino EXCLUSIVAMENTE POR HECHOS CONTRASTADOS que supongan prueba de cargo que desvirtue la presunción de inocencia correspondiendo a partes acusadoras la carga de la prueba porque así lo indica reiterada jurisprudencia constitucional (doctrina legal). Son principios elementales del Derecho material y procesal moderno en contraste con el Derecho inquisitivo del pasado.

El tipo delictivo tiene elementos objetivos y subjetivos y los tiene que demostrar quien acusa. La intención no es más que el elemento subjetivo de lo injusto, supone el dolo, conciencia y voluntad de realización de los elementos objetivos del tipo....es como si un conductor atropella a dos peatones, será un homicidio por imprudencia (o no), pero el dolo si se califica de homicidio doloso o bien de asesinato lo tendrá que demostrar el Fiscal y partes acusadoras (más suposiciones)

Precisamente unos de los grandes problemas que presenta la Ley de Volencia de Género y el CP, sin entrar en su constitucionalidad o inconstitucionalidad de fondo, en relación con este tema es que en la práctica se está condenando por indicios y con la única prueba de la declaración de la otra parte en el proceso, así lo entiende un muy importante sector doctrinal y así lo están denunciando jueces.


Un saludo.

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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #25 en: 06 de Noviembre de 2010, 20:27:58 pm »
Joer MORDEKAY, si al final al que van a entalegar es a mi :'(.  Como dije al principio, todo lo que sucedió se hizo constar en el pertinente atestado, a partir de ahí, si el MF quiere imputar a uno u otro pues que lo haga, pero no es que policialmente no se haya hecho nada. Es más, estoy más que seguro que la mayoría de compañeros en este mismo caso se hubiesen llevado al marido detenido y tan panchos. Mi empanada mental surge por la Fiscal que nos tocó, que ¨y sí el marido la hubiese seguido al salir del Bar... y.... si esto y si aquello....¨ que al final me hizo replantarme la intervención. POr eso la expuse aquí para ver otros puntos de vistas.

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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #26 en: 06 de Noviembre de 2010, 20:38:45 pm »
Amigo palangana:

  No nos vayamos por las ramas, yo no defiendo que se condene a nadie por indicios. Ya he dicho que quien tendrá que decir si se ha cometido delito o no será un juez. El dato objetivo es que se ha incumplido una condena o una orden judicial: acercamiento a menos de 100 metros y para ello hay que ver qué dice la orden de alejamiento, porque puede decir que no puede estar a menos de 100 m. ¿lo está?, pues entonces ha incumplido, puede decir que no se puede acercar, ¿se ha acercado?, pues no lo sabemos a priori, habría que estudiar el caso concreto y por lo expuesto parece que no, en fin... que esta es mi postura.

  Y estoy de acuerdo en todos los principios que dices del orden penal y todo lo demás, pero la cuestión es que una persona en teoría condenado por un delito a una pena de alejamiento ( o con una medida cautelar) tiene que cumplirla en los términos que en ella dictamine el juez y no hay más y si dice que no puede estar cerca de 100 m. Él será el responsable de estar o no estar, en principio, si es delito lo decidirá SSª.

  Otra cosa, la ley de violencia de general ha sido declarada constitucional por el TC, nos guste o no nos guste, digan lo que digan los jueces, la doctrina y el santo padre ahora que está por aquí y por lo tanto hay que aplicarla.

  Y que conste que siempre he defendido que era inconstitucional, ahora digo que pobrecito el tío que le toque una “pilingui” como hemos dicho, que lo quiera fastidiar, tengo un conocido que durmió una noche en el calabozo por el simple hecho de que su mujer lo quería fastidiar, ahora bien, no sabe lo que le ha caído a la “pilingui”, delito de falsa denuncia, bronca de la jueza y no sé hasta donde llegará, pero... él durmió una noche en el calabozo. ¿Constitucional?.... así están las cosas, nos guste o no.

