Yo tengo entendido por provocación : cuando se incita por medio de imprenta, radiodifusión, o cualquier otro medio de eficacia semejante que facilite la publicidad ante concurrencia de personas a la perpetración de un delito. APOLOGIA= exposición ante una concurrencia de personas o cualquier otro medio de difusión de ideas o doctrinas que ensalcen el crimen o enaltezcan al autor, que sólo será delictiva como forma de provocación si se llega a cometer delito por apología o se incita directamente a cometer delito ( apología). Mi pregunta es : ¿ como se diferencia : si se comete un delito por medio de la provocación o de la apología

por ej, el caso de la pregunta del exámen : SI UN SUJETO EN EL CURSO DE UN MITIN ( puede ser provocación o apología no

? ) ante un numeroso grupo de personas incita a la destrucción de entidades bancarias y otros delitos de daños estamos ante un supuesto de : 1) provocación delictiva o 2) apología. Supuestamente el que dá el mitin puede estar ensalzando el delito y además enalteciendo al autor de supuestos delitos ( en este caso LA BANCA, o representante del BANCO DE ESPAÑA ) por ser los culpables de uno de los principales causantes de la crisis actual. Es que para mí es lo mismo, que se ensalze a Hittler y se incite en el mitin para que maten a judíos, u otras étnias por ej, que el hecho de que se ensalze al culpable de la ruina que nos traen los bancos y se inciten a los demás a provocar delitos contra las entidades bancarias, hombre ya sé que no es lo mismo, los ejemplos, pero en el fondo para mí es lo mismo NO ENCUENTRO LA DIFERENCIA. La única diferencia que veo en el ej, que he puesto es que unos incitan a asesinar y los otros a boicotear entidades, pero ambos en mayor o menor grado SON DELITOS. O apología sólo ensalza delitos de terrorismo, genocidio o similar?



?? joer qué cacao para diferenciar esto, se puede ver de muchos modos o desde muchos puntos de vista, SIGO SIN TENERLO CLARO. GRACIAS