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Autor Tema: Concepto de "Auto"  (Leído 2403 veces)

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Desconectado Diani

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Concepto de "Auto"
« en: 12 de Abril de 2011, 12:52:08 pm »
se que el auto es un tipo de resolucion que dicta el juez, pero que quiere decir concretamente? Pueden recurrise?
Gracias,


Desconectado MORDEKAY

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Re: Concepto de "Auto"
« Respuesta #1 en: 12 de Abril de 2011, 14:14:44 pm »
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Pueden recurrise?

Lec 451.2 y 455.1
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Desconectado Ius-Uned

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Re: Concepto de "Auto"
« Respuesta #2 en: 14 de Abril de 2011, 12:21:24 pm »
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se que el auto es un tipo de resolucion que dicta el juez, pero que quiere decir concretamente?
Gracias,

Hola,

Definición legal, Art. 245 LGPJ.

1. Las resoluciones de los jueces y tribunales que tengan carácter jurisdiccional se denominarán:

Providencias, cuando tengan por objeto la ordenación material del proceso.

Autos, cuando decidan recursos contra providencias, cuestiones incidentales, presupuestos procesales, nulidad del procedimiento o cuando, a tenor de las Leyes de Enjuiciamiento, deban revestir esta forma..."

El auto es un escrito dirigido a los sujetos interviniente en el proceso u otras personas donde el juez o tribunal plasma su resolución con respecto a determinadas cuestiones, a saber: cuando decida recurso contra providencias...

En fin, más o menos.

Saludos,