  Saludos cordiales,

   jbr
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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #27 en: 06 de Noviembre de 2010, 20:39:07 pm »
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Joer MORDEKAY, si al final al que van a entalegar es a mi :'(.  Como dije al principio, todo lo que sucedió se hizo constar en el pertinente atestado, a partir de ahí, si el MF quiere imputar a uno u otro pues que lo haga, pero no es que policialmente no se haya hecho nada. Es más, estoy más que seguro que la mayoría de compañeros en este mismo caso se hubiesen llevado al marido detenido y tan panchos. Mi empanada mental surge por la Fiscal que nos tocó, que ¨y sí el marido la hubiese seguido al salir del Bar... y.... si esto y si aquello....¨ que al final me hizo replantarme la intervención. POr eso la expuse aquí para ver otros puntos de vistas.

En absoluto, tú cumpliste con tu deber de prevención poniendo en conocimiento un hecho exótico que podría suponer un riesgo de conflicto o crisis social......al que hay que EMPAPELAR ES AL FISCAL por prevaricación, así sí más.

A qué va la mujer a un lugar de parada habitual de la ex pareja, a qué va sabiendo a buen seguro que estaba allí, es que acaso no sabe la mujer o no tiene suficiente percepción del riesgo y del espíritu de la ley y de la resolución judicial.....pues se arriesga a que el ex estuviese allí con una copita de más, a que se sintiese violentado y a que se liase la mundial, luego la mujer en este caso fue un "imprudente temeraria" o actuó de mala fe.

Jbr, te lo indico, no por irme por las ramas, sino porque dices que el imputado tiene que demostrar que no hubo intención, que es lo mismo que decir que el imputtado tiene que demostrar que es inocente, en absoluto.

Un saludo.
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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #28 en: 06 de Noviembre de 2010, 20:43:56 pm »
Esta bien todos los planteamientos y aunque dudosa en cuanto a la aplicacion de la doctrina del TS. Bien dice Serrano, que la finalidad del derecho es defender a la victima del agravio sufrido y ante todo la ley con toos sus mecanismo debe de amparar a esta, hasta llegar al procedimiento en el cual se disipa todas las cuestiones. Pero como la justicia es lenta y la mente humana es mala, el legislador ha visto la necesidad de crear una serie de actuaciones con el fin de garantizar los principios basico de la Ce y los demas tratados sobre los derechos humanos y en especial sobre las victimas. El auto que determina fuera de una sentencia esa orden de alejamiento es solo la medida cautelar con el fin de que se garantize tales principios, pues entonce si yo denuncio y luego al dia siguiente me dan una paliza del carayo y muero joer prefiero mas entonce, ir a la ley del talyon y pasarme la justicia por los santos coyones. Es necesario proteguer a la victima pero tambien es necesario respetar la presuncion del agresor, pues bien dice S. agustin sobre las inperfeciones del ser en el cual cabe todo. La justicia y su aplicacion en el ambito practico siempre ha sido el eterno dilema y mas aun cuando los poderes del Estados se toman muchas veces la resoluciones judiciales como un canto de sirena, olvidandose de lso efectos negativos que produce sobre los mas debiles: algunas veces los verdugos con su presuncion y por desgracia las victimas con sus vida.  :-X

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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #29 en: 06 de Noviembre de 2010, 20:46:46 pm »
Estimado IgarciaTF:

  Ese es el problema, ¿qué hace la policía cuando acude a una llamada de éstas?, ¿tiene la obligación sin más de detenerlo?, eso yo no lo sé, eso lo tendrás que saber tú. ¿tiene que “enjuciar” al denunciado allí mismo?, tu sabrás si hay indicios suficientes para actuar o no. En eso sí que no puedo opinar.

  Saludos cordiales, menuda papeleta,

  jbr
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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #30 en: 06 de Noviembre de 2010, 20:59:01 pm »
Amigo palangana:

  No es que el imputado tenga que demostrar que es inocente, voy a ver si consigo explicarme.

  La acusación es: Quebranto de la orden de alejamiento. Será la mujer (denunciante) la que tendrá que demostrar que se ha quebrantado el mandamiento judicial y ¿cómo lo hace?, con pruebas, ¿qué pruebas?, llamando a la policía para que verifique que se encuentra a menos de 100 metros de ella. Punto.

La defensa: ¿Cómo demuestra que no ha cometido el delito de quebrantamiento de condena?, pues tendrá que demostrar que ha habido intencionalidad, etc...

