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Autor Tema: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING  (Leído 5279 veces)

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Desconectado pulgarcito

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SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« en: 06 de Febrero de 2011, 22:19:19 pm »
Que una empresa vinculada al convenio de oficinas y despachos ponga de jefe a una persona con menos categoria laboral según convenio vigente , y esta persona con menos categoría es la que imparte las instrucciones se puede considerar mobbing. Creo que a los superiores que toman estas decisiones se les podría demandar por abuso de autoridad.
Gracias.


Desconectado Esgrimidor

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Re: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« Respuesta #1 en: 07 de Febrero de 2011, 15:57:30 pm »
Si es dentro de una empresa privada creo que queda supeditado al "libre mercado". En estas empresas no hay objetividad más que la que marca la normativa "externa". Por ejemplo no pondrán de jefe de proyectos con firma a una persona que no sea ingeniero , si la norma obliga a la empresa privada a poner un ingeniero en ese cargo específico. Y tendrá la responsabilidad que emana de dicha norma obligante.
Pero en cuanto al mando jerárquico puede mandarle "cualquiera". Lo que no podrán es tergiversar su responsabilidad y prerrogativas conforme a norma.
No soy un entendido, pero creo que no se puede considerar mobbing la medida por sí misma. Parece revestir de trasfondo cierto carácter atacante o mancillante (deseo de humillar a quien lleva más años o tiene una categoría superior), pero habría que probarlo de alguna manera.

A ver si alguien con más conocimiento nos orienta mejor.

Suerte

Desconectado Alfmonti

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Re: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« Respuesta #2 en: 08 de Febrero de 2011, 17:56:31 pm »
Lo siento pero la empresa puede poner de responsable, factor o apoderado a quien le convenga. No hay ningún tipo de acoso en esa decisión. Entiendo que la libertad de empresa y el ius variandi facultan al empresario a determinar la organización de su empresa como mejor le venga en gana.

En mi opinión, No hay caso...El mobbing se producirá por las órdenes o hechos que realice el nuevo jefe que os han puesto. Ejemplo, si deja a alguien deliberadamente sin funciones o lo trata vejatoriamente, etc...

Saludos

Desconectado fermar

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Re: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« Respuesta #3 en: 08 de Febrero de 2011, 18:14:16 pm »
hay libertad para poner al responsable que le venga en gana, nada tiene que ver esta figura con el acoso.

Fer.
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Desconectado pulgarcito

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Re: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« Respuesta #4 en: 09 de Febrero de 2011, 11:36:04 am »
Gracias pero discrepo no se puede considerar mobbing , pero os explico el Convenio de esta empresa es el de Oficinas y despachos de la Comunidad de Madrid. y a su tenor literal os remito.-
JEFE DE PRIMERA.- Es el empleado capacitado provisto o no de poderes a las ordenes inmediatas del Jefe Superior llevando la responsabilidad de dos o más departamentos.
OFICIAL DE PRIMERA.- Es aquél empleado que actúa las órdenes de un Jefe, y que bajo su responsabilidad realiza trabajos bajo su iniciativa.-

El ius variandi esta muy bien, pero el empresario es vinculado en material laboral al Convenio , y no hacer de su capa un sayo, esto es abuso de autoridad, poner de Jefe de Departamento al Oficial, Y AL jEFE DE pRIMERA QUE HAGA EL TRABAJO DEL OFICIAL.

Desconectado Alfmonti

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Re: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« Respuesta #5 en: 09 de Febrero de 2011, 21:10:12 pm »
Una vez que se nombra jefe a la persona, esta adquiere la categoría de convenio que le corresponda. Pueden ser ascensos con saltos de muchos escalones. Como bien sabes, ni siquiera un convenio tiene por qué regular todas las categorías posibles dentro de la empresa ¿El empresario está en una categoría del convenio? ¿Son posibles los contratos de alta dirección que están fuera de convenio e incluso aparte del ET?

De todas formas, antes de desobedecer las órdenes y que se pueda producir una situación de despido disciplinario, acudid a un sindicato que os aclare la situación.

Es comprensible la frustración que producen estas situaciones. Ánimo.

