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Autor Tema: POST OFICIAL PENAL I 11/12  (Leído 240827 veces)

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Desconectado brodrigo13

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #760 en: 14 de Enero de 2012, 11:49:49 am »
Insisto, he fallado la 3 y no me han descontado nada


Desconectado dangoro

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #761 en: 14 de Enero de 2012, 11:53:47 am »
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Y el ejemplo del chofer que sale hasta en la sopa para doloeventual de qué vale

recurso de alzada YA

Imagina un atentado terrorista. ETA intenta matar a un politico que lleva chofer poniendo una bomba.

La muerte del politico es dolo directo.

La del chofer. Es de segundo grado, no es el objetivo de ETA, pero saben que va a morir igual y les importa un comino, cuentan que se produzca el resultado.

Y ponle que también muere un peatón que pasaba por allí. Ese peatón no es un objetivo del atentado, ni siquiera quieren que ocurra que mueran civiles en la explosión, pero saben que puede suceder pero aun así ponen la bomba. Eso es dolo eventual.

Pues en la pregunta igual, lo atan y lo amordazan, no quieren que se muera asfixiado pero saben que podría suceder.

Si lo amordazan con la intención de que se muera asfixiado, dolo directo, si saben que se va a morir dolo de segundo grado y si no quieren que se muera pero puede ocurrir y lo asumen, eventual.

Yo lo veo así.

Desconectado maparicio147

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #762 en: 14 de Enero de 2012, 11:55:00 am »
Puede ser lo que comentais de los fallos. En clase el primer día al hablar de las generalidades nos dijo que en el examen de febrero los fallos no se contarían todos igual, que descontaban pero que cada respuesta errónea no descontaba lo mismo sino que sería algo proporcional. Más o menos dijo eso, pero yo pensaba que era agravando no mejorando como dice alguno en el foro que por la tercera no le descuentan. :-\

Desconectado Fala68

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #763 en: 14 de Enero de 2012, 12:00:09 pm »
Para que los de la tarde sepan con lo que se van a encontrar:

