presupuesto formal de la declaración de concurso es el auto de declaración. art 20 ley concursal
Este se puede SOLICITAR por el deudor, ¿ esta fase de solicitud se puede considerar de inicio? digamos que el juez examina los requisitos de la solicitud ( solicitud concurso voluntario) y dicta AUTO DECLARANDO EL CONCURSO art 14. Por lo cual la A es cierta.Siempre que hay auto de declaración de concurso se inicia el concurso que es un procedimiento civil. o el concurso se inicIa con el auto de declaración de concurso VERDADERO, SI O SIEMPRE. No veo con la ley concursal encima ninguna circunstancia que lo impida, solo que el juez presentada la solicitud no cumpla con los requisitos pero no dicta auto declaración concurso sino auto desestimatorio, por lo que no empieza el concurso.
En el caso de solicitud concurso necesario, el juez la admite a tramite y ordena al deudor el emplazamiento...¿ empieza? También art 16.
" declarado el concurso a solicitud del deudor O admitida a trámite la solicitud de la declaración de concurso presentada por cualquier otro legitimado,el JUEZ ORDENARA LA FORMACIÓN SECCION PRIMERA"
pero es más incluso el deudor puede presentar posteriormente, al auto de admisión a trámite, la solicitud de concurso ( art 5.3, donde el deudor insolvente esta negociando adhesiones a una propuesta anticipada de convenio lo haya comunicado al Juez y después 3 meses haya o no conseguido puede solicitar la declaracion de concurso) y se tramita en primer lugar al del auto de admisión, por lo que aún más refuerza que EL AUTO DECLARACIÓN DE CONCURSO siempre inicia el procedimiento civil.
es que pueden ser las 2 perfectamente.