Saludos

Desconectado palangana

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Re: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« Respuesta #6 en: 10 de Febrero de 2011, 17:19:46 pm »
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Que una empresa vinculada al convenio de oficinas y despachos ponga de jefe a una persona con menos categoria laboral según convenio vigente , y esta persona con menos categoría es la que imparte las instrucciones se puede considerar mobbing. Creo que a los superiores que toman estas decisiones se les podría demandar por abuso de autoridad.
Gracias.

Eso, por sí sólo, no es suficiente para el tipo delictivo de mobbing o acoso laboral, sino exclusivamente da juego para impugnar la medida empresarial por ir contra convenio, contra ley, pero por ilegalidad civil e ilegalidad laboral. Otra cosa sería que hubiesen otras conductas empresariales sospechosas (además de la que comentas), y entonces podríamos hacer un totum revolutum a ver qué pescamos.

Un saludo y ánimo. Suerte.
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Re: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« Respuesta #7 en: 10 de Febrero de 2011, 22:53:42 pm »
¿Y no hay mobbing si a un directivo se le da un puesto de nombre rimbombante, se le quitan la mitad de sus funciones, y queda en la jerarquía de la empresa (una multinacional) al mismo nivel que algunos de sus antiguos subordiandos, aunque, eso sí, se le mantiene el mismo sueldo que antes?
Y si se va voluntariamente, ¿no podría considerarse de aplicación el artículo 50 del ET (menoscabo de su dignidad), con lo que recibiría la misma indemnización que en caso de despido improcedente?
Y, caso de decidir irse y querer cobrar la indemnización, ¿podría perjudicarle el no haberse negado al cambio desde el principio?

Saludos

Desconectado palangana

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Re: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« Respuesta #8 en: 10 de Febrero de 2011, 23:12:07 pm »
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¿Y no hay mobbing si a un directivo se le da un puesto de nombre rimbombante, se le quitan la mitad de sus funciones, y queda en la jerarquía de la empresa (una multinacional) al mismo nivel que algunos de sus antiguos subordiandos, aunque, eso sí, se le mantiene el mismo sueldo que antes?
Y si se va voluntariamente, ¿no podría considerarse de aplicación el artículo 50 del ET (menoscabo de su dignidad), con lo que recibiría la misma indemnización que en caso de despido improcedente?
Y, caso de decidir irse y querer cobrar la indemnización, ¿podría perjudicarle el no haberse negado al cambio desde el principio?

Saludos


Eso, lo que yo decía, "otras conductas sospechosas del empresario que nos permita montar un totum revolutum a ver qué sacamos".


1) Primer interrogante: no lo creo, puesto que eso de rebajar funciones no es más que un ilícito laboral (siempre que esté injustificado, puesto que existe el traslado vertical en atención a las necesidades de producción), luego conforme al principio de intervención mínima del derecho penal no debe aplicarse (jurisdicción competente, los tribunales de lo social-laboral); además, se trataría en ese caso de conducta aislada, no prolongada en el tiempo, y tampoco es tan fácil eso de demostrar "daños morales y daño a la dignidad"

2 y 3) Segundo y tercer interrogante: más de lo mismo, leer respuesta al interrogante primero, todo lo que tenga protección civil y laboral debe ir a esos órdenes jurisdiccionales....lo penal, cuando tengamos inequívocamente la concurrencia de los elementos objetivos y subjetivos del tipo, cuando la lesión al bien jurídico no tenga mejor protección y, sobre todo, cuando tengamos claro algo que resulta fundamental en el proceso penal, más que en ningún otro orden jurisdiccional, la prueba ! (recae exclusivamente sobre partes acusadoras)


(Es que se preguntó por un tipo delictivo, no por otros ilícitos de otra naturaleza). Un saludo.
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Re: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« Respuesta #9 en: 10 de Febrero de 2011, 23:42:57 pm »
Hola Palangana, es que aunque no sea delito tampoco me has ayudado mucho. Este tema me preocupa mucho, sobre todo la tercera pregunta que he hecho, que es la más urgente.
Saludos

Desconectado palangana

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Re: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« Respuesta #10 en: 10 de Febrero de 2011, 23:50:14 pm »
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Hola Palangana, es que aunque no sea delito tampoco me has ayudado mucho. Este tema me preocupa mucho.
Saludos

Pero si al que tengo que intentar ayudar dentro de mis posibilidades no es a ti; sino al compañero que pregunta (pulgarcito) con respecto a lo que pregunta EN CONCRETO, QUE ES, HOY YA EN EL PRESENTE,
un concreto tipo delictivo tras la reforma del CP 95.

