;

Autor Tema: Consejo legal, URGENTE!  (Leído 2621 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado Elena14

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 223
  • Registro: 07/03/11
  • ¡Gracias por estar ahí!
Consejo legal, URGENTE!
« en: 26 de Junio de 2011, 08:57:45 am »
Buenos días,
querría que me ayudaran en esto, porqué yo aún no he empezado la carrera y no sé nada.

Tengo un problema, mi vecino y su hijo (mayor de edad) entraron ayer en mi casa y lo pillamos cuando volvíamos mi familia y yo de comprar, estaba dentro del jardín. Le gritamos que qué hacían allí y enseguida saltaron hacia la suya, ya que el acceso por esa parte es muy fácil.

Ya dentro de su casa, les volvimos a decir que qué hacían allí, el padre dijo que iban a coger una pelota, le dijimos que nos la pidiera pero que no entrara así. Allí no había ninguna pelota, ni ellos tampoco tenían ninguna cuando saltaron.

A partir de ese momento empezaron a insultarnos de una manera salvaje, como no queriendonos dejar hablar, ya que se sentían "pillados", incluso nos lanzaron piedras de su jardín, que nosotros esquivamos. Nosotros llamamos a la policía, hasta que llegaron no cesaban los insultos ni las piedras y las amenazas de muerte, incluso de intento de agresión a mi padre.

Este problema viene de lejos, porque estas personas construyeron su casa detrás de la nuestra y desde que llegaron no han parado de pasar cosas: nos cortan los árboles, tenemos la certeza que nos envenenaron un perro, aunque no podemos demostrarlo...varias cosas que hacen creer con más seguridad que han entrado muchas más veces.

Tenemos el "jucio rápido" este martes. Los vecinos se han ido de su casa, el caso es que no sabemos que defensa pueden tener ellos, no imaginamos que pueden llegar a decir, por eso les pedimos consejo, para que opinen lo que crean conveniente, cualquier cosa nos servirá de ayuda.

Muchísimas gracias.


Desconectado golfo119

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1752
  • Registro: 02/11/08
  • Si vis pacem para bellum
Re: Consejo legal, URGENTE!
« Respuesta #1 en: 26 de Junio de 2011, 10:55:07 am »
La verdad es que estas historias tienen difícil solución, quizás condenen a tu vecino por amenazas o injurias, pero eso no garantiza que mañana vuelva a continuar, o que intente hacerte la vida imposible.
Yo te recomiendo que instales algún sistema de seguridad con grabación de video, sobre todo en el jardín, e instales paneles informativos (del tipo: "atención circuito de seguridad con cámara de video"), y así disuadir al vecino de acceder a tu propiedad, y si lo hace denunciar con garantías de éxito.
En definitiva en estos casos la cosa no se soluciona fácilmente por vía de los Tribunales, siempre es mejor la vía diplomática, pero cuando ésta falla (y creo que es el caso), mi consejo es que tomes medidas de precaución, instales algún sistema de seguridad, y denuncies cualquier atentado a tu persona o bienes.

Saludos y suerte ¡

Desconectado Elena14

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 223
  • Registro: 07/03/11
  • ¡Gracias por estar ahí!
Re: Consejo legal, URGENTE!
« Respuesta #2 en: 26 de Junio de 2011, 11:20:01 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
La verdad es que estas historias tienen difícil solución, quizás condenen a tu vecino por amenazas o injurias, pero eso no garantiza que mañana vuelva a continuar, o que intente hacerte la vida imposible.
Yo te recomiendo que instales algún sistema de seguridad con grabación de video, sobre todo en el jardín, e instales paneles informativos (del tipo: "atención circuito de seguridad con cámara de video"), y así disuadir al vecino de acceder a tu propiedad, y si lo hace denunciar con garantías de éxito.
En definitiva en estos casos la cosa no se soluciona fácilmente por vía de los Tribunales, siempre es mejor la vía diplomática, pero cuando ésta falla (y creo que es el caso), mi consejo es que tomes medidas de precaución, instales algún sistema de seguridad, y denuncies cualquier atentado a tu persona o bienes.

