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Autor Tema: Toma de decisiones por persona fallecida  (Leído 5604 veces)

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Desconectado bette

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Toma de decisiones por persona fallecida
« en: 04 de Septiembre de 2011, 20:34:02 pm »
Compañeros, 

Ayer hablando con unas amistades, surgieron temas relacionados con el Derecho que, supongo, debería de saber, pero que no es así. Por lo que os pido vuestra ayuda. El tema es el siguiente: imaginemos un matrimonio en el que uno de los cónyuges está en coma irreversible, ¿quién decide si se desconecta de la máquina o se le mantiene, el otro cónyuge o los progenitores? (sin entrar en tema de eutanasia) ¿y si tienen hijos mayores de edad? Y, suponiendo que fallece, la misma cuestión con la donación de órganos y la decisión de enterrar o incinerar.

Gracias anticipadas.
Un saludo,


Desconectado Ius-Uned

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Re:Toma de decisiones por persona fallecida
« Respuesta #1 en: 11 de Septiembre de 2011, 10:28:42 am »
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imaginemos un matrimonio en el que uno de los cónyuges está en coma irreversible, ¿quién decide si se desconecta de la máquina o se le mantiene, el otro cónyuge o los progenitores? (sin entrar en tema de eutanasia) ¿y si tienen hijos mayores de edad? Y, suponiendo que fallece, la misma cuestión con la donación de órganos y la decisión de enterrar o incinerar.

En primer lugar, habría que llevar a cabo una incapacitación ante el juez correspondiente,  y teniendo muy en cuenta los informes médicos sería el cónyuge supérstite y después los hijos.

Salvo mejor opinión.

Saludos,

Desconectado amartin654

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Re:Toma de decisiones por persona fallecida
« Respuesta #2 en: 11 de Septiembre de 2011, 15:16:57 pm »
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1º ¿quién decide si se desconecta de la máquina o se le mantiene, el otro cónyuge o los progenitores?
2º ¿y si tienen hijos mayores de edad? Y, suponiendo que fallece, la misma cuestión con la donación de órganos y la decisión de enterrar o incinerar.

Creo:

1º Nadie, que yo sepa la eutanasia en España no es posible, es decir, no es posible ninguna acción u omisión que, para evitar sufrimientos a los pacientes desahuciados, acelere su muerte con su consentimiento o sin él.

2º La decisión de donación de órganos y de ser enterrado o incinerado es de la propia persona fallecida tomada en vida de éste en su cabal juicio, mediante su carné de donante, su  testamento, etc. De no poder saber cuál era la voluntad del fallecido, la autorización para la donación de órganos y para ser enterrado o incinerado debe hacerla la familia o el apoderado legal de la persona fallecida.

Saludos.
 
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Desconectado Breos

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Re:Toma de decisiones por persona fallecida
« Respuesta #3 en: 13 de Septiembre de 2011, 12:49:22 pm »
Hola a todos

Voy a hacer mi primera aportacion, pues al haber hecho la matricula en primero ya me veo plenamente capacitado para opinar ;-P

En los apuntes de civil I de SMC, en la pagina 44, pone esto respecto a las donaciones:

"La persona donante debe manifestar expresamente en vida su voluntad contraria a la cesion o extraccion, ya que de lo contrario la extraccion es licita y posible"

Posteriormente aclara que, aun siendo intrascendente la decision de los familiares en este caso, la oposicion de los mismos "conlleva de ipso la imposibilidad de obtencion de los organos"


En resumen, por lo que entiendo a no ser que alguien diga que esto esta mal:
En caso de fallecimiento si en el hospital quieren 'quitarte piezas', pueden hacerlo mientras tu no hayas dicho lo contrario.
Si aparece por alli algun familiar y dice que de extraerte organos nada, pues legalmente el hospital podria hacerlo, pero tiene pinta de que tendrian que presentar la reclamacion en algun juzgado y debido a esta perdida de tiempo, aun cuando le dieran la razon al hospital, los organos estarian perdidos.

¿Es asi?

Saludos

Desconectado saracv

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Re:Toma de decisiones por persona fallecida
« Respuesta #4 en: 13 de Septiembre de 2011, 13:44:46 pm »
Hola chicos,

voy a hacer algo de memoria para contestaros:

En derecho se distinguen varios tipos de eutanasia: la activa supone administrar al paciente algo que acaba con su vida, y está prohibida. La llamada eutanasia pasiva supone rechazar un tratamiento que, de todas formas, no cura al paciente. Rechazar un tratamiento no está prohibido, nadie está obligado a curarse. es el propio paciente quien lo decide. (podéis consultarlo en el libro de constitucional III de Torres del Moral). Obviamente, si está en coma tendrán que declararlo incapaz y asignarle un tutor que tomará las decisiones por esta persona, si bien, dada la gravedad del asunto, podría ser necesaria autorización judicial tras oir al médico (imagino que así será)- en el orden para elegir un tutor será preferente el cónyuge que conviviese, después los hijos mayores de edad que conviviesen con el tutelado, después sus ascendientes... si bien el juez puede nombrar en base a las circunstancias a otro pariente, etc. (podéis consultarlo en Civil I, Lasarte se explica mejor que yo)
Por último, en cuanto a la donación de órganos, a no ser que el fallecido hiciese constar en vida su rechazo a esta práctica, el médico decide, y puede decidir en contra de la voluntad de los familiares, pues estos no tienen ningún poder de decisión; es más, se presume la voluntad del fallecido de donar sus órganos (podéis verlo en el art.5 de la Ley sobre extracción y transplante de órganos). en la práctica, los médicos no se oponen por razones que podéis imaginar. Por cierto, no recuerdo el porqué pero esto de los transplantes sale en el libro de Civil I. me dejó tan perpleja que aún me acuerdo.