Además, si lo que preguntabas es con respecto a lo que tú expones, no varia especialmente la respuesta. La ayuda que te puedo dar en este sentido es INMEDIATAMENTE buscar un laboralista e interponer la correspondiente demanda en tribunales de lo social y civil, bien para restablecer la situación anterior en caso de que no proceda ese traslado vertical, bien para las indemnizaciones que correspondan. (De lo que se trata, y ahí está la ayuda, no es en decir a quien pregunta lo que quiera escuchar para regalar los oídos, eso es de mal jurista y de peor abogado, sino buscar la ideoneidad de jurisdicción y tutela que nos asegure el mejor resutado dentro de lo que tenemos, lo que no tenemos, no nos lo podemos inventar).

Espero que me entiendas. Suerte !
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado Gem-Mas

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Re: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« Respuesta #11 en: 10 de Febrero de 2011, 23:57:23 pm »
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Hola Palangana, es que aunque no sea delito tampoco me has ayudado mucho. Este tema me preocupa mucho.
Saludos

Pero si al que tengo que intentar ayudar dentro de mis posibilidades no es a ti; sino al compañero que pregunta (pulgarcito) con respecto a lo que pregunta EN CONCRETO, QUE ES, HOY YA EN EL PRESENTE,un concreto tipo delictivo tras la reforma del CP 95.

Además, si lo que preguntabas es con respecto a lo que tú expones, no varia especialmente la respuesta. La ayuda que te puedo dar en este sentido es INMEDIATAMENTE buscar un laboralista e interponer la correspondiente demanda en tribunales de lo social y civil, bien para restablecer la situación anterior en caso de que no proceda ese traslado vertical, bien para las indemnizaciones que correspondan. (De lo que se trata, y ahí está la ayuda, no es en decir a quien pregunta lo que quiera escuchar para regalar los oídos, eso es de mal jurista y de peor abogado, sino buscar la ideoneidad de jurisdicción y tutela que nos asegure el mejor resutado dentro de lo que tenemos, lo que no tenemos, no nos lo podemos inventar).

Espero que me entiendas. Suerte !
No te entiendo, ¿quieres decir que debería haber abierto un hilo con este tema, y entonces sí que habrías intentado ayudarme según tus posibilidades? Si lo he puesto aquí es porque ha coincidido con lo del mobbing.
Y tampoco he entendido qué querías decir con el otro párrafo que he marcado en negrita.
Gracias de todas formas.
Saludos

Desconectado palangana

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Re: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« Respuesta #12 en: 11 de Febrero de 2011, 00:03:28 am »
No, no quise decir eso de que "abras otro hilo", nada económico, sino que interpreté (parece que lo confirmas) que coincides en que estamos ante mobbing: con respecto a pulgarcito, no; con respecto a tu caso, se podría intentar (por eso le dije a pulgarcito que "salvo que haya otras conductas sopechosas del empresario que nos permitan montar un totum revolutum a ver qué pescamos")

Como quiera que en tu caso, a diferencia del de pulgarcito, sí que parece haber otras irregularidades podría intentarse eso del mobbing (pero ya ves, que una cosa es el caso de pulgarcito, y otro cosa es tu caso). En todo caso, donde vas a tener más fácil el triunfo es en lo civil y en lo laboral.

Un saludo, espero me hayas entendido ahora algo mejor. Un saludo y suerte.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

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Re: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« Respuesta #13 en: 11 de Febrero de 2011, 00:06:00 am »
Sí, te he entendido mejor,  ;D Gracias.
Saludos

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Re: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« Respuesta #14 en: 11 de Febrero de 2011, 10:42:28 am »
Hola de nuevo, gracias por todo en primer lugar. A quién les está pasando este tema es a mí , lo que ocurre es que yo cobro muchisimo más que la persona que han nombrado y bueno aguantas. Pero a veces no sé no sé, esto de vivir de rodillas no me gusta mucho, sino fuera por mis hijos prefiero morir de pie, pero la dignidad a veces te la tienes que meter en el ......
A qui hacen lo que quieren se supone que yo de toda mi vida laboral cobraba una parte variable se me fijaban objetivos, y ahora no te fijan objetivos anuales y así no sabes si has cumplido o no y el bonus lo reparten con sus perritos falderos.
Esto también es denunciable en lo social un trabajador que regularmente cobrabba un bonus y se le fijaban objetivos, de la noche a la mañana no se fijan objetivos y asi seguro que nunca los cumples, es una situaciónj de indefensión total.


