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Autor Tema: Dudas de Administrativo II  (Leído 21313 veces)

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Desconectado alqui

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Dudas de Administrativo II
« en: 10 de Febrero de 2011, 10:00:58 am »
Alguien me podría explicar los conceptos de acumulación y ampliación con algún ejemplo ?

Por otro lado, el desestimiento es el abandono por parte del interesado de una pretensión, y la renuncia es el abandono de un derecho, relativo a una pretensión, pero ¿eso en el día día a día a que corresponde?, es decir, cual es la diferencia entre que yo desista de un  petición y yo renuncie?

Gracias por vuestro tiempo

Gracias...

Desconectado Janis-J

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  • Saludos a todos
Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #1 en: 10 de Febrero de 2011, 10:55:37 am »
Yo entiende que desistir es apartarte del procedimiento, pero sin renunciar a las acciones que te pudieran corresponder en otra via, como la civil. Y si renuncias es que ya no te interesa seguir con la reclamación, no reclamando.

Es lo que entiendo, pero no te aseguro que sea así, no llevo muy bien esta asignatura, ahora estoy de vacaciones para el último achuchón, pero ya veremos, el próximo miércoles.

Un saludo y suerte a todos.
Un saludazo.

Desconectado ElGallo

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Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #2 en: 10 de Febrero de 2011, 10:57:51 am »
1) Ejemplo de acumulación:

Imagínate que te presentas a dos oposiciones del Ayuntamiento de Alcorcón, por ejemplo: auxiliar administrativo (grupo C2) y administrativo (grupo C1). En ninguna de las dos oposiciones resultas seleccionado y contra la resolución interpones dos recursos de alzada y solicitas la suspensión de ambos procedimientos hasta que resuelvan tus recursos. Pues bien, el órgano competente para resolver, decide acumular en una única resolución de denegación tus peticiones de suspensión de dos procedimientos administrativos distintos e independientes. Es decir, que sólo se te notifica una resolución que resuelve dos peticiones tuyas independientes, ¿ok?

Otro ejemplo:
En la ciudad de Almería, un vecino de la calle El Bombo, 6, solicita mediante instancia presentada en el Ayuntamiento un rebaje de minusválidos en la acera junto a la panadería. A los tres días de esa solicitud, otro vecino de la misma calle solicita un rebaje en la acera en el mismo sitio. El órgano competente para resolver decide acumular ambas solicitudes en el mismo procedimiento y dictará una sola resolución que resuelva ambas.



Desconectado ElGallo

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Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #3 en: 10 de Febrero de 2011, 11:05:36 am »
DIFERENCIA ENTRE DESISTIMIENTO Y RENUNCIA

1) Ejemplo de desistimiento. Un funcionario solicita mediante instancia el reconocimiento de la antigüedad por servicios prestados en otras administraciones públicas. Antes de que el órgano administrativo resuelva, este mismo funcionario desiste de su petición y se archivan las actuaciones. No renuncia a su derecho a ese reconocimiento ya que, mientras no expire el plazo establecido, podrá solicitar ese reconocimiento mediante una nueva solicitud.

2) Ejemplo de renuncia. Un exdiputado renuncia a su derecho a recibir la pensión vitalicia por haber sido parlamentario. Si esa renuncia no está prohibida por el ordenamiento, la renuncia expresa tendrá como consecuencia que ya no podrá solicitar a posteriori que se le reconozca el derecho previamente renunciado.

Desconectado IUSMASOQUISTA

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Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #4 en: 10 de Febrero de 2011, 12:17:02 pm »
Muchas gracias ElGallo, la duda de alqui me ha servido para aclararme mejor  :D

Desconectado semi_88_

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Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #5 en: 10 de Febrero de 2011, 12:23:22 pm »
Gracias por las aclaraciones porque nos sirven a todos.

Yo tenia una pregunta sobre "Las reclamaciones economico-administrativa":

Entran todos los apratados, es decir, "revision de actos nulos de pleno derecho, declaracion de lesividad de actos anulables, ..." y bastnates mas; o solo entra el apartado que pone "reclamaciones economico-administrativas".