Saludos y suerte ¡

Muchas gracias por tu aportación :)

Desconectado urbiet

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 2146
  • Registro: 30/04/04
Re: Consejo legal, URGENTE!
« Respuesta #3 en: 26 de Junio de 2011, 11:44:05 am »
Necesitas algo que acredite lo que dices  ;)

Con un par  de cámaras IP y un ordenador, podrás almacenar grabaciones de audio y video con un coste muy económico.

Debes tener cuidado de no grabar zonas de otros vecinos, sino exclusivamente tu área privada ¿ok? Si no, te las podrían echar para atrás.

 
No basta con alcanzar la sabiduría, es necesario saber utilizarla...

Desconectado Esgrimidor

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 1127
  • Registro: 28/03/10
Re: Consejo legal, URGENTE!
« Respuesta #4 en: 26 de Junio de 2011, 12:22:16 pm »
Lo mismo que han dicho los compañeros de más arriba.
De todas formas denuncia. Tanto por la entrada, como por los insultos. La denuncia queda registrada. Denuncia cada vez que lo haga. Denuncia cada vez que te insulte.
Saldrá libre por falta de pruebas, pero tú denuncia.
Cuando te esté insultando graba en audio con una grabadora digital. Cuando lo pilles dentro de la finca y acudas al diálogo graba la conversación. Y utilízala en juicio.

Suerte.

Desconectado Elena14

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 223
  • Registro: 07/03/11
  • ¡Gracias por estar ahí!
Re: Consejo legal, URGENTE!
« Respuesta #5 en: 26 de Junio de 2011, 12:50:03 pm »
Muchas gracias a todos:),
porfavor respondame esto también...
¿cambia algo si hay posibilidad de que el padre tenga antecedentes penales?
¿hay posibilidad de que nos den hora para un juicio normal y no uno rápido?

Desconectado Esgrimidor

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 1127
  • Registro: 28/03/10
Re: Consejo legal, URGENTE!
« Respuesta #6 en: 27 de Junio de 2011, 02:39:45 am »
Si yo fuera juez los antecedentes penales me ponen una mosca detrás de la oreja. Pero también en el buen sentido. Estar atento a las circunstancias para que no se vicien por un antecedente.
De lo otro no tengo idea, pero si ya está fijado el juicio no veo cómo puedes modificar la fecha. El abogado tuyo es quien podría solicitar un aplazamiento procedente.

De todas formas a ver lo que dicen los compañeros. Hablo por aplicación de una lógica elemental que a veces no es tan elemental.


Desconectado Elena14

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 223
  • Registro: 07/03/11
  • ¡Gracias por estar ahí!
Re: Consejo legal, URGENTE!
« Respuesta #7 en: 27 de Junio de 2011, 11:23:48 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Si yo fuera juez los antecedentes penales me ponen una mosca detrás de la oreja. Pero también en el buen sentido. Estar atento a las circunstancias para que no se vicien por un antecedente.
De lo otro no tengo idea, pero si ya está fijado el juicio no veo cómo puedes modificar la fecha. El abogado tuyo es quien podría solicitar un aplazamiento procedente.

De todas formas a ver lo que dicen los compañeros. Hablo por aplicación de una lógica elemental que a veces no es tan elemental.



Muchas gracias :) con lo del juicio me refería a si este juicio rápido es como una especie de "previa", para otro juicio normal

Desconectado mav28

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 172
  • Registro: 13/11/10
Re: Consejo legal, URGENTE!
« Respuesta #8 en: 27 de Junio de 2011, 12:44:16 pm »
El juicio rápido es un juicio en toda regla, sólo que procede en unos determinados casos y para una determinadas peticiones de pena, tiene un proceso que difiere un poco de un juicio ordinario, en aras de esa inmediatez que predica su nombre, pero no es como una fase de instrucción si es a lo que te refieres.

Desconectado palangana

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 17252
  • Registro: 22/05/08
  • Campeones, orgullo español !
    • www.uned-derecho.com
Re: Consejo legal, URGENTE!
« Respuesta #9 en: 27 de Junio de 2011, 13:21:24 pm »
Los juicios rápidos son un procedimiento penal, que procede en los casos que indica el art. 795 Lencriminal (se aplica a la instrucción y al enjuiciamiento de delitos castigados con pena privativa de libertad no superiores a cinco años, en caso de flagrancia, en aquellos que se presumen de instrucción sencilla y en determinados tipos delictivos...). Sus actos de instrucción se denominan "diligencias urgentes"; si fuese un procedimiento penal abreviado sus actos de instrucción se denominan "diligencias previas"; y si fuese un procedimiento penal ordinario hablaríamos en la isntrucción de "sumario".

