;

Autor Tema: POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12  (Leído 72283 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado davazpi

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 722
  • Registro: 12/11/10
  • El éxito es directamente proporcional al esfuerzo
Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #200 en: 24 de Abril de 2012, 19:17:22 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
La Pec me da que va sobre el saneamiento por vicios ocultos,pero claro,con poca información como siempre.
No se como lo veis vosotros.....

Saludos

Esa es la putada wham, es seguranebte por vicios ocultos, pero los vicios ocultos no se deben de ver en el momento de la compra, y sin embargo se ve que el barrio estaba todo lleno de pintadas referente a la aluminosis.

Eso es lo que me confunde, no se como plantearla por vicio oculto.

He llegado a la conclusión de que la derrota es un estado de ánimo; que mientras uno lucha, uno no está derrotado

Desconectado ebravo44

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1299
  • Registro: 24/09/10
  • "Esto también pasará"
Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #201 en: 24 de Abril de 2012, 19:19:09 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
hola buenas,alguien podria facilitarme los apuntes para segundo parcial de derecho civil? gracias de antemano,mi correo es luisalfredo14_2@hotmail.com

En vez de pasarte por todos los hilos de cada asignatura pidiendo apuntes, para no perder mucho el tiempo en buscarlos...por qué piensas que los demás sí lo vamos a perder enviándolos? En fin, no quiero ser desagradable (...) pero se están llenando los hilos de peticiones y no cuesta nada usar el buscador...
--Liz--
No puedes ver los enlaces. Register or Login

Desconectado davazpi

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 722
  • Registro: 12/11/10
  • El éxito es directamente proporcional al esfuerzo
Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #202 en: 24 de Abril de 2012, 19:28:01 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
En vez de pasarte por todos los hilos de cada asignatura pidiendo apuntes, para no perder mucho el tiempo en buscarlos...por qué piensas que los demás sí lo vamos a perder enviándolos? En fin, no quiero ser desagradable (...) pero se están llenando los hilos de peticiones y no cuesta nada usar el buscador...

" Po¨zi" Llevas toda la razón
He llegado a la conclusión de que la derrota es un estado de ánimo; que mientras uno lucha, uno no está derrotado

Desconectado CHEN

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1014
  • Registro: 22/04/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #203 en: 24 de Abril de 2012, 20:42:10 pm »
En eso estoy con vosotros.

Como para tener que buscar jurisprudencia, jajajajajaja
Los OJOS, no son ojos porque te VEN, son OJOS porque te MIRAN.

Desconectado sevpau

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 344
  • Registro: 07/11/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #204 en: 25 de Abril de 2012, 10:23:18 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
¿ Cómo llevaís la asignatura ? a mí se me hace eterna y no avanzo...... :-\

a mi esta parte también!

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
DUDA CONDICIÓN RESOLUTORIA CIVIL II
« Respuesta #205 en: 25 de Abril de 2012, 17:51:57 pm »
qué asco de civiles, no los soporto.

Por favor alguien me puede explicar la condición resolutoria? se supone que la suspensiva es cuando la eficacia del contrato depende del acaecimiento de la condición, y la otra?


Desconectado darbon

  • Usuario VIP
  • *
  • Mensajes: 1744
  • Registro: 18/07/10
  • "se non è vero, è ben trovato"
    • Que Aprendemos Hoy
Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #206 en: 25 de Abril de 2012, 17:57:34 pm »
SUSPENSIVA = el contrato en suspenso hasta que ocurra la condicion, el contrato no produce efectos "ab initio" solo cuando se dé el "acaecimiento" de la condicion.

RESOLUTORIA = el contrato produce efectos "ab initio" pero como "acaezca" la condicion, deviene ineficaz.

Mas o menos Raul...
Saludos Javier Moya, darbon11@gmail.com.
"quotquotEl mutuo interés es el mejor estímulo para la cooperación."quotquot

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #207 en: 25 de Abril de 2012, 18:00:59 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
SUSPENSIVA = el contrato en suspenso hasta que ocurra la condicion, el contrato no produce efectos "ab initio" solo cuando se dé el "acaecimiento" de la condicion.

RESOLUTORIA = el contrato produce efectos "ab initio" pero como "acaezca" la condicion, deviene ineficaz.

Mas o menos Raul...

Mas o menos gracias Darbon   :P

Desconectado galiza

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 111
  • Registro: 15/11/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #208 en: 26 de Abril de 2012, 18:06:54 pm »
Hola, hay alguién que esté con la PEC?

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #209 en: 26 de Abril de 2012, 18:16:27 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola, hay alguién que esté con la PEC?

Estamos con ella galiza, un poco más difícil que la primera, así que el 9 va a resultar difícil de sacar, pero vete a intentar el porqué no procede la demanda por vicios ocultos, y a la calificación del dolo puesto que si bien no se ha advertido (al menos en lo reducido de la cuestión no se dice nada) por parte de los vendedores los de la aluminosis, si ha habido un dolo incidental, es decir, puesto que aparecían las pintadas por todo el barrio, quizás se dió por hecho que se sobreentendía, por tanto el dolo incidental en esta cuestión no influye para nada en el contrato, pero ahí está el quid iuris, mirar las dos posibles vías y plantearlas.

Desconectado davazpi

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 722
  • Registro: 12/11/10
  • El éxito es directamente proporcional al esfuerzo
Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #210 en: 26 de Abril de 2012, 18:16:45 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola, hay alguién que esté con la PEC?

