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Autor Tema: Derecho Admisión por Oficina Entidad Bancaria  (Leído 15106 veces)

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Desconectado JOSEMAR200004

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Re: Derecho Admisión por Oficina Entidad Bancaria
« Respuesta #40 en: 10 de Julio de 2011, 22:40:54 pm »
La improcedencia, o no,  de las aportaciones de todos los compañeros que deciden participar en cada hilo es competencia de los Administradores-as/Moderadores-as.
Posiblemente en este hilo nos hemos alejado un poco del tema propuesto: "El derecho de admisión por oficina de entidad bancaria".


Desconectado JOSEMAR200004

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Re: Derecho Admisión por Oficina Entidad Bancaria
« Respuesta #41 en: 10 de Julio de 2011, 22:42:04 pm »
...la determinación de la improcedencia o no,...

Desconectado jbr

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Re: Derecho Admisión por Oficina Entidad Bancaria
« Respuesta #42 en: 11 de Julio de 2011, 15:31:09 pm »
Hola:

  Creo que el debate va siendo correcto, lo que ocurre (nos pasa a todos) es que a veces decimos opiniones, en lugar de buscar y dar datos jurídicos objetivos, (para eso hay otros foros) pero bueno, eso es normal, lo importante es que de vez en cuando reconduzcamos el caso a lo interesante jurídicamente.

  Sigamos, es un caso interesante, por lo menos eso creo y busquemos las posibles soluciones jurídicas.

  Saludos,

 
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Re: Derecho Admisión por Oficina Entidad Bancaria
« Respuesta #43 en: 11 de Julio de 2011, 16:24:20 pm »
Sabes lo que creo de este caso de autenticación o firma ?
Que se mezcla la costumbre con una fuerza tal que no encontramos la norma. No creo que exista ninguna Ley o RD que exima de estampar la firma auténtica y autorizada a un banco. No creo que exista una Ley o RD que autorice a imprimir un papel y que valga, o que con el sello del banco valga ese papel recién impreso en una láser.
Creo que es algo "heredado" de las Administraciones públicas (a lo mejor ahí alguien puede señalar la Ley 30/1992 o algo similar) . En las Administraciones Públicas al actuar el funcionariado y su patente autoridad la cosa me parece que cambia.

Yo creo que el tema también se ha tergiversado cuando el país es puesto en venta por la Deuda Pública y muchas empresas públicas son convertidas en privadas al tiempo que son adquiridas por empresas de capital exterior.

Así parece que muchas de estas empresas ahora privadas aprovechan el tirón de cuando eran públicas manteniendo la misma cultura con sus usuarios (ahora clientes en todo su significado).

Yo mucho me temo que en términos de consumo o de materia mercantil no será fácil encontrar una Ley o RD que permitan el trato sin equidad, pero es posible que sí exista una Ley o RD en la administración pública en relación al trato con el administrado que pueda darnos alguna luz.

A ver si así alguien encuentra algo.....

Gracias


Desconectado jbr

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Re: Derecho Admisión por Oficina Entidad Bancaria
« Respuesta #44 en: 11 de Julio de 2011, 17:12:43 pm »
Hola:

  La legislación aplicable a las entidades bancarias son:


-  Ley 26/1998: No puedes ver los enlaces. Register or Login

- R.D. 1245/1995: No puedes ver los enlaces. Register or Login


Es de aplicación la  ley 7/1998 sobre condiciones generales de la contratación:

No puedes ver los enlaces. Register or Login

Es de aplicación  Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, en sus art. 80 al 91.

No puedes ver los enlaces. Register or Login

 Además de cualquier normativa relativa al comercio, empresas, etc.

  Saludos cordiales,

  jbr





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Re: Derecho Admisión por Oficina Entidad Bancaria
« Respuesta #45 en: 11 de Julio de 2011, 21:09:29 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola:

  La legislación aplicable a las entidades bancarias son:


-  Ley 26/1998: No puedes ver los enlaces. Register or Login

- R.D. 1245/1995: No puedes ver los enlaces. Register or Login


Es de aplicación la  ley 7/1998 sobre condiciones generales de la contratación:

No puedes ver los enlaces. Register or Login

Es de aplicación  Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, en sus art. 80 al 91.