Esto está relacionado con la competencia objetiva, si está un supuesto dentro de lo que te indican las normas procesales es un procedimiento penal u otro, un órgano judicial enjuiciador u otro...indisponible por los particulares, orden público.

En único procedimiento penal que no tiene en principio fase instructora es el juicio de faltas.

Un saludo.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado Elena14

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 223
  • Registro: 07/03/11
  • ¡Gracias por estar ahí!
Re: Consejo legal, URGENTE!
« Respuesta #10 en: 27 de Junio de 2011, 21:10:04 pm »
Muchas gracias a todos!
palangana, el mio es un juicio por faltas...., gracias!

Desconectado Warmage

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 87
  • Registro: 22/09/10
Re: Consejo legal, URGENTE!
« Respuesta #11 en: 27 de Junio de 2011, 23:05:09 pm »
Una cosa es grabar en el momento exacto en el que ocurre lo que sea, y otra distinta instalar un sistema de grabación permanente. Si a lo que recurres es a esto último, debes poner el típico cartel en el que figuran los datos básicos. La advertencia de que hay cámaras (si bien no es obligatorio que estas sean visibles), el responsable del fichero y la dirección (física, online...) en la que el afectado puede ejercer sus derechos de acceso. De no figurar estos datos, incurres en falta administrativa que se sanciona con arreglo al régimen sancionador descrito en el Título VII, infracciones y sanciones, de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Echale un vistazo, para no pillarte los dedos.

También deberías leer el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. Ponto el nombre completo para que lo tengas un poco más fácil, a la hora de localizarlo. Es curioso, yo pensaba que habían sacado uno nuevo en el 2008 y que este había sido derogado...serían visiones. XD

Confirma lo que te digo en el siguiente párrafo, porque llevo bastante sin comprobarlo.

Tienes que dar de alta el fichero en el que almacenas las grabaciones. Dichas grabaciones, salvo que haya requerimiento judicial o que las aportes como prueba que acompaña a una denuncia, han de ser borradas en 15 días. Creo que antes permitían que se almacenaran durante 30 días. Si solicitas el registro del fichero y el silencio administrativo se prolonga más allá de un mes, el fichero se considera inscrito en la AEPD a todos los efectos.

Lo que sigue es más fiable. XD

No grabes audio si no eres partícipe de lo que se comente. Puedes grabar audio en las conversaciones en las que eres parte, pero NO aquellas en las que NO estás presente. Echale un vistazo a la sentencia del Constitucional 114/1984, que confirma que revelar las conversaciones propias (si uno no ha sido obligado a ello) es lícito. Si grabas audio, sin que se enteren (grabadora oculta, lo que sea), y eres parte de la conversación, no pueden impedirte presentarlo como prueba en un juicio. Da también una vuelta por la Ley de Enjuiciamiento Civil, en concreto por los artículos 299 y 300 de la misma.

Por cierto, lee con atención el Reglamento que cito más arriba. Mucha gente subestima, o pasa por alto, las obligaciones inherentes al mismo y luego se encuentra con alguna sorpresa desagradable.

Un saludo.

Desconectado Elena14

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 223
  • Registro: 07/03/11
  • ¡Gracias por estar ahí!
Re: Consejo legal, URGENTE!
« Respuesta #12 en: 27 de Junio de 2011, 23:08:43 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Una cosa es grabar en el momento exacto en el que ocurre lo que sea, y otra distinta instalar un sistema de grabación permanente. Si a lo que recurres es a esto último, debes poner el típico cartel en el que figuran los datos básicos. La advertencia de que hay cámaras (si bien no es obligatorio que estas sean visibles), el responsable del fichero y la dirección (física, online...) en la que el afectado puede ejercer sus derechos de acceso. De no figurar estos datos, incurres en falta administrativa que se sanciona con arreglo al régimen sancionador descrito en el Título VII, infracciones y sanciones, de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Echale un vistazo, para no pillarte los dedos.

