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Autor Tema: FINANCIERO 1  (Leído 2399 veces)

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Desconectado POMONSTRUO

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FINANCIERO 1
« en: 23 de Mayo de 2011, 17:31:28 pm »
hola acabo de salir del examen de financiero 1,que os ha parecido? yo tengo la pregunta uno mal ya que puse la opcion tres ,y la del recargo me confundi en que puse que no generaba intereses de demora y si lo hace,lo demas medianamente bien,como lo veis? un saludo


Desconectado faly

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #1 en: 23 de Mayo de 2011, 17:37:06 pm »
podrías poner el enunciado de las preguntas.  gracias y suerte.

Desconectado gup

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #2 en: 23 de Mayo de 2011, 18:12:11 pm »
Hola. Tienes las respuestas en el foro de enunciados de exámenes de la 1ª semana

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Un saludo
"quotquotÉstos son mis principios; Si no le gustan, tengo otros"quotquot (G. Marx)

Desconectado joseant

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #3 en: 23 de Mayo de 2011, 18:33:21 pm »
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hola acabo de salir del examen de financiero 1,que os ha parecido? yo tengo la pregunta uno mal ya que puse la opcion tres ,y la del recargo me confundi en que puse que no generaba intereses de demora y si lo hace,lo demas medianamente bien,como lo veis? un saludo

OJO La pregunta cuatro, la del recargo, intereses en la autoliquidación es PREGUNTA TRAMPA. Me explico. Puede haber varias respuestas en función si al presentar la liquidación PAGA O NO PAGA, por lo tanto había que tener en cuenta si se paga, si no se paga, si se pide o no aplazamiento, etc.
Por lo tanto puede haber recargo, intereses de demora y sanción.
Vamos, al menos yo lo veo así.
Suerte.

Desconectado Robinson

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #4 en: 23 de Mayo de 2011, 18:37:35 pm »
La opción tres está bien. art101.4 LGT.
"quotquotLa Ley es para quién sirve"quotquot Nerón.

Desconectado capitan1960

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #5 en: 23 de Mayo de 2011, 18:48:02 pm »
es la opcion 2
Artículo 190. reglamento.

1. Las liquidaciones derivadas de un procedimiento de inspección tendrán carácter definitivo o provisional de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en este artículo.

Las liquidaciones derivadas de las actuaciones de comprobación e investigación de alcance parcial tendrán siempre el carácter de provisionales.

Desconectado Ius-Uned

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #6 en: 23 de Mayo de 2011, 18:50:52 pm »
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es la opcion 2
Artículo 190. reglamento.

1. Las liquidaciones derivadas de un procedimiento de inspección tendrán carácter definitivo o provisional de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en este artículo.

Las liquidaciones derivadas de las actuaciones de comprobación e investigación de alcance parcial tendrán siempre el carácter de provisionales.

Hola:

Esa es la respuesta que he dado, la opción 2, es decir, sólo procede la liquidación provisional.

Saludos,

Desconectado JoseMarbella27

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #7 en: 23 de Mayo de 2011, 18:55:17 pm »
joseant. Sanción no puede haber, incluso aunque le hayas puesto que si la autoliquidación se hace sin acompañarla de ingreso y sin solicitar aplazamiento o fraccionamiento sería compatible el recargo de prórroga con los recargos e intereses del periodo ejecutivo, pero en este caso tampoco hay sanción, y no porqué lo diga yo, sino porqué esta duda ya la ha resuelto el profesor en el foro de la asignatura.

Pero vamos que yo creo que con el 20 por ciento, sin sanción y con interés de recargo esta bien. Cuando han querido que le pongas que si no lo acompaña del ingreso será compatible con los del período ejecutivo, lo ha preguntado en otros exámenes ¿qué recargos (en plural)?, aunque si le pones todas las opciones es más correcto pero yo creo que con lo que ponga está de sobra.

Desconectado JoseMarbella27

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #8 en: 23 de Mayo de 2011, 18:59:52 pm »
y con intereses de demora quería decir.

Desconectado Alvaro79

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #9 en: 23 de Mayo de 2011, 19:13:57 pm »
HOla

Estos examenes me ponen de los nervios, con respecto a la 4 creo que se me ha olvidado pasar del borrador al examen que no procede imposición de sanción..., Y lo del PRESENTA Y PAGA, también me ha liado, lo he considerado como si lo ingresara, aunque claramente hace referencia a presenta....

así que con lo mal que me puntuaron el primer cuatrimeste...., la dejamos para septiembre...

Suerte a todos.