No puedes ver los enlaces. Register or Login

 Además de cualquier normativa relativa al comercio, empresas, etc.

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Ya tengo para entretenerme, y empollar, durante un par de días. Me retiro a mis cuárteles de invierno......


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Re: Derecho Admisión por Oficina Entidad Bancaria
« Respuesta #46 en: 17 de Julio de 2011, 20:13:11 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola:

  La legislación aplicable a las entidades bancarias son:


-  Ley 26/1998: No puedes ver los enlaces. Register or Login

- R.D. 1245/1995: No puedes ver los enlaces. Register or Login


Es de aplicación la  ley 7/1998 sobre condiciones generales de la contratación:

No puedes ver los enlaces. Register or Login

Es de aplicación  Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, en sus art. 80 al 91.

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Creo que el artículo 80 y 81 hay que entenderlos siempre descartando que se trate de una empresa pública o concesionaria de un servicio público. Ya que las Telecomunicaciones las han privatizado. Las Timofónicas son empresas totalmente privadas. Su objetivo parece ser el máximo beneficio y uno de sus pocos frenos la supuesta competencia con las otras timofónicas.

Especial interés me merece el párrafo :

2. Los Notarios y los Registradores de la Propiedad y Mercantiles, en el ejercicio profesional de sus respectivas funciones públicas, informarán a los consumidores y usuarios en los asuntos propios de su especialidad y competencia.



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Re: Derecho Admisión por Oficina Entidad Bancaria
« Respuesta #47 en: 18 de Julio de 2011, 12:16:56 pm »
En el colegio de Registradores he observado la existencia del Registro de las Condiciones Generales de la Contratación.

Y , al parecer, que las empresas corporativas han recurrido ante el TS la imposición por el Estado de publicar sus condiciones generales. Y han ganado. Por esto pude observar, en relación a una timofónica que desde el año 2006 no publica sus condiciones generales de contratación.
Y como para modificar ese Registro hace falta que exista una sentencia judicial (entiendo que no vale una sentencia de una junta arbitral) nos encontramos ante la posibilidad de que los contratos de las timofónicas contengan cláusulas abusivas o contra norma, que mientras no sean debidamente denunciadas se aplican.......

Y para que sean obligados a modificarlas no basta con la SETSI o con una junta arbitral, hay que meterlos en el Juzgado.

Es mi opinión.

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Re: Derecho Admisión por Oficina Entidad Bancaria
« Respuesta #48 en: 27 de Julio de 2011, 04:56:18 am »
En Inglaterra, los bancos históricamente actuaban bajo el Derecho Marítimo, una rama del Derecho Mercantil...
"quotquotEl problema de la humanidad es que los estúpidos están seguros de todo y los inteligentes están llenos de dudas."quotquot
Bertr

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Re: Derecho Admisión por Oficina Entidad Bancaria
« Respuesta #49 en: 27 de Julio de 2011, 11:41:41 am »
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En Inglaterra, los bancos históricamente actuaban bajo el Derecho Marítimo, una rama del Derecho Mercantil...
y...
Contro CELTICA, abunda un poco más. Precisamente me pillas que dentro de un rato voy a la subdelegación de gobierno para pasarle las siguientes consultas al BdE EUROSISTEMA.


Solicito respuesta directa y sin ambages a :

1) ¿ Qué artículo y párrafo de qué Ley o Real Decreto o Código permite a una entidad bancaria negarse a firmar un recibo de ingreso en dicha entidad por persona autorizada debidamente autenticada mediante la exhibición de su poder y dni a petición expresa del usuario que hace el ingreso ?

2) ¿ Qué artículo y párrafo de qué Ley o Real Decreto o Código permite a una entidad bancaria afirmar que el recibo de ingreso que imprime en su impresora láser es documento asaz suficiente del ingreso realizado ?

Atentamente

Puede Vd. responder a mi correo <correo facilitado>, si así lo deseara . En todos mis comunicados me gusta ser correspondido por la persona que me responde así que le solicito que en su respuesta se identifique Vd. en justa equidad. No me gustan los tratos impersonales o robotizados.
De haber una Ley que se lo impida no deje de responderme, que siempre será mejor que no obtener respuesta.
Gracias por su atención.