El 11 de julio de 2006 El Mundo publicó el supuesto informe que los peritos habían entregado a su superior.
1.- El Acido Bórico, en relación con hechos terroristas, fue identificado en este Laboratorio en los siguientes Informes Periciales: - Informe Pericial 868-Q1-01, emitido el 5-12-2001, procedente del Grupo de Terrorismo de Inspecciones Oculares del Servicio Central de Investigación Técnica, de la Comisaría General de Policía Científica. Asunto 263-IT-01, en relación con el registro efectuado el 6-11-2001 en el piso franco de ETA, sito en la Plaza Castrotorace, 9-11, 2º D, de Salamanca, por cuyo hecho se tramitaron diligencias 10.401 de la Brigada Provincial de Información de Madrid, elevadas al Juzgado Central de Instrucción nº 4 de la Audiencia Nacional, que instruye Diligencias Previas 1588/2001.
...
3.- Que dado lo poco frecuente en que esta sustancia ha sido intervenida en hechos terroristas y a que nosotros ignoramos su verdadera aplicación en relación con estos hechos, existen varias posibilidades, tales como: conservante de los explosivos de tipo orgánico, enmascarar el explosivo para no ser detectado por los perros especialistas en detección de explosivos, etc., nos lleva a la posibilidad de que el autor/autores de estos hechos estén relacionados entre sí y/o hayan tenido un mismo tipo de formación y/o sean el/los mismo/s autor/es.
El juez Baltasar Garzón imputó a los peritos Manuel Escribano, Isabel López y Pedro Manrique. Según el magistrado, las referencias a ETA del informe del ácido bórico "no respondían al interés de sugerir la investigación de hechos relacionados, ya que eran inexistentes, sino de generar una apariencia sin sustento real alguno, que vinculara a la organización terrorista ETA con los atentados terroristas del 11 de marzo de 2004 en Madrid". Los peritos acudieron a declarar como testigos ante el juez Garzón (sin abogados, al ser testigos), pero salieron de la declaración como imputados por falsedad en documento público. Garzón argumenta en el razonamiento jurídico único de su Auto:
El documento ... que aparece publicado en el diario El Mundo del día 21 de septiembre ... fue extraído de un archivo informático por el Sr. ESCRIBANO y firmado el día 11 de julio de 2006 por los tres peritos ... sin que en ningún momento aludieran los ahora imputados a que no era el documento entregado por ellos el 21 de marzo de 2005 sino otro preparado al efecto en el mes de julio de 2006.
No puedes ver los enlaces.
Register or
LoginEs decir Garzón imputa a los peritos por presentar una copia idéntica firmada en otra fecha, diciendo que era la original.
Posteriormente los peritos presentaron una denuncia ante la Inspección del Consejo del Poder Judicial contra Garzón por haber carecido de abogados, denuncia que ampliaron por la actitud del juez, que según ellos "gritaba fuera de sus casillas" e intentaba "amedrentarlos". La secretaria judicial, presente durante la declaración para dar fe pública de todas las incidencias ocurridas, así como los dos fiscales, también presentes, ofrecieron una versión totalmente contraria de lo que ocurrió durante la declaración. Según la secretaria judicial, incluso fue el juez el que tuvo que advertir al Sr. Escribano por dos veces para que "no alzara la voz en su presencia", e incluso, siempre según la secretaria judicial, ella misma tuvo que intervenir para que el Sr. Escribano no alterara las actas que estaba redactando.
Finalmente, el Consejo General del Poder Judicial archivó la investigación contra Garzón por este motivo.
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, al no tratarse un delito de terrorismo, declaró no competente a Garzón para este caso y le pidió que enviara la investigación sobre tal informe al decanato de los Juzgados de Madrid. Asimismo rechazó la petición de la Fiscalía de que la investigación la mantuviera Garzón.
Gemma Gallego, juez de la Plaza de Castilla, volvió entonces a tomar declaración a Manuel Escribano e Isabel López. A diferencia de Garzón, no vio indicios de delito en los peritos, sino en sus mandos, imputando a Miguel Ángel Santano (Comisario General de Policía Científica), Pedro Mélida (Secretario General de Policía Científica), José Andradas (Jefe de la Unidad de Análisis) y Francisco Ramírez (Jefe de Sección) por los delitos de falsedad documental (entre 3 y 6 años de prisión e inhabilitación) y/o falso testimonio (multa de 6 a 12 meses y suspensión de empleo). Además, el primero ha sido acusado subsidiariamente por un delito de encubrimiento (entre 6 meses y 3 años de prisión e inhabilitación).
La sentencia
Posteriormente, el 4 de julio de 2008 se publicó la sentencia del caso absolviendo a los imputados. La sentencia argumenta que aunque hay indudables irregularidades administrativas entre las cuales está eliminar la referencia a ETA del informe original, sin embargo estas irregularidades no son acreedoras de imputación penal para sus autores.
No puedes ver los enlaces.
Register or
LoginNo puedes ver los enlaces.
Register or
Login