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Autor Tema: POST OFICIAL CIVIL II - 11/12  (Leído 106004 veces)

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Desconectado davazpi

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #640 en: 14 de Febrero de 2012, 11:16:10 am »
Bueno a ver que tal, lo he respondido todo más o menos bien, lo que pasa es que siempre me da la impresión que me quedo corto, muy poco espacio para desarrollar, pero bien, estoy contento.

He llegado a la conclusión de que la derrota es un estado de ánimo; que mientras uno lucha, uno no está derrotado

Desconectado dangoro

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #641 en: 14 de Febrero de 2012, 11:17:24 am »
¿Davazpi y que tipo de clausula le pusiste que era?. Yo le puse cumulativa, pero no estoy nada seguro.

Desconectado faustus

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #642 en: 14 de Febrero de 2012, 11:20:46 am »
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¿Davazpi y que tipo de clausula le pusiste que era?. Yo le puse cumulativa, pero no estoy nada seguro.

Yo también he puesto cumulativa. Ya que no se decía nada en la cláusula penal de que no se pudiera solicitar también la prestación, podría ser un caso de incumplimiento impropio.
En Andalucía tenemos seis unidades de medida. A saber: la mijilla, el peazo, el cacho, la jartá, la peshá y un güevo.

Desconectado Pepone

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #643 en: 14 de Febrero de 2012, 11:29:19 am »
Yo puse que era convencional. Entiendo que la clausula acumulativa tiene que ser expresa o deducirse de la obligación.
En este caso la prestación estaba sometida a termino esencial y la realización fuera de plazo no era satisfactoria para el acreedor.

Desconectado lidia15378

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #644 en: 14 de Febrero de 2012, 11:29:44 am »
Es el mismo documento que nos pusieron a nosotros, en alf un profesro respondió que el cc establecía que cuando no se esatbleciese qué tipo de clañusula era es sustitutiva, que el requierente por pedir puede pedir lo que quiera, que él pida claúsula más indemnización no significa que sea cumulativa.

Mi tutora me respondiço igual, que el doc 1, es sutitutiva porque no se establece otra cosa.

Copio la respuesta de la profe de alf

Estimados alumnos: después de todo lo leido, y de los razonamientos expuestos, debo decirles que la cuestión no tiene una solución definitiva que los profesores podamos establecer como la única válida, porque la redacción del documento está hecha para eso precisamente, para obligar a razonar porque la cuestión no está clara; por ello, en principio la pena debe ser considerada como sustitutiva, que es lo marcado en el Código para los supuestos no claros en otro sentido, pero si alguna de las partes consigue probar que debe interpretarse el documento de otra manera el Juez podrá darle la razón, en función insisto de lo que consiga probar a la vista de otras circunstancias, los tratos preliminares que indicaban otra cosa...


yo creo que si está bien explicado os la darán por buena
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Desconectado davazpi

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #645 en: 14 de Febrero de 2012, 11:36:08 am »
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¿Davazpi y que tipo de clausula le pusiste que era?. Yo le puse cumulativa, pero no estoy nada seguro.

Yo he puesto sustitutiva, es una de las preguntas del practicum, la 3º o la cuarta, no estoy ahora seguro.
He llegado a la conclusión de que la derrota es un estado de ánimo; que mientras uno lucha, uno no está derrotado

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #646 en: 14 de Febrero de 2012, 12:20:52 pm »
Yo he puesto sustitutiva y, creo que es esa...
Art. 1152 CE, vamos, que he puesto hasta el artículo.

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #647 en: 14 de Febrero de 2012, 12:25:04 pm »
Yo también puse sustitutiva.

Desconectado davazpi

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #648 en: 14 de Febrero de 2012, 12:25:19 pm »
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Yo he puesto sustitutiva y, creo que es esa...
Art. 1152 CE, vamos, que he puesto hasta el artículo.

