No sé si hay fórmulas al respecto, pero creo que sí que la "proporcionalidad" tiene algo que ver en el caso del infraseguro.
(Infraseguro) En el 1º caso, tu contratas un seguro (50) por la mitad del valor del bien (100), vamos, que pagas menos de lo que deberías, por lo que el seguro tendrá en cuenta esa proporción (50 % menos) para calcular la indemnización, por lo que si se produce un daño de 50, la compañía aplicará esa proporción (50 %) y resultará 25 (que es el resultado de aplicar el 50% al daño producido.)
En el 2º caso, se trata de un sobreseguro, es decir, pagas más (100) de lo que deberías (50), en este caso NO entra el juego de la propocionalidad, sino que el límite de la indemnización será 100 por lo que te cubrirá cualquier daño que se produzca sobre el bien.
O así es más o menos como lo entiendo yo.
Un saludo!