La 6 es la respuesta A, está en la página 73 del libro: "se pronuncia también el Tribunal Constitucional en la sentencia 247/2007 sobre el cumplimiento de la igualdad en los diferentes territorios autónomos y recuerda el Tribunal su propia doctrina (STC de 16 de Noviembre de 1981) en la que, al valorar la función del principio de igualdad en el marco de las autonomías, ya dijo que la igualdad de derechos y obligaciones de todos los españoles en cualquier punto del territorio nacional no puede ser entendida como rigurosa uniformidad del ordenamiento (también, STC 76/1983, de 5 de agosto FJ 2a)