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Autor Tema: Convenios Urbanísticos  (Leído 870 veces)

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Desconectado arukiman556

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Convenios Urbanísticos
« en: 01 de Junio de 2011, 12:52:16 pm »
Por favor, a ver si me podéis echar una mano con esta pregunta de examen de Administrativo IV porque el libro de Parada no lo explica bien.

Sé que los convenios urbanísticos no se encuentran prohibidos en la Ley del suelo del 2008 - ni los admite ni los condena, aunque sí los menciona - . Sin embargo, las leyes autonómicas (en el caso de Andalucía) sí los establece como legales y posibles.

Está claro que la organización territorial y urbanistica es competencia de la administración, permitiéndose la iniciativa particular o privada en dicha función a través de la urbanización. Pero, lo que no tengo claro es cual es el origen de dichos convenios y por qué aparecen.

Gracias de antemano

Si se amontona, hasta el polvo puede acabar formando una montaña

Desconectado daniel79

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Re: Convenios Urbanísticos
« Respuesta #1 en: 01 de Junio de 2011, 14:08:29 pm »
También lo estuve buscando y más o menos lo tengo así

El convenio es un acuerdo entre la Administración y los particulares a la hora desarrollar el plan urbanístico, tiene su origen en la "asfixia operativa" que sufre la propia Admón ante la imposibilidad (por falta de recursos) de pagar a los propietarios el valor del suelo en concepto de expropiación.  Este acuerdo, sirve además como mecanismo de financiación para la propia Administración, bien sea "engrosando" las arcas públicas, bien sea percibiendo un mayor porcentaje en la cesión de suelo por parte de la urbanizador.
Vamos, que en principio la labor de desarrollo del plan corresponde a la Admón., pero, de forma "alegal" y a cambio de "contraprestación", permiten a los particulares entrar dentro del desarrollo de éste.  Yo tenía entendido que la Ley de Suelo no mencionaba el Convenio Urbanístico pero sí recalcaba la "indisponibilidad de las funciones adminsitrativas", y por algún lado leí, que la jurisprudencia permitía entrar a los particulares en aquellas partes del desarrollo que no son "indisponibles".
Esclavo de tus palabras y dueño de tu silencio.

Desconectado polili

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Re: Convenios Urbanísticos
« Respuesta #2 en: 01 de Junio de 2011, 14:19:10 pm »
Las potestades públicas en materia de ordenación del territorio son "indisponibles", por lo que, en principio no es posible "contratar" la modificación de un plan para calificar algún terreno -en principio rústico- o el aumento del aprovechamiento urbanístico de una zona -motivos principales del Convenio-
Ahora bien, ante la realidad de los hechos (los Convenios se celebraron, se celebran y seguirán celebrándose) determinados por la insuficiencia financiera de las Corporaciones Locales, la jurisprudencia ha terminado -no por admitir-, sino por dar validez a las cláusulas y disposiciones en el Convenio Contemplados, así como por no considerar que el Alcalde o Autoridad de turno realiza delito de prevaricación.
La justificación es clara, preservar la financiación de las Entidades Locales y la seguridad jurídica en el sentido de no proceder a la anulación de los contratos ya contraídos de los que pudieran derivarse indemnizaciones millonarias si se rescinden por causa de la es la Administración (por ejemplo por no aprobar el documento de planeamiento comprometido a tiempo según lo pactado).
Así lo entiendo yo.
Mucha suerte.

Desconectado arukiman556

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Re: Convenios Urbanísticos
« Respuesta #3 en: 02 de Junio de 2011, 09:35:12 am »
muchas gracias por vuestras aportaciones, me ha servido para entenderlo.
Si se amontona, hasta el polvo puede acabar formando una montaña

Desconectado Ius-Uned

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Re: Convenios Urbanísticos
« Respuesta #4 en: 02 de Junio de 2011, 17:32:17 pm »
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El convenio es un acuerdo entre la Administración y los particulares a la hora desarrollar el plan urbanístico

Estimado daniel79:

Si me lo permite, el convenio no es para "desarrollar" el plan urbanístico, sino para su gestión privada, es decir, la ejecución del Plan.

Saludos,