  En definitiva, el delito del que se le acusa es quebrantamiento de condena, y la mujer demuestra (en principio que la ha habido, está a menos de 100 metros) con la presencia de los policía que lo pueden comprobar. Ahora bien, ¿ es la policía la que tiene que averiguar si es que la condena es que no se acerque, o es que no esté en lugar, etc,?, eso es lo que le he dicho al compañero que ha expuesto el caso..., menuda papeleta tiene....,

Y lo siento amigo palangana, no me vale que diga que la mujer acude a un bar donde está él, no hay que olvidar que el condenado es él, que el que tiene la libertad de circulación prohibida es él, el que ha hecho algo para que así sea es él.

   Por Dios, no pensemos que todos los que tienen orden de alejamiento es porque su mujer es una “pilingui” y lo quiere fastidiar, habrá de todo en la viña del señor (ya que estamos con tanto papa) y la que sea, que le caiga todo el peso de la ley.

  Saludos,

  jbr
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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #31 en: 07 de Noviembre de 2010, 09:46:09 am »
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Amigo palangana:


Por Dios, no pensemos que todos los que tienen orden de alejamiento es porque su mujer es una “pilingui” y lo quiere fastidiar, habrá de todo en la viña del señor (ya que estamos con tanto papa) y la que sea, que le caiga todo el peso de la ley.

  Saludos,

  jbr


Dónde he dicho yo que la orden de alejamiento no esté justificada: en ningún sitio.

Dónde he dicho yo que las órdenes de alejamiento no sean medidas necesarias: en ningún sitio (es más, son escasas dada la magnitud de la problemática).

Dónde de he dicho yo que ESTE HOMBRE sea un angelito: en ningún sitio.

Dónde he dicho yo que que "toda mujer" que tenga a su favor una orden de alejamiento sea una "pilingui": en ningún sitio.

Dónde he dicho yo que no haya hombres que real y verdaderamente quebrantan las resoluciones y cautelares de alejamiento: en ningún sitio.

Pero amigo, que yo analizo según datos indicados por el compañero que abre el hilo, y según indica, no hay indicio alguno de delito EN ESTE CASO CONCRETO sencillamente porque es lugar habitual de parada del hombre, porque ya estaba allí, porque fue la mujer la que fue en busca de él, porque había numerosos testigos que así pueden confirmarlo, porque NO HAY DOLO y ello supone que no concurre un elemento exigido por el legislador penal por ley orgánica (que no es poco),.....luego con estos datos, a la pregunta si hay delito de este hombre en este caso concreto la respuesta sólo puede ser NO, no lo hay........porque igual coinciden en un partido de fútbol, o en los toros, o en el mercado de abastos y ya hay que suponer que el hombre estaba alli dolosamente, pues no.

Y en cuanto a la presunción de inocencia, ya te digo que la carga de la prueba recae en quien acusa (TC) y es quien debe demostrar la culpabilidad, OTRA COSA ES QUE CUANDO SE ACUSA el imputado-procesado se vaya a quedar de brazos cruzados, CLARO QUE NO, alegará cuanto pueda alegar en su defensa, incluso mentir.

Y ojo, que igual dentro de dos semanas, Dios no lo quiera, este hombre intenta asesinar a su ex, puesto que si hay una orden de alejamiento está claro que no es un angelito y motivada estará la cautelar, pero en este caso concreto NO HA HECHO NADA que merezca ser calificado como delictivo.

Un saludo.
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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #32 en: 07 de Noviembre de 2010, 14:17:11 pm »
Amigo Palangana:

  Como en todo buen debate es lógico que haya discrepancia de opiniones, si no, no habría debate.

  Mi conclusión (en principio final) es la siguiente:

  Proposición: ¿Es delito  permanecer en un lugar público a menos de 100 metros cuando se tiene una orden de alejamiento, aunque no haya sido provocado por el sujeto que tiene dicha orden?.

 Bien jurídico protegido: La decisión judicial. Tipificado en el CP art. Artículo 468. 

   1. Los que quebrantaren su condena, medida de seguridad, prisión, medida cautelar, conducción o custodia serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año si estuvieran privados de libertad, y con la pena de multa de doce a veinticuatro meses en los demás casos.