Un saludo

Desconectado TEKAM

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Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #6 en: 10 de Febrero de 2011, 14:14:00 pm »
Después de darle un poco al molinillo, yo lo veo así.

La acumulación es reunir en un solo acto varias pretensiones, en lugar de realizarlas en varios recursos. Se me ocurre que yo me presento a una oposición y un cargo no competente resuelve suspendiendome la misma. Yo podría acumular en un solo acto las 2 pretensiones, por un lado la impuganción de laoposición (dado que no estoy de aucerdo con mi suspenso) y por otro la impugnación de la resolución por nulidad de pleno derecho por estar emitida por un funiconario no competente (por la razon que sea, material, territorial, ...)

Respecto a la ampliación no lo veo tan claro, pero que sería que si yo interpongo un recurso y antes de que se dicte sentencia, me entero que la administración haq dictado un acto, con igualdad de objeto al mío, puedo "ampliarlo" a aquel, es decir, pedir la suspensión del mío y acogerme a la resolución que hayan dado al otro acto. Por ejemplo: Yo solicito un curso. Me lo deniegan. Llego al contencioso, y antes de que se dicte resolucion, me entero que hay otro sujero que presentado otro recurso por la misma causa que yo, que también ha llegado al contencioso y a él el juez ya ha dictado sentencia. Yo podría pedir en mi proceso la ampliación al suyo, es decir, suspendería el mío, y  (aquí es donde no lo veo muy claro) solicitaría al otro juez que ampliara su resolución a mi caso, por haber igualdad de objeto.
Cogito, ergo sum

Desconectado ElGallo

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Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #7 en: 10 de Febrero de 2011, 14:27:01 pm »
Cuando hablamos de acumulación en Derecho Administrativo nos referimos a la acumulación de actos administrativos que realizan los órganos administrativos, no los particulares.

Ten en cuenta también esto, alqui:
"El artículo 107 de la Ley 30/1992 contempla la posibilidad de interponer recursos administrativos contra algunos actos de trámite. No obstante, el artículo 73 de la misma Ley excluye expresamente la posibilidad de que contra el acuerdo de acumulación de procedimientos. No cabe pues recurso administrativo."

Desconectado aithana

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Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #8 en: 10 de Febrero de 2011, 14:32:49 pm »
Hola,

y la ampliación también es una decisión del órgano administrativo, que al igual que la acumulación, también ha de ser motivada y no es recurrible.

Suerte!!!

Desconectado TEKAM

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Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #9 en: 10 de Febrero de 2011, 20:47:46 pm »
ElGallo tienes toda la razón, perdó por el desliz de que sea yo el que prestna las dos pretensiones.

Reharé mi ejemplo, de tal manera que para la acumulación sería si yo pretendo dos acciones en relativas a dos sucesos, en mie ejemplo que yo recurra por nulidad de pleno derecho por incompetencia del funcionario e interponga otro recurso por defecto de forma de la oposición. El juez o mejor dicho el secretari oudicial podría acumular los dos recurso en uno solo.

Cómo lo véis?
Cogito, ergo sum

Desconectado alqui

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Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #10 en: 10 de Febrero de 2011, 21:43:41 pm »
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Cuando hablamos de acumulación en Derecho Administrativo nos referimos a la acumulación de actos administrativos que realizan los órganos administrativos, no los particulares.

Ten en cuenta también esto, alqui:
"El artículo 107 de la Ley 30/1992 contempla la posibilidad de interponer recursos administrativos contra algunos actos de trámite. No obstante, el artículo 73 de la misma Ley excluye expresamente la posibilidad de que contra el acuerdo de acumulación de procedimientos. No cabe pues recurso administrativo."

Me estaba desesperando un poco, pero creo que esto aporta bastante luz a mi duda.
Gracias...

Desconectado alqui

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Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #11 en: 10 de Febrero de 2011, 21:56:06 pm »
Según esto: "La acumulación de diversas pretensiones en un mismo proceso es posible siempre que se
deduzcan en relación con un mismo acto, disposición o actuación".