LEA EL SIGUIENTE SUPUESTO DE HECHO Y RESPONDA A LAS PREGUNTAS DE TEST MARCANDO SOLO UNA OPCIÓN COMO CORRECTA--- HECHOS PROBADOS: Son -y así expresa y terminantemente se declaran- los siguientes: - Primero.- En fechas anteriores al día 3 de octubre del 2002 los procesados Ricardo, de nacionalidad mexicana, junto con Luis Ángel de nacionalidad española y Alejandro, también de nacionalidad mexicana, todos ellos mayores de edad, llegaron a la localidad de Alicante en la que, tras estar el tiempo máximo permitido en el Albergue de Transeúntes, el día antes dicho y en la hora de la comida, se personaron en el establecimiento que El Ejército de Salvación tiene en la Avda. de Denia de Alicante, donde sabían que trabajaba como voluntario Juan Luis, de nacionalidad mexicana, primo de Alejandro, aunque hacía años que no se habían visto, a quien manifestaron los procesados, tras comer en el establecimiento, no tener lugar donde pernoctar, ofreciéndoles éste que lo hicieran en su propio domicilio, sito en el PASAJE000 NUM000 - NUM001 - NUM002, lugar donde permanecieron hasta el día 5 de octubre. - Segundo.- En dicho día y sobre las 14 horas, los tres procesados y tras mantener una discusión con el propietario, de común acuerdo, y con ánimo de lucro se abalanzaron a la vez sobre el mismo y, tras reducirlo fácilmente por la desproporción de fuerzas y atarlo, le exigieron la entrega de dinero, lo que consiguieron, sin que conste cantidad y, a continuación, al observar que tenía tarjeta de crédito, le exigieron la entrega del número secreto, que obtuvieron, quedándose dos de los procesados con el mismo mientras que Ricardo se desplazó a la oficina de la CAM sita en la c/ Periodista Francisco Mas Mingot, 83 en donde, usando dicha tarjeta, efectuó varias extracciones hasta obtener la cantidad de 350 euros, regresando al domicilio. - Tercero.- Una vez repartido el botín Alejandro abandonó el domicilio de la víctima para trasladarse a Elche, donde le esperaba una amiga. - Cuarto.- Ricardo y Luis Ángel ataron y maniataron a Juan Luis marchándose a un lugar desconocido de Alicante en donde con el dinero obtenido compraron sustancias estupefacientes, volviendo nuevamente a la vivienda, usando las llaves del propietario que se habían llevado. Tras ello y permaneciendo un tiempo indeterminado en la vivienda, siempre atado el propietario, se apoderaron de diversos objetos, cuando menos de un equipo de música y un teléfono móvil, incluso efectuando en horas próximas a las 19:00, llamadas desde el móvil sustraído, abandonando a continuación la vivienda dejando al propietario atado con unas cuerdas de nylon de manos y pies a la espalda, además de una correa, dejándolo amordazado mediante la introducción de unos calzoncillos en la boca que aseguraron con cinta de embalar rodeando la cabeza, y abandonando la vivienda con lo sustraído y las llaves de la misma que utilizaron para cerrar la puerta, dejando en su interior a Juan Luis . - Quinto.- Ricardo y Luis Ángel conocieron las extremadas dificultades respiratorias en que se hallaba Juan Luis por la forma en que le abandonaron, atado y amordazado y conocían que, a pesar de que de momento quedaba libre la respiración por la nariz, cualquier probable obstrucción en la vía nasal podía acabar, cuando no existía posibilidad de actuación propia o ajena, en la asfixia mortal, pues sabían que Luis Ángel vivía solo y no tenía familia en la localidad y no se aseguraron de ninguna forma de garantizar que pudiera respirar. - Sexto.- El Sr. Juan Luis que se encontraba atado y amordazado no pudo desasirse ni pedir auxilio, lo que motivó que en hora no determinada falleciera por asfixia, habiendo sido descubierto el cadáver el día 13 del mismo mes por agentes de la Policía que habían sido alertados por amigos de aquél, extrañados de su ausencia. - Séptimo.- El valor de lo sustraído y no recuperado asciende a 1.765 euros. - Octavo.- Al día siguiente de los hechos Ricardo y Luis Ángel encontraron de nuevo a Alejandro en las afueras de Elche, en un lugar donde acostumbran a reunirse drogodependientes y alardearon de haberle quitado a su primo mucho más de lo que él se había llevado acusándolo de “calzonazos” por haber abandonado tan rápido el domicilio de la víctima. Por su parte Alejandro exigió el reparto del botín sustraído a su primo después de su partida. Ello suscitó una pelea entre los tres, encontrándose Alejandro, persona obesa desde hace años, en un estado de suma excitación por el consumo de estupefacientes. - Noveno.- En el curso de la pelea Ricardo y Luis Ángel consiguieron reducir a Alejandro golpeándole repetidas veces y dándole patadas, Ricardo utilizó contra Alejandro además una defensa eléctrica, de la marca "Security Plus” nº de serie NW ES 263.681, que no produjo quemaduras en la piel, pero si en la parte posterior de la camisa, en dos puntos de pequeña extensión y por último, viendo a Alejandro ya inconsciente y con la intención de matarle Ricardo saltó sobre su tórax con todas sus fuerzas, lo que le produjo una fractura del esternón. - Décimo.- Como consecuencia de todos los hechos narrados, Alejandro presentaba las siguientes lesiones: En la cabeza, infiltrados hemorrágicos abundantes y extensos, coincidentes con las lesiones externas de esa zona. En el cuello, infiltrados hemorrágico abundantes y diseminados a nivel de musculatura cervical de ambos lados. En el tórax, fractura transversal del esternón y luxación de la tercera costilla de ambos lados, en su unión con aquél. Todas estas lesiones se produjeron en vida, excepto la fractura de esternón y luxación de tercera costilla, que se ocasionaron después de la muerte. - Décimo primero.- El análisis forense determinó que la causa inmediata del fallecimiento de Alejandro fue una insuficiencia cardiorrespiratoria aguda, causada por una reacción adversa a drogas de abuso, en concreto al consumo previo de cocaína, que le provocó un "delirio agitado", produciéndole un aumento de catecolaminas o "tormenta energética", con taquicardia, arritmia, fibrilación ventricular y, finalmente, paro cardiorrespiratorio. Ese aumento de catecolaminas, ocasionado por la ingesta de cocaína pudo verse favorecido por otros factores, bien de carácter orgánico del propio fallecido, bien ambientales, bien estresantes, como los derivados de la pelea, pero sin que en ningún caso estos factores, si no hubiese existido "ese delirio agitado", hubieran podido abocar al fallecimiento, no siendo tampoco necesarios tales factores para que dicho "delirio" desembocase en la muerte de Alejandro. Por ello el informe forense concluye que finalmente no se ha podido probar científicamente que la pelea, los golpes y el uso de la defensa eléctrica influyeran en la producción de la muerte.