    2. Se impondrá en todo caso la pena de prisión de seis meses a un año a los que quebrantaren una pena de las contempladas en el artículo 48 de este Código o una medida cautelar o de seguridad de la misma naturaleza impuestas en procesos criminales en los que el ofendido sea alguna de las personas a las que se refiere el artículo 173.2.


   Situación objetiva: ¿Está a menos de 100 metros?:  Sí

   Será el juez el que tendrá que determinar si hay delito o no en el caso concreto. Y analizar las pruebas, eximentes, etc.

   Posibles acciones: Provocación, inducción al delito, cooperación necesaria. Petición de daños y perjuicio, Denuncia falsa.

  Saludos cordiales,

jbr
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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #33 en: 07 de Noviembre de 2010, 19:50:21 pm »
Sí claro, lo que yo te decía, que un buen día coinciden frente por frente por azar en el fútbol o en los toros, la mujer se pone a gritar y el hombre ya es un delincuente. Ese "100 metros" como tú lo interpretas no es ni el espíritu de la ley que permite ese tipo de cautelares ni el espíritu de la resolución judicial. O el hombre tiene que ir con un metro por la calle para medir los 100 metros o tener un ojo muy preciso para calcular 100 metros, si está a 99 metros ya es un delito.....ese no es el espíritu.

Pues perdona que te diga amigo Jbr pero mira que precisamente hay un tema muy contrvertido, de los polémicos, en el mundo de la criminología: a veces la víctima pone de su parte e incluso a veces no es tan víctima.

O fíjate en las palabras de la Fiscal ("la", porque era "fiscala") es que "se trata del síndrome de la mujer maltratada", luego ya implícitamente reconocía que quien obró negligentemente (o con mala fe, más difícil determinar, pero imprudencia notoria e inequívoca) es la mujer......pues eso es problema de esa mujer, y la Fiscal lo que tenía que haber hecho en cumplimiento de su deber es poner ese mal psíquico que presume en conocimiento de los institutos de la mujer para que le ofrezcan en este sentido la ayuda que necesite. Pero criminalizar conociendo la falsedad convierte a la Fiscal ipso facto en prevaricadora.

Un saludo.

PD: CLARO que "tiene que haber dscrepancias en un debate, si no no había debate", eso ya lo sé amigo Jbr. Si tengo más de 8.000 post es entre otras cosas porque me presto al debate y a la contradicción, a mí me enriquece y enseña enormemente.
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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #34 en: 07 de Noviembre de 2010, 20:59:11 pm »
Hola.
Foto fija: Condenado Z a no acercarse a menos de X metros de Y,  sí  Z está a menos X metros de Y: Incumplimiento de condena. Y respuesta policial de prevención inmediata.
Tautológico pero incontestable jurídicamente.
La actuación de la policia debe responder según esa foto fija. ¿Lo contrario? arbitraridad en la respuesta.
Ahora, la victima Y sujeto pasivo de la condena de alejamiento del condenado Z, con su actuación impide el cumplimiento de Z y racionalmente puede incurrir en el comportamiento tipificado en
Art. 28 CP
 "También serán considerados autores:
Los que cooperan a su ejecución con un acto sin el cual no se habría efectuado"

¿Mi opinión?: La policia debiera de haber puesto a los dos a disposición judicial del Juzgado de Guardia
24 horas despues de la detención.
Un saludo.
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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #35 en: 07 de Noviembre de 2010, 21:16:49 pm »
Hola.
El delito de quebrantamiento de condena se ha producido de hecho.
Pero el autor directo es inimputable (no me gusta el derecho penal y puede que este no sea el término aconsejable) ya que no concurre en el ni el dolo ni la imprudencia, pero hay un coautor típico y punible cual es de la señora Y. Aún cuando sea la victima en el proceso de alejamiento, es autor directo de un delito, el que sea vía Art. 28 CP
Un Saludo.
PD. como me toque defendere a Y, negare haber escrito esto.
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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #36 en: 07 de Noviembre de 2010, 23:01:55 pm »
Sigo opinando que una pena de alejamiento a una persona X, respecto a una persona Y, también impone límites, muy escasos, a esta última persona.  No puede, por ejemplo, presentarse en casa de X.  No puede reanudar la convivencia con X.

Si no, podría, por ejemplo, aparcar su coche enfrente de la casa de X, y quedarse ahí.  X no podría salir de casa.