El ejemplo podría ser: la impugnación por un número determinado de personas (cada una de forma personal) de una resolución de un concurso/oposición. El órgano competente para resolver decide acumularlas en un mismo proceso.

¿Es posible?
Gracias...

Desconectado ElGallo

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Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #12 en: 11 de Febrero de 2011, 07:37:44 am »
Pues sí, es un buen ejemplo. Pero ten en cuenta que el motivo de impugnación por esas personas debe ser el mismo. Por ejemplo, la pretensión de anulación de la pregunta n.º 2 por error en su formulación. En este caso, la Admón. puede acumular todas las solicitudes y redactar una sola resolución para todos los casos.

Desconectado alqui

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Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #13 en: 11 de Febrero de 2011, 07:42:18 am »
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Pues sí, es un buen ejemplo. Pero ten en cuenta que el motivo de impugnación por esas personas debe ser el mismo. Por ejemplo, la pretensión de anulación de la pregunta n.º 2 por error en su formulación. En este caso, la Admón. puede acumular todas las solicitudes y redactar una sola resolución para todos los casos.

Y si cumplen los requisitos para la acumulación....qué supuesto sería factible para que el órgano decidiera la ampliación?
Gracias...

Desconectado alqui

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Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #14 en: 12 de Febrero de 2011, 19:14:31 pm »
Por más vueltas que le doy a la ampliación no logro entenderla   :-\
Gracias...

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Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #15 en: 12 de Febrero de 2011, 19:28:57 pm »
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Por más vueltas que le doy a la ampliación no logro entenderla   :-\
una persona que hace unos apuntes de penal I que son un maravilla no entiende, las acumulcion, que dicho sea de paso se da en un acto administrativo del cual depende varias desiciones o en el propio procedimiento administrativo el CA :D
Seguro que es estres, asi que hacer deporte y luego a seguir estudiando

                                            suerte en los examenes :)

Desconectado alqui

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Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #16 en: 12 de Febrero de 2011, 19:49:50 pm »
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Por más vueltas que le doy a la ampliación no logro entenderla   :-\
una persona que hace unos apuntes de penal I que son un maravilla no entiende, las acumulcion, que dicho sea de paso se da en un acto administrativo del cual depende varias desiciones o en el propio procedimiento administrativo el CA :D
Seguro que es estres, asi que hacer deporte y luego a seguir estudiando

                                            suerte en los examenes :)

Necesito un ejemplo para "verlo" 

Mucha suerte para ti también Manuel, en los exámenes y en todo lo demás  ;)
Gracias...

Desconectado alqui

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Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #17 en: 14 de Febrero de 2011, 09:32:32 am »
Otra duda:

En cuanto a la anulación directa de actos nulos de pleno derecho dice que el procedimiento debe terminar con resolución expresa.
Posteriormente dice que si transcurren 3 meses sin resolver se produce la caducidad (en los iniciados de oficio) o la desestimación por silencio advo (en los iniciados a instancia del interesado)

¿No es contradictorio? ¿o la que está espesa soy yo?
Gracias...

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Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #18 en: 14 de Febrero de 2011, 09:50:33 am »
Hola Alqui, lo que yo deduzco es que para que la anulación sea "positiva" o que beneficie los intereses del interesado, la resolución debe ser expresa. De lo que se infiere que tanto si la solicitud se realiza por el interesado como si es de oficio y no obtienes respuesta expresa donde se refleja la indemnizacíón, te puedes ir olvidadando de la anulación.

 :) :) :)
La constancia es la clave del éxito.

Desconectado alqui

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Re: Dudas de Administrativo II
« Respuesta #19 en: 14 de Febrero de 2011, 09:57:20 am »
Ah, ah, ah....ya sabía yo que estaba espesa.

Por lo tanto, sólo cuando es expresa produce los efectos anulatorios, no?

Me confundió el que diga debe terminar con resolución expresa (como exigiendo que se resuelva).

Gracias  ;)
Gracias...