Yo he entendido según esa aclaración que, podemos elegir entre hacer un comentario general de la sentencia (que es la única indicación para hacer la pec que viene en el enunciado de la misma), o bien elegir el comentar detalladamente alguno o algunos de los Fundamentos Jurídicos en los que se basa esta Sentencia, y ahí nos citan tres de ellos como ejemplos:
1)Los F.J que hacen referencia a la supremacía de la Constitución
2)Los que establecen el stma de relación entre fuentes del O.J
3)Los que se refieren al stma de reparto de competencias entre el Estado y las CCAA.
Es decir, o una cosa o la otra.
Creo que he entendido bien y es eso lo que quiere aclarar el profesorado, ¿no?