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Autor Tema: PRACTICUM EXAMEN DERECHO CIVIL I DÍA 31/01/11  (Leído 3061 veces)

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Desconectado rcarrera27

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PRACTICUM EXAMEN DERECHO CIVIL I DÍA 31/01/11
« en: 06 de Febrero de 2011, 16:33:42 pm »
Hola a todos,

¿Sería valida la escritura de concesión de emancipación, si los padres, aun divorciados, fueran ambos titulares de la patria potestad? (Documento nº4 del practicum)

Mi pregunta es ¿SI O NO?

Gracias


Desconectado chispi-72

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Re: PRACTICUM EXAMEN DERECHO CIVIL I DÍA 31/01/11
« Respuesta #1 en: 06 de Febrero de 2011, 17:06:47 pm »
Alguien, no recuerdo quién en otro post dio la respuesta que le había comentado un profesor de civil de un centro asociado. La respuesta es NO ya que es necesario el consentimiento de quien tiene la patria potestad sea de una o de más personas pero que se puede dar por válido un SI si se argumenta jurídicamente la respuesta. Espero haberte ayudado

Desconectado Pedro G.

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Re: PRACTICUM EXAMEN DERECHO CIVIL I DÍA 31/01/11
« Respuesta #2 en: 06 de Febrero de 2011, 17:09:35 pm »
En la emancipación por concesión de los padres son requisitos que el menor tenga cumplidos 16 años, que el acto se realice ante notario mediante escritura pública o, en su defecto, mediante comparecencia ante el Juez encargado del RC, que el menor consienta ante el notario o el mencionado Juez y que, obviamente, los padres, en cuanto titulares de la patria potestad del menor, también presten su consentimiento a la emancipación. A los efectos que nos ocupa, que los padres estén o no divorciados resulta irrelevante, pues lo verdaderamente fundamental es que quienes están facultados para conceder la emancipación, ambos padres en este caso por ser también ambos padres los titulares de la patria potestad, así lo manifiesten. Por tanto, dicha escritura no sería válida para conceder la emancipación en las circunstancias descritas por el enunciado al faltar el consentimiento del otro cónyuge. En todo caso, si el menor deseara la emancipación y no hubiese acuerdo entre los padres, podría él mismo instar la emancipación judicial fundamentándola ante el Juez.

Esto fue lo que yo contesté en el examen.

Saludos

Desconectado oortega

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Re: PRACTICUM EXAMEN DERECHO CIVIL I DÍA 31/01/11
« Respuesta #3 en: 30 de Agosto de 2012, 00:11:18 am »
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En la emancipación por concesión de los padres son requisitos que el menor tenga cumplidos 16 años, que el acto se realice ante notario mediante escritura pública o, en su defecto, mediante comparecencia ante el Juez encargado del RC, que el menor consienta ante el notario o el mencionado Juez y que, obviamente, los padres, en cuanto titulares de la patria potestad del menor, también presten su consentimiento a la emancipación. A los efectos que nos ocupa, que los padres estén o no divorciados resulta irrelevante, pues lo verdaderamente fundamental es que quienes están facultados para conceder la emancipación, ambos padres en este caso por ser también ambos padres los titulares de la patria potestad, así lo manifiesten. Por tanto, dicha escritura no sería válida para conceder la emancipación en las circunstancias descritas por el enunciado al faltar el consentimiento del otro cónyuge. En todo caso, si el menor deseara la emancipación y no hubiese acuerdo entre los padres, podría él mismo instar la emancipación judicial fundamentándola ante el Juez.

Esto fue lo que yo contesté en el examen.

Saludos


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