 

Desconectado palangana

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Re: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« Respuesta #15 en: 11 de Febrero de 2011, 18:05:15 pm »
Pulgarcito, debes ponerlo en conocimiento del Sindicato si lo hubiere, o que no lo hay o lo hay pero como si no lo hubiera (la norma general de nuestro sistema sindical), demanda en vía laboral, pero sin más demora. Es en la vía social-laboral donde se está produciendo la más exótica inversión de la carga de la prueba, el empresario empieza perdiendo 1-0... a diferencia del proceso penal, la carga de la prueba recae exclusivamente en partes acusadoras y, a la mínima duda, se te escapa "la presa" (in dubio pro reo).

Además, la vía penal no es la idónea para resacirte en los derechos laborales mermados (ni jurisdicción ni competencia). Si luego esto se pronuncia y se produce un agravamiento de tu estado de ansiedad puedes ir a la vía civil para daños y perjuicios con dictámenes médicos, contando ya con la resolución laboral...o bien a la vía penal, por mobbig o bien por lesiones psíquicas (pero ya tendrás todo el terreno mucho más preparado para ir a la vía penal, más pruebas, quizás se haya solucionado la cuestión estrictamente laboral, además de haber cumplido con el principio de intervención mínima, que los tribunales penales "agradecen")

No dejes de emprender acciones, pero analiza bien tu caso y mira dónde tienes más opciones de triunfar....recuerda el tema de las cosatas y recuerda que un paso en falso (una sentencia íntegramente o parcialmente desestimatoria) puede ser enormemente nefasto para tus intereses. Otro tanto para la estimada compañera, Gem-Mas  :)

A mí también me fastidian los abusos, en todo orden, en el laboral más....pero hay que asegurar el resultado positivo.

Un saludo.

 
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Desconectado Gem-Mas

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Re: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« Respuesta #16 en: 11 de Febrero de 2011, 18:10:59 pm »
Gracias Palangana, de todas formas, yo creo que en estos casos es "mejor un mal acuerdo que un buen juicio" (no sé si la frase es así, pero ya me entiendes qué quiero decir).
Gracias por tu ayuda.
Saludos

Desconectado palangana

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Re: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« Respuesta #17 en: 11 de Febrero de 2011, 18:18:10 pm »
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Gracias Palangana, de todas formas, yo creo que en estos casos es "mejor un mal acuerdo que un buen juicio" (no sé si la frase es así, pero ya me entiendes qué quiero decir).
Gracias por tu ayuda.
Saludos

Si la pretensión de la parte (el cliente) es restablecer la irregularidad estrictamente laboral, volver al llamado "estado normal de las cosas" , sí; además de que se conserva el puesto de trabajo.

Si la situación es muy tensa y a la parte (el cliente) le va a ocasionar una depresión de caballo o una inseguridad en su personalidad, psiquis etc, NO ....que le den al trabajo, primero la salud (y trincar la pasta indemnizatoria, por el despido, y por los daños causados, claro está !!).

Es que depende de lo que se pretenda y de cómo estén las cosas (a mí me lo dijo un Abogado profesional no hace mucho, yo soy abogado en fase inicial.... pero no profesional).

Un saludo cordial.
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Desconectado pulgarcito

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Re: SE PUEDE CONSIDERAR ACOSO LABORAL O MOBBING
« Respuesta #18 en: 12 de Febrero de 2011, 07:33:23 am »
Gracias de nuevo efectivamente hay que andarse con cuidado, aqui en Madrid con el tema de la crisis hay muchas empresas que retrasan sus pagos más alla de 6 meses y las personas que solicitan un despido improcedente se estan encontrando con sorpresas, Los Jueces dan la razón a los empresarios diciendo que están haciendo un esfuerzo por mantener los puestos de trabajo, con lo cuál ya no sé lo que se puede considerar retrasos en los pagos cuando hay casos que se adeudan nóminas y pagas extras desde hace más de 6 meses.