Vivir en una caravana enfrente de X.  Idem.

Si sabe que X va ir a la playa, a cierta playa, ir a esa playa. Como esa playa está en una cala, Y se tendría que ir nadando y ahogarse.

Etc etc

Nadie tiene libertad plena de movimientos.  Yo no puedo presentarme en casa de mi vecina de enfrente (que me cae fatal, dicho sea de paso). Yo no me puedo pasear por una celda de cualquier penitenciaría. Si hay un coche aparcado, yo no puedo coger un superpulverizador marca ACME y poner mi coche en su lugar.

Es decir. Una pena de alejamiento impone a la persona pasva la obligación de permitir que la persona activa la cumpla. No parece suponer mucho. De no ser así, la persona pasiva de la orden se podría creer la reina del Mambo, y obligar a que la otra se comporte como ella quiere. Pues no, ni síndrome de Estocolmo ni tonterías: supone, en sí mismo, un delito de coacciones.

A la luz de la sentencia del TC que antes señalé, que indica que la orden de alejamiento debe ser impuesta necesariamente, en el grado que el juzgador considere, y a la luz del acuerdo del TS sobre el tema, que señala que la pena de alejamiento no es disponible, y teniendo en cuenta las fechas, conviene entonces revisar las sentencias pero sólo a partir de tales fechas.

Y no estaría mal que los Tribunales, al dictar este tipo de penas, diesen a cada uno un manual de instrucciones. Qué hacer, qué no hacer.

No hay camino para la paz, la paz es el camino (Mahatma Gandhi)

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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #37 en: 08 de Noviembre de 2010, 00:47:07 am »
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¿Cómo demuestra que no ha cometido el delito de quebrantamiento de condena?, pues tendrá que demostrar que ha habido intencionalidad, etc...

¿Y si todos los presentes en el bar testifican que el hombre llevaba horas en el bar mirando un partido, mientras que la mujer, quizás nada más llegar y asegurarse de la presencia del "condenado" llamara a la Policía para denunciar el "quebrantamiento de condena"?

También habría que constatar quien se había acercado a quien, ¿o no?

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No puede, por ejemplo, presentarse en casa de X.
Sería un caso parecido. "Y" se presenta en casa de "X" y llama a la Policía que tiene que constatar que efectivamente X está a menos de 100 metros de Y y por lo tanto habrá quebrado la condena.......pero sería ridículo decir que la intencionalidad había tenido X que estaba en su propia casa cuando aparece Y provocando la situación ...
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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #38 en: 08 de Noviembre de 2010, 16:05:18 pm »
Desgraciadamente, la regulación de la violencia de género está pensada para casos extremos, pero se usa para casos que no deberían de entrar en el alcance de la misma, y dada la repercusión mediática de estos asuntos, a menudo se actúa con manifiesta violación de derechos. Yo he oido a una juez decir que el 80% de las denuncias por violencia de género son falsas.
Mi mujer tiene un cliente que lleva un saco de detenciones por quebrantamiento de condena que han sido todas archivadas. El problema es que cada vez que la susodicha lo denuncia (porque no le da más dinero que el fijado judicialmente), a él le van a detener a su casa o a su trabajo, perdiendo un día de trabajo, cuando no más.
Está presentada una querella por denuncias falsas basada en los testimonios de la señora en los diferentes juicios, pero eso va muy lento.
Comparto la opinión de los foreros, esa denuncia no se sostiene, porque ella no "frecuenta" ese bar, y él estaba allí bastante antes de que ella apareciera. Pero una cosa es que se desestime en sede judicial la denuncia y el hombre sea absuelto, y otra es que es muy normal que de momento le dentengan (a mi parecer con claro abuso de la institución de la detención según está regulada en la LCrim), y duerma una o dos noches en comisaría, con los perjuicios laborales y personales que eso puede causar a cualquiera.

Desconectado zambri

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Re: Duda orden de alejamiento
« Respuesta #39 en: 09 de Noviembre de 2010, 00:49:26 am »
En este caso el marido debería haber llamado denunciando los hechos, así tomaría más credibilidad su versión.No obstante la declaración testigos aporta bastante luz al tipo de intervención a llevar a cabo.