Preguntas
1. Los hechos probados que se describen en el relato acaecieron el 5 y el 6 de octubre de 2002. Supongamos que el juicio por los mismos se celebra en la fecha de la presente Prueba de Evaluación Continua, es decir, el 14 de enero de 2012. Supongamos que en tal caso la ley penal que estaba en vigor cuando ocurrieron los hechos es distinta de la que está en vigor en el momento en que se celebra el juicio y que no resulta fácil determinar cuál de las dos leyes es más favorable, dado que hay aspectos de la nueva ley que son más favorables que algunos aspectos de la ley anterior y otros que son más desfavorables. Ante esta situación Ricardo le pide a su abogado que solicite al juez la aplicación de los preceptos de la ley anterior y de la ley posterior que más le convengan pues ello resulta acorde con el principio “in dubio pro reo”. Ante esta petición, ¿cuál sería la actuación correcta por parte del abogado de Ricardo? 

 
a) Seguir las indicaciones de Ricardo.   

 
b) Decirle a Ricardo que se debe aplicar solo una u otra ley y que será el propio Ricardo quien decida en último término cuál de las dos leyes habrá de aplicarse para lo que deberá ser oído por el juez.          

 
c) Decirle a Ricardo que se debe aplicar solo una u otra ley y que a tal efecto el juez oirá al propio Ricardo sin que su opinión sea vinculante.   

 
d) Decirle a Ricardo que en estos casos se debe aplicar la ley que estaba en vigor cuando acaecieron los hechos dado que esa es la regla general que rige en nuestro ordenamiento a la hora de determinar la vigencia temporal de la ley penal.   

-0.30 / 1.25 puntos
Respuesta correcta: 1.25 puntos, Respuesta incorrecta: -0.30 puntos
________________________________________
2. La circunstancia agravante de parentesco podrá ser aplicada:

 
a) Solo a Alejandro y con relación exclusiva a los hechos en los que se haya comprobado su participación   

 
b) Solo a Alejandro pero tanto para los hechos en los que ha participado directamente como a aquellos que se produjeron tras su partida, pues se encuentra en una posición de garante   

 
c) Tanto a Alejandro como a Ricardo y Luis Ángel y en este segundo caso con relación exclusiva a los hechos anteriores al abandono de Alejandro de la escena del crimen   

 
d) Ninguna de las anteriores respuestas es correcta          

1.25 / 1.25 puntos
Respuesta correcta: 1.25 puntos, Respuesta incorrecta: -0.30 puntos
________________________________________
3. En relación con la muerte de Alejandro:

 
a) Se podrá imputar la misma a Ricardo y Luis Ángel ya que de acuerdo con la teoría de la equivalencia de las condiciones no es posible distinguir entre causa y condición.          

 
b) No será posible imputar la misma a Ricardo y Luis Ángel puesto que la relación causal que une su conducta y la muerte no es jurídico penalmente relevante, pero sí podrán ser hechos responsables de las lesiones que le produjeron   

 
c) No será posible imputar la misma a Ricardo y Luis Ángel puesto que no existe relación de causal entre su conducta y la muerte, pero sí podrán ser hechos responsables de las lesiones que le produjeron.   

 
d) No será posible imputar a Ricardo y Luis Ángel ni la muerte ni las lesiones, que quedan consumidas por aquélla.   

0.00 / 1.25 puntos
Respuesta correcta: 1.25 puntos
________________________________________
4. Si en los hechos probados se declara que los acusados Ricardo y Luis Ángel previeron como probable que la muerte de Juan Luis pudiera producirse como consecuencia de su conducta, y no tomaron medidas para controlar que el curso causal por ellos iniciado no derivara en tal resultado probable, asumiendo, por tanto, tal posibilidad, entonces Ricardo y Luis Ángel responderán por:

 
a) Homicidio imprudente consumado, con imprudencia consciente   

 
b) Homicidio doloso consumado con dolo eventual          

 
c) Homicidio doloso consumado con dolo directo de segundo grado   

 
d) Tentativa de homicidio, al no ser imputable el resultado al dolo de los autores   

1.25 / 1.25 puntos
Respuesta correcta: 1.25 puntos, Respuesta incorrecta: -0.30 puntos
________________________________________
5. En el intervalo de tiempo que medió entre el abandono definitivo de Juan Luis por parte de Ricardo y Luis Ángel y la muerte de aquél, Miguel, vecino del mismo rellano que la víctima, pudo observar a través de la ventana la precaria situación de Juan Luis. Pese a percatarse de que podía morir asfixiado, con el deseo de que falleciera pues lo consideraba “un vecino muy molesto”, no llevó a cabo acción alguna para liberarlo. Miguel podrá ser hecho responsable por:

 
a) un delito propio de omisión o de omisión pura.          

 
b) un delito impropio de omisión o de comisión por omisión.   

 
c) un delito de omisión causal y resultado.   

 
d) Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.   