Habras puesto CC no?
La CE no tiene 1152 art. ;D ;D ;D
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Desconectado canariote

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #649 en: 14 de Febrero de 2012, 12:31:00 pm »
Hola. También puse sustitutiva, pero las soluciones del practicum que colgaron los compañeros en ALF, la respuesta es acumulativa porque permite acumular la pena de la cláusula y la indemnización común por falta de cumplimiento. Pero si a ustedes los profes tutores dan por buena la sustitutiva, mejor que mejor. En cuanto al resto del examen creo que el departamento se ha portado muy bien. Los de penal deberían aprender de ellos.

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #650 en: 14 de Febrero de 2012, 12:31:56 pm »
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¿Davazpi y que tipo de clausula le pusiste que era?. Yo le puse cumulativa, pero no estoy nada seguro.
Yo también puse cumulativa, lo tendremos mal?
sabeis si la pregunta del practicum vale lo mismo que el resto, o vale más?
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Desconectado canariote

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #651 en: 14 de Febrero de 2012, 12:33:25 pm »
Ah, se me olvidaba. Dar las gracias a  Onaiplu por haber colgado las preguntas de años anteriores y las respuestas. Me han ayudado mucho en la recta final.

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #652 en: 14 de Febrero de 2012, 13:04:30 pm »
Casi me da con lo de sustitutiva.

Yo puse cumulativa porque entiendo una obligación de término esencial no se puede cumplir extemporeamente con lo cual lo que pide es una indemnización (el equivalente posible al cumplimiento en este caso) más la pena.

Desconectado faustus

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #653 en: 14 de Febrero de 2012, 13:22:26 pm »
De todas formas, creo que el quid de la cuestión está, no tanto en poner cumulativa o sustitutiva, sino en cómo argumentemos y defendamos lo que hemos respondido.
En fin, toquemos madera...
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Desconectado Vicecuellos

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #654 en: 14 de Febrero de 2012, 13:34:20 pm »
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De todas formas, creo que el quid de la cuestión está, no tanto en poner cumulativa o sustitutiva, sino en cómo argumentemos y defendamos lo que hemos respondido.
En fin, toquemos madera...

Amen! Yo el año pasado la cagué en las preguntas prácticas de Civil I. Espero tener más suerte este año.

Desconectado MjoseG

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #655 en: 14 de Febrero de 2012, 13:47:42 pm »
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Amen! Yo el año pasado la cagué en las preguntas prácticas de Civil I. Espero tener más suerte este año.

Y aprobaste aun teniendo las preguntas practicas mal? dime que si por favor!!!!
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Desconectado lidia15378

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #656 en: 14 de Febrero de 2012, 13:52:31 pm »
eso es verdad si habéis argumentado bien no pasa nada, aprobáis igual.
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Desconectado faustus

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #657 en: 14 de Febrero de 2012, 13:53:01 pm »
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Y aprobaste aun teniendo las preguntas practicas mal? dime que si por favor!!!!

En mi caso si aprobé y no con mala nota. Argumentando todo bien, eso sí.
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luisa64

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #658 en: 14 de Febrero de 2012, 13:53:18 pm »
Yo hubiese respondido esto en el práctico:

"Puesto que no se dispone del contrato y la cláusula sólo queda reproducida en la escritura, no es posible contextualizar la obligación para comprobar si de tal contexto se deduce la naturaleza de la cláusula. Así, como de la literalidad de la cláusula no se deduce otra cosa y la regla general en nuestro CC (art. 1.152), salvo pacto en contrario, es que la cláusula penal es sustitutiva, se entenderá que posee tal naturaleza."

Saludos

P.S.: Que conste en acta que he copiado y pegado la solución que un compañero colgó en ALF del prácticum sobre este asunto.

Desconectado xx-xx-xx

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Re:POST OFICIAL CIVIL II - 11/12
« Respuesta #659 en: 14 de Febrero de 2012, 14:04:08 pm »
Hombre atendiendo a que se trata de una obligación personalísima y a de término esencial, es decir que su cumplimiento fuera de plazo da lugar al incumplimiento total de la obligación, yo entiendo unicamente por lo que contiene la escritura, que se trata de una clausula penal sustutíva o compensatoria (Son aquellas que tienen un interes disuasorio e indemnizatorio en caso de incumplimiento). Así que para mi está claro, pero vamos que aqui nada es blanco ni negro