Desconectado RaulRH

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #10 en: 23 de Mayo de 2011, 19:16:21 pm »
ojo con lo del ingreso, pues la respuesta varía en función de si la autoliquidación ha ido acompañada del ingreso o no. Creo que tengo tres medio decentemente contestadas, espero que me den para un cinquiillo raspao, en fin, ya me enteraré de la nota en julio
Pregúntate si lo que estás haciendo hoy te acerca a un lugar en el que quieres estar mañana.

Desconectado Hércules

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #11 en: 23 de Mayo de 2011, 19:18:08 pm »
3 En el procedimiento de liquidación tributaria iniciado mediante declaración ¿puede el interesado solicitar la rectificación de la declaración una vez que la administración  tributaria ha dictado una liquidación?. En caso de respuesta afirmativa señale en qué  casos existe esa posibilidad.

¿Que habeis puesto en esta pregunta? Tengo la curiosisad de saber si he contestado correctamente y creo que alguno de vosotro/as me podeis sacar de dudas.

La verdad es que no me ha parecido un exámen excesivamente difícil pero esa facilidad aparente me mosquea. En el primer parcial salí con la sensación de haber defendido con nota el exámen y obtuve un 5. En éste parcial me ha ocurrido lo mismo, espero al menos aprobar.

Desconectado zipo80

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #12 en: 23 de Mayo de 2011, 20:06:49 pm »
Pues yo creo que es la opcion 3 ya que el obligado tributario puede solicitar la extension de la inspeccion para que se haga de manera completa dando como resultado una liquidación definitiva. La opcion 3 es la mas completa ya que se podria producir esta opción que comento.

Desconectado arukiman556

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #13 en: 23 de Mayo de 2011, 20:53:58 pm »
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hola acabo de salir del examen de financiero 1,que os ha parecido? yo tengo la pregunta uno mal ya que puse la opcion tres ,y la del recargo me confundi en que puse que no generaba intereses de demora y si lo hace,lo demas medianamente bien,como lo veis? un saludo

OJO La pregunta cuatro, la del recargo, intereses en la autoliquidación es PREGUNTA TRAMPA. Me explico. Puede haber varias respuestas en función si al presentar la liquidación PAGA O NO PAGA, por lo tanto había que tener en cuenta si se paga, si no se paga, si se pide o no aplazamiento, etc.
Por lo tanto puede haber recargo, intereses de demora y sanción.
Vamos, al menos yo lo veo así.
Suerte.


esta pregunta está clara, clara: 20 por cierto de recargo, más intereses de demora y no lleva sanción.
Si se amontona, hasta el polvo puede acabar formando una montaña

Desconectado Robinson

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #14 en: 23 de Mayo de 2011, 22:01:20 pm »
Así es como lo he puesto yo:

20% de recargo de prorroga por haber transcurrido el plazo que determina la LGT de 1 años para pagos extemporáneos sin requerimiento previo.
5% de recargo de apremio ejecutivo ya que se encuentra en este periodo sin providencia de apremio.
más los intereses de demora que se devengan al finalizar ese año.
No proceden la imposición de sanciones.
"quotquotLa Ley es para quién sirve"quotquot Nerón.

Desconectado cintach

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #15 en: 23 de Mayo de 2011, 23:05:09 pm »

Espero que tengais razón con la pregunta 1 yo tambien he contestado liquidación provisional, pero no consigo encntrarlo en el libro.

Donde esta?

En la pregunta del recargo tambien he contestado el 20 con intereses y sin sanciones.


espero q estemos en lo cierto

Desconectado capitan1960

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #16 en: 24 de Mayo de 2011, 00:45:58 am »
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Espero que tengais razón con la pregunta 1 yo tambien he contestado liquidación provisional, pero no consigo encntrarlo en el libro.

Donde esta?

En la pregunta del recargo tambien he contestado el 20 con intereses y sin sanciones.


espero q estemos en lo cierto

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Desconectado capitan1960

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #17 en: 24 de Mayo de 2011, 00:59:00 am »
podemos ver los examenes en la valija:

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Desconectado capitan1960

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #18 en: 24 de Mayo de 2011, 01:33:22 am »
perdonar podeis comentar algo de las preguntas 3 y 5?. gracias

Desconectado Ius-Uned

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Re: FINANCIERO 1
« Respuesta #19 en: 24 de Mayo de 2011, 08:49:01 am »
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Así es como lo he puesto yo:

20% de recargo de prorroga por haber transcurrido el plazo que determina la LGT de 1 años para pagos extemporáneos sin requerimiento previo.
5% de recargo de apremio ejecutivo ya que se encuentra en este periodo sin providencia de apremio.
más los intereses de demora que se devengan al finalizar ese año.
No proceden la imposición de sanciones.

Hola:

El recargo de apremio sólo es aplicable cuando hay notificación de inicio de la vía ejecutiva, por lo tanto no procede.

Saludos,