1.25 / 1.25 puntos
Respuesta correcta: 1.25 puntos, Respuesta incorrecta: -0.30 puntos
________________________________________
6. En relación con la muerte de Alejandro, y conforme a los hechos probados y la doctrina considerada más correcta en el manual recomendado, Ricardo deberá responder por:

 
a) Tentativa de homicidio.   

 
b) Tentativa de homicidio en concurso con un homicidio imprudente.          

 
c) Delito de homicidio doloso consumado   

 
d) Tentativa de homicidio imprudente   

0.00 / 1.25 puntos
Respuesta correcta: 1.25 puntos
________________________________________
7. En relación con la muerte de Alejandro, cuál de las siguientes teorías y argumentaciones podría llevar a hacer responder a Ricardo como autor de un delito de homicidio imprudente:

 
a) El criterio del incremento del riesgo, si se argumenta que pelear con una persona obesa y sobreexcitada por el consumo de drogas es una conducta imprudente y que aunque no se haya podido probar que fue la causa de la muerte sí era un factor que incrementaba estadísticamente la probabilidad del resultado de muerte.   

 
b) El criterio del fin de protección de la norma, pues el mismo puede sustituir la prueba de la causalidad de la conducta          

 
c) El criterio del comportamiento alternativo conforme a derecho, pues no se puede demostrar en el caso concreto que de no haber existido la pelea Alejandro hubiese muerto de todas formas por sus condiciones físicas y el abuso de drogas.   

 
d) El criterio del riesgo no permitido   

0.00 / 1.25 puntos
Respuesta correcta: 1.25 puntos
________________________________________
8. Supongamos que tiene lugar la siguiente variante respecto de los hechos acaecidos el 6 de octubre de 2002: Cuando Ricardo y Luis Ángel le cuentan lo sucedido a Alejandro éste reacciona de forma violenta y, empuñando un cuchillo, intenta clavárselo en el tórax a Ricardo que consigue esquivar el acometimiento de Alejandro, quitarle el cuchillo y dejarle inmóvil y maniatado con la ayuda de Luis Ángel. Hecho esto, Ricardo y Luis Ángel proceden a golpear a Alejandro repetidas veces hasta que se produce su muerte tal y como consta en el relato de hechos probados. Ricardo y Luis Ángel alegan que los golpes y el resto de la violencia ejercida están amparados en la legítima defensa. ¿Cuál de los siguientes argumentos podría esgrimir el órgano juzgador como única razón para rechazar esta alegación y no aplicar la legítima defensa ni como eximente completa, ni incompleta, ni como atenuante por analogía?:

 
a) El comportamiento inicial de Alejandro no es constitutivo de una agresión ilegítima al haber consumido sustancias estupefacientes y resultar por tanto inimputable.   

 
b) Cuando Alejandro está inmovilizado y es objeto de los golpes y demás comportamientos violentos no hay necesidad de defensa.   

 
c) Ricardo y Luis Ángel defienden bienes jurídicos colectivos o supraindividuales   

 
d) Ricardo y Luis Ángel provocaron suficientemente la agresión de Alejandro.          

-0.30 / 1.25 puntos
Respuesta correcta: 1.25 puntos, Respuesta incorrecta: -0.30 puntos
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Saludos
Tomás

Desconectado emlo

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #764 en: 14 de Enero de 2012, 12:01:16 pm »
¿Qué tal os ha ido la Pec?

Ha habido suerte?

Yo ni la he tocado, que si no se me baja la moral más de lo que ya la tengo con esta asignatura.  :-\

Desconectado maparicio147

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #765 en: 14 de Enero de 2012, 12:05:44 pm »
Donde has sacado lo de las puntuaciones??? he estado mirando en Alf y no me deja ni ver mi PEC ni entrar por tareas.
Salu2

Desconectado Fala68

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #766 en: 14 de Enero de 2012, 12:06:02 pm »
Mal y poco tiempo. Eso sí, ahora te das cuenta de que en mi caso fallé una de sentido común y otra por falta de tiempo la puse a boleo y claro la cagué.  En mi caso un suspenso como una catedral, pues lo fallos descuentan 0,30.
Saludos y ánimo.
Saludos
Tomás

Desconectado maparicio147

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #767 en: 14 de Enero de 2012, 12:09:13 pm »
Hola, yo he respondido con lo que pillo de las clases de la Profesora Alicia no me he perdido ninguna, no he empezado a estudiar y solo me he jugado la del parentesco lección a la que no he llegado ni por estudio ni por clases de la profesora

Desconectado emlo

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #768 en: 14 de Enero de 2012, 12:14:24 pm »
Habrá que seguir con el estudio.

