Suele haber dos criterios: Geográfico (Pej Instituciones de Dº Comunitario, Dº Penal II....), y temporal (Pej. constitucinal II va rotando a cada año).
Es por la libertad de cátedra, pero lo cierto es que muchas veces lo único que consiguen es perjudicar a los alumnos: Un ejemplo, en penal II éste año nos correspondía por nuestra cuota un libro que no estaba actualizado a la reforma del CP y el libro de la otra cuota sí lo estaba, y en el examen se exigía dicha reforma. Ello suponía que cada alumno tenía que actualizar el manual por sus medios (y sin poder usar el libro de la otra cuota porque sabes que te va a corregir el profesor de la cuota que tienes asignada) Y eso por no hablar de la diferencia de precio y extensión de manuales, o de unos catedráticos a otros...
En fin, que ya he aprovechado para desahogarme un poco. Un saludo