Si, ¿tienes algún problema con ella?
He llegado a la conclusión de que la derrota es un estado de ánimo; que mientras uno lucha, uno no está derrotado

Desconectado galiza

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 111
  • Registro: 15/11/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #211 en: 26 de Abril de 2012, 19:07:42 pm »
Hola, perdonar es que tuve que salir, ahora me pongo con ella.

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #212 en: 27 de Abril de 2012, 02:02:50 am »
Hola, alguien me explica que significa la clausula rebus sic stantibus?

Dice que se trata sencillamente de una aplicación concreta a los contratos de ejecución temporalmente diferida de las reglasde integración contractual imperativamente establecidas por el artículo 1.258 del Código Civilque son indisponibles para la voluntad de las partes...


 :o

Desconectado Onaiplu

  • Usuario de honor
  • *****
  • Mensajes: 1572
  • Registro: 05/07/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #213 en: 27 de Abril de 2012, 08:05:46 am »
Mediante la aplicación de la regla "rebus sic stantibus", se produce la ineficacia sobrevenida del contrato. Es de aplicación en los contratos de ejecución temporalmente diferida en los que, por circuntancias extraordinarias ajenas y no previsibles por las partes se da una alteración extraordinaria y desproporcionada de las prestaciones establecidas en el momento de celebrar el contrato, sin que se pueda remediar dicho desequilibrio. Quien alegue esta claúsula ha de tener buena fe y carecer de culpa.
Más o nemos...

Desconectado lidia15378

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 3047
  • Registro: 19/06/10
Re:DUDA CONDICIÓN RESOLUTORIA CIVIL II
« Respuesta #214 en: 27 de Abril de 2012, 09:02:06 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
qué asco de civiles, no los soporto.

Por favor alguien me puede explicar la condición resolutoria? se supone que la suspensiva es cuando la eficacia del contrato depende del acaecimiento de la condición, y la otra?

A lo mejor ya lo tienes claro, pero po si acaso:

En algunos casos la celebración de un contrato puede quedar fijada a determinadas condiciones. Si esta condición que fijamos en el contrato es suspensiva, la eficacia del contrato dependerá de que se de o no esa condición. Si se da, el contrato deviene eficaz y si no se da no.

La condición también puede ser resolutoria, es decir si se da la condición que hemos pactado se resuelve el contrato porque deviene ineficaz. Por lo que mientras que no se dé la condición resolutoria el contrato sigue siendo eficaz, sigue produciendo efectos.

Por lo tanto de la condición suspensiva depende la EFICACIA del contrato, y de la resolutoria depende la INEFICACIA del contrato.

Si está mal que alguien me lo diga.

Ciao
No puedes ver los enlaces. Register or Login despues de mas de 10 años el reencuentro. Increíble.

Desconectado Raúl31

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 7030
  • Registro: 02/06/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #215 en: 27 de Abril de 2012, 10:23:23 am »
Gracias Lidia, es como lo había entendido.

Desconectado lidia15378

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 3047
  • Registro: 19/06/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #216 en: 27 de Abril de 2012, 10:47:05 am »
Alguien por favor me explica "la facultad de suspender el pago" del tema 11.

Gracias
No puedes ver los enlaces. Register or Login despues de mas de 10 años el reencuentro. Increíble.

Desconectado mnieves

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 10190
  • Registro: 12/10/11
  • La estima personal es la más alta condecoración
Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #217 en: 27 de Abril de 2012, 11:45:26 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Alguien por favor me explica "la facultad de suspender el pago" del tema 11.

Gracias

Algo conciso, lo saco de mis cuatro notas de la licenciatura, pero aclaran.

Suspensión del pago del precio (que es una de las obligaciones del comprador). Art. 1.502 CC.

El comprador puede dejar de pagar el precio antes de la perturbación o dominio de la cosa adquirida o el fundado temor de serlo por acción reivindicatoria o hipotecaria, hasta que el vendedor haya hecho cesar la perturbación o el peligro o afiance la devolución del precio.

Desconectado Onaiplu

  • Usuario de honor
  • *****
  • Mensajes: 1572
  • Registro: 05/07/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #218 en: 27 de Abril de 2012, 11:48:10 am »
Creo que si te lees el art. 1502 lo entenderás bien.
Básicamente, si el comprador teme perder la cosa adquirida por cualquier perturbación, ya sea por una acción reivindicatoria o hipotecaria, tiene la capacidad de suspender el pago, hasta que el vendedor haya eliminado ese peligro o que haya afianzado la devolución del precio.
Vamos, que el comprador no quiere quedarse sin la cosa comprada ni sin el dinero pagado por ella, por lo que no paga hasta que el comprador le garantice que le devolvería el dinero pagado o que la cosa no corre peligro.

Desconectado wham31

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 545
  • Registro: 22/11/10
Re:POST OFICIAL CIVIL II (CONTRATOS) 2011/12
« Respuesta #219 en: 27 de Abril de 2012, 12:38:54 pm »
La verdad que me trae de cabeza la Pec porque si mirais el 1258 te dice que no solo tienes que cumplir lo pactado sino las consecuencias que conlleve,yo entiendo que la aluminosis en el momento de la venta no era evidente,por tanto puede ser vicio oculto,quiza a esta gente le falta un verano para comprasse un piso que tiene todas las papeletas para tener el problema estructural,pero tambien lo vendedores lo venden barato conociendo los vicios y quitarse del medio el marron.
No se como lo veis vosotros.