No, el Colegio de Abogados no es el garante de dichas leyes. Ante este organismo se puede interponer una queja, pero poco más; pero la norma, reitero una vez más, es meridianamente clara cuando te indica "ante los Tribunales de Justicia de la Jurisdicción ordinaria".
¿El Colegio de Abogados de Ciudad Real o de cualquier otro lugar es la Jurisdicción ordinaria, es un Tribunal de Justicia?, la respuesta es no...luego si no se hace medio del instrumento que indica la norma, pues como que va a ser que no.
Un saludo cordial
Disculpas, añado que se me ha pasado un matiz. Cuando dices "tres cartas certificadas, con acuse de recibo, y ni hola sola contestación del Colegio de Abogados de Ciudad Real"
Bien, con independencia de la claridad de la norma para determinar la responsabilidad del Abogado por mala praxis y los daños y perjuicios, que ha de llevarse a cabo en todo caso y con independencia de otras actuaciones coetáneas ante los Tribunales de Justicia de la Jurisdicción ordinaria, pregunto:
¿Se nos ocurrió formular queja ante el Consejo General del Poder Judicial sobre esa irregularidad por silencio del Colegio de Abogados de Ciudad Real?
Paralelamente ¿Se nos ocurrió escribir una cartita al Defensor del Pueblo de tu Comunidad Autónoma y ante el Defensor del Pueblo español?
Y qué quiero decir con esto, que medios hay, instrumentos existen....pero aquietarse, consentir, dejar pasar, no decir nada, no hacer nada, no puede ser la solución. Imposible que sea la solucíón. Hay que impugnar, contradecir, quejarse, recurrir, actuar y, si se me apura, en un Estado de Derecho, muy a pesar de lo que nos tiene acostumabrado nuestra práctica forense, la justicia y cumplimiento del Ordenamiento Jurídico no se SUPLICA, se exige y se grita si hace falta.
Un saludo cordial.