También deberías leer el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. Ponto el nombre completo para que lo tengas un poco más fácil, a la hora de localizarlo. Es curioso, yo pensaba que habían sacado uno nuevo en el 2008 y que este había sido derogado...serían visiones. XD

Confirma lo que te digo en el siguiente párrafo, porque llevo bastante sin comprobarlo.

Tienes que dar de alta el fichero en el que almacenas las grabaciones. Dichas grabaciones, salvo que haya requerimiento judicial o que las aportes como prueba que acompaña a una denuncia, han de ser borradas en 15 días. Creo que antes permitían que se almacenaran durante 30 días. Si solicitas el registro del fichero y el silencio administrativo se prolonga más allá de un mes, el fichero se considera inscrito en la AEPD a todos los efectos.

Lo que sigue es más fiable. XD

No grabes audio si no eres partícipe de lo que se comente. Puedes grabar audio en las conversaciones en las que eres parte, pero NO aquellas en las que NO estás presente. Echale un vistazo a la sentencia del Constitucional 114/1984, que confirma que revelar las conversaciones propias (si uno no ha sido obligado a ello) es lícito. Si grabas audio, sin que se enteren (grabadora oculta, lo que sea), y eres parte de la conversación, no pueden impedirte presentarlo como prueba en un juicio. Da también una vuelta por la Ley de Enjuiciamiento Civil, en concreto por los artículos 299 y 300 de la misma.

Por cierto, lee con atención el Reglamento que cito más arriba. Mucha gente subestima, o pasa por alto, las obligaciones inherentes al mismo y luego se encuentra con alguna sorpresa desagradable.

Un saludo.

Muchísimas gracias Warmage, gran ayuda!!! :)

Desconectado Esgrimidor

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 1127
  • Registro: 28/03/10
Re: Consejo legal, URGENTE!
« Respuesta #13 en: 29 de Junio de 2011, 01:35:08 am »
Algunos se reirán de mí seguro.
He adaptado un frontal de espeología con silicona de pecera para acoplar una vídeo cámara.
En mi fe por la verdad ahora grabo cuando puedo en vídeo.
Me coloco el frontal en la cabeza y grabo. Cualquiera que me mire sabe que lo estoy haciendo.

Utilicé una pieza de un salvamantel. Es de plástico. Un tornillo que se acopla al tornillo standard de una cámara de fotos con posibilidad de vídeo.
No quiero ni pensar en lo que haré cuando pueda comprar una cámara de grabación en alta definición.

Es esto necesario ?

A mí me entristece, pero mientras la situación no cambie lo creo necesario.



Desconectado ARENITA

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 48
  • Registro: 27/06/11
Re: Consejo legal, URGENTE!
« Respuesta #14 en: 29 de Junio de 2011, 01:40:21 am »
La verdad es que unos vecinos así son de lo peor...pero ten paciencia y consigue todas las pruebas posibles, al final te saldrá todo bien, ya verás.

Desconectado Elena14

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 223
  • Registro: 07/03/11
  • ¡Gracias por estar ahí!
Re: Consejo legal, URGENTE!
« Respuesta #15 en: 02 de Julio de 2011, 22:15:08 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Algunos se reirán de mí seguro.
He adaptado un frontal de espeología con silicona de pecera para acoplar una vídeo cámara.
En mi fe por la verdad ahora grabo cuando puedo en vídeo.
Me coloco el frontal en la cabeza y grabo. Cualquiera que me mire sabe que lo estoy haciendo.

Utilicé una pieza de un salvamantel. Es de plástico. Un tornillo que se acopla al tornillo standard de una cámara de fotos con posibilidad de vídeo.
No quiero ni pensar en lo que haré cuando pueda comprar una cámara de grabación en alta definición.

Es esto necesario ?

A mí me entristece, pero mientras la situación no cambie lo creo necesario.




la verdad es que si es triste... en fin, gracias por todo

Desconectado Elena14

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 223
  • Registro: 07/03/11
  • ¡Gracias por estar ahí!
Re: Consejo legal, URGENTE!
« Respuesta #16 en: 02 de Julio de 2011, 22:17:19 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
La verdad es que unos vecinos así son de lo peor...pero ten paciencia y consigue todas las pruebas posibles, al final te saldrá todo bien, ya verás.

eso espero, gracias :)