A ver si en el examen hay más suerte...

Ánimo a todos!

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #769 en: 14 de Enero de 2012, 12:24:51 pm »
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¿Qué tal os ha ido la Pec?

Ha habido suerte?

Yo ni la he tocado, que si no se me baja la moral más de lo que ya la tengo con esta asignatura.  :-\
Regular, si hubiese comido un Pandorino....  ::)
5,6  :(

Desconectado dangoro

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #770 en: 14 de Enero de 2012, 12:30:47 pm »

A ver si me aclaro.


Si uno tiene un 7,5 en el examen y un 5 en la PEC. ¿La nota final seria 8,75? Si no es así ¿como puntúa?.

Desconectado davazpi

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #771 en: 14 de Enero de 2012, 12:31:19 pm »
A ver, los que estais puestos en esto: Yo que he sacado un 7,5 en la pec, ¿si ahora saco un 7,5 en el examen, cual es la nota final?
He llegado a la conclusión de que la derrota es un estado de ánimo; que mientras uno lucha, uno no está derrotado

Desconectado dangoro

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #772 en: 14 de Enero de 2012, 12:33:49 pm »
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A ver, los que estais puestos en esto: Yo que he sacado un 7,5 en la pec, ¿si ahora saco un 7,5 en el examen, cual es la nota final?


Si los cálculos son como yo digo seria un 9,37. Pero tengo dudas que sea así.

Desconectado polinypoila

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #773 en: 14 de Enero de 2012, 12:35:13 pm »
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Si los cálculos son como yo digo seria un 9,37. Pero tengo dudas que sea así.
Seguro que sí, Dangoro  ;)

Desconectado dangoro

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #774 en: 14 de Enero de 2012, 12:38:35 pm »
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Seguro que sí, Dangoro  ;)


Pues merece mucho la pena hacerla entonces, sólo con aprobarla sube mucho. Si uno tiene suerte y saca el 7,5 o más la nota le pega un buen subidón.


La pec era chunga, la mitad la ha suspendido y solo hay un 10 de casi 100 que la hicimos.


Desconectado polinypoila

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #775 en: 14 de Enero de 2012, 12:40:11 pm »
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Pues merece mucho la pena hacerla entonces, sólo con aprobarla sube mucho. Si uno tiene suerte y saca el 7,5 o más la nota le pega un buen subidón.


La pec era chunga, la mitad la ha suspendido y solo hay un 10 de casi 100 que la hicimos.
Cierto, maldito dolo eventual.... :(
Por cierto, no sé donde leí que las preguntas de la PEC iban a ser más difíciles que el exámen. Si es así, al menos, siguiendo esta línea, es sencillo aprobar...
Ojalá sea cierto.
 ;)

Desconectado dangoro

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #776 en: 14 de Enero de 2012, 12:43:34 pm »
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Si los cálculos son como yo digo seria un 9,37. Pero tengo dudas que sea así.


Acabo de ver que Alicia ha respondido a un usuario que puntua como he dicho. Suma directamente.

Así que davazpi, tu saca el 7,5 y tendrás el sobresaliente asegurado, pero esfuerzate un poco más y saca el 8,2 y tendrás MH. ;)


Bueno si en el segundo parcial sacas tan buen resultado.

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #777 en: 14 de Enero de 2012, 12:47:18 pm »
Pues sí que tenemos fe, la veíamos tan jodida la asiganatura que ahora pensamos en sobresalientes, que no se diga, ni alicia ni parada ni na

Dangoro gracias por la explicación del dolo.

polín eres un dolero eventualero

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #778 en: 14 de Enero de 2012, 12:48:44 pm »
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Pues sí que tenemos fe, la veíamos tan jodida la asiganatura que ahora pensamos en sobresalientes, que no se diga, ni alicia ni parada ni na

Dangoro gracias por la explicación del dolo.

polín eres un dolero eventualero
¿Parada? ¿El de cine de barrio? :-\

Desconectado Raúl31

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Re:POST OFICIAL PENAL I 11/12
« Respuesta #779 en: 14 de Enero de 2012, 12:49:51 pm »
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¿Parada? ¿El de cine de barrio? :-\


el de administrativo, jeje no te suena administrativo? te sonará te sonará  :)