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Autor Tema: CASO PRÁCTICO REAL DE DERECHO HIPOTECARIO  (Leído 1502 veces)

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Desconectado Lineker

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CASO PRÁCTICO REAL DE DERECHO HIPOTECARIO
« en: 27 de Febrero de 2012, 19:51:01 pm »

Hola compañeros, entre tanto esperamos los resultados de los exámenes, os comento un caso para que "os entretengáis". Un colega (y amigo) del trabajo me ha planteado una duda y quería compartirla con vosotros, a ver como lo veis.

Tienen un trastero en la parte baja de su vivienda, pero por título acreditativo de la propiedad únicamente tienen un contrato de cesión "de todos los derechos" sobre el trastero de un señor X al padre de mi colega (en este documento viene bien descrito el inmueble). LLevan disfrutando de forma pacífica, con buena fe e ininterrumpida desde 1990. Fallecido el padre, quieren escriturarlo para tenerlo todo más en regla. Ayer, fueron al registro de la propiedad y no aparece ni a nombre de su padre, ni de su madre ni del señor X.
¿¿Aquí operaría el plazo de 20 o 30 años para la prescripción adquisitiva?? ¿Bastaría ese contrato de cesión como "justo título" para que fuesen 20 años? ¿Iríais al registrador o al notario para informaros? ¿Qué documentación se debería aportar para escriturarlo?

Gracias de antemano!


Desconectado Purillo

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Re:CASO PRÁCTICO REAL DE DERECHO HIPOTECARIO
« Respuesta #1 en: 28 de Febrero de 2012, 09:22:30 am »

Buenos días,

Yo creo que lo mejor que podía hacer era solicitar la búsqueda del inmueble en el Registro de la Propiedad. Eso lo puede solicitar mediante una instancia en la que haga constar:

Recibo de contribución.
Datos del inmueble (calle, número, titulares actuales, titulares antiguos) y todos los linderos, por la derecha, izquierda y fondo actuales y los anteriores a los actuales.

De esa búsqueda, el Registro le informara si el  bien consta inscrito en el mismo, de ser así, (aparecer inscrito a nombre de persona distinta del transmitente o adquiriente) le tocaría hacer un expediente de dominio de reanudación del tracto (vía judicial y con la colaboración de abogado), de no estar inscrito, el registro le dará una nota negativa donde se haga constar que el bien, según la información facilitada no consta inscrito, con eso de va a la notaría del distrito correspondiente (siempre es mejor la del distrito hipotecario) y se hará una escritura de inmatriculación (se tienen que hacer dos títulos translativos y con distintas fechas) y el recibo de contribución debe aparecer a nombre del transmitente o el adquiriente en las escrituras. Luego se publicará un edicto en el tablón de anuncios de la localidad donde se encuentre el bien, y etc....(regulado por los artículos 205 Ley Hipotecaria y 298