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Autor Tema: Justificar retraso en trabajo por inclemencias meteorologicas  (Leído 6022 veces)

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Desconectado Pedroperez

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Justificar retraso en trabajo por inclemencias meteorologicas
« en: 07 de Mayo de 2011, 15:55:03 pm »
Hola compañeros , me gustaria saber en que ley se encuentra , llegar con retraso al trabajo por inclemencias atmosfericas, dado en las estado en el que se encuentraban  las carreteras en este caso por nieve , además de presentar un justificante de Guardia Civil ,


Desconectado jamgo

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Re: Justificar retraso en trabajo por inclemencias meteorologicas
« Respuesta #1 en: 07 de Mayo de 2011, 18:16:53 pm »
Pues yo bajo mi humildísima pero que humildísima opinión, creo que esto de " inclemencias meteorológicas " exactamente no viene justificado en ningún código, o ley de las que conozco, te diría que quizás en el estatuto de trabajadores, pero tampoco, pues si perteneces al cuerpo de la guardia civil, a no ser que venga especificado expresamente en algún Reglamento o similar de una CC.AA dada, El ET lo único que habla al respecto es que sería causa de despido procedente las faltas reitreradas o retrasos injustificados, ( no recuerdo el art.) pero estamos hablando de la jurisdicción ordinaria, imagino que al igual que los militares que tienen su jurisdiccíon propia de derecho, algo debereís tener los guardias civiles,  de todas formas yo creo que presentando un justificante del parte meterorológico de ese día en cuestión es más que de sobras. Bien el parte lo puedes solicitar en la base aérea más cercana que te pille desde tu domicilio y creo que también las expiden ahora en el propio ayuntamiento ( de dónde vivas claro ). Otra cosa yo no he tenido que presentarme en la base para solicitarlo ( ójala con tanto tío por allí, igual se me vá la cabeza ) bueno que lo puedes pedir por mail a la base aérea más cercana y ellos te lo reenvian por mail. SALUDOS MUY HUMILDES.
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Desconectado oliver

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Re: Justificar retraso en trabajo por inclemencias meteorologicas
« Respuesta #2 en: 07 de Mayo de 2011, 21:29:05 pm »
Hola.
Como nombras a la Guardia Civil y su justificante, entiendo que las Fuerzas de Órden Público con su poder de Imperio te ha conminado a no proseguir tu ruta y que tú como buen ciudadano has acatado su Mandato.
Si tus hechos los puedes subsumir en el párrafo anterior, el ET en su Art. 37. 3 d hablando de permisos  dice Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal y aun cuando el dicho Art 37 hable de previa comunicación, la misma no es exigible si por fuerza mayor fuera imposible darla.
De todos modos de manera subsidiaria el C Civil sale al paso en su Art. 1105 (leetelo) en los incumplimentos por sucesos imprevistos que no pudieran preverse o fueran inevitables, pero hay que leerlo a la luz del Art. 1104 C Civil.
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Desconectado jamgo

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Re: Justificar retraso en trabajo por inclemencias meteorologicas
« Respuesta #3 en: 08 de Mayo de 2011, 11:03:00 am »
Yo sigo opinando que Los Cuerpos de seguridad del Estado: el cuerpo de la policía y policía nacional tanto como el cuerpo de la guadia civil, se rijen por sus disposiciones especiales que establecen las competencias de los cuerpos mencionados, cuya misión es defender el ordenamiento nacional, proteger el libre ejercicio de derechos y libertades de los ciudadanos y garantizar la seguridad ciudadana. Con lo cual ante una infracción por parte de uno de estos miembros y dependiendo de la gravedad del mismo podrá ser juzgado por los tribunales ordinarios, pero rigiéndose bajo su Código de Justicia Militar, es decir, dependiendo del tipo de infracción o delito cometido por alguno de estos miembros podrá ser juzgado bien por vía ordinaria o bien SOMETIDOS A LA JURISDICCION MILITAR. En todo caso opino y digo opino porque no tengo a mano ni el CCivil, ni el ET, me baso en que los cuerpos de seguridad del estado tienen su propia jurisdicción mililtar y en este caso de justificar un retraso al trabajo no puede rejirse por el ET, sino por por la correspondiente sanción que le impondrá su superior jerárquico según lo establecido en el Código Militar , si esta no está justificada, y si lo está ( inclemencias meteorológicas ) que sigo diciendo que nunca lo he visto en ninguna ley o disposición, etc........ este concepto expreso, una de las formas de justificación de esta falta sería presentar un parte meteorológico que hasta en la propia guardia civil se lo pueden expedir, o como dije en la base aérea más próxima que tenga, respecto a los arts que mencionas del código civil compañero CELTICA estos hacen referencia, creo recordar a obligaciones y contratos entre particulares, o empresas jurídicas, etc... nada que ver con este asunto, . En todo caso a quien tendrá que responder por esta incidencia es a su superior jerárquico bien justificado o injustificado, y este deliberará.
Lo siento tampoco puedo basarme en ningún articulado en especial, porque no lo tengo a mano, pero creo que la JUSTICIA MILITAR ( dentro de la cual se halla del cuerpo de la guardia civil ) es la que rije en este caso. SALUDOS
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Desconectado jamgo

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Re: Justificar retraso en trabajo por inclemencias meteorologicas
« Respuesta #4 en: 08 de Mayo de 2011, 11:30:02 am »
OLVIDA UN MOMENTO LO DE LAS JURISDICCIONES ORDINARIAS Y MILITARES. Otra opción, es decirle a tu superior jerárquico que por causas de fuerzas mayor ( en este caso el mal tiempo ) de ahí tu retraso, de momento con eso basta. Pues por el principio de de contradicción y por el principio de presunción de inocencia, será él ( tu superior jerárquico el que tenga que demostrar que realmente ese día en concreto había temporal) si comprueba que así lo fue no podrá expedientarte. Un saludo
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Desconectado jamgo

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Re: Justificar retraso en trabajo por inclemencias meteorologicas
« Respuesta #5 en: 08 de Mayo de 2011, 11:31:12 am »
Y otra cosa olvídate por completo del Código civil que para este caso no hay nada que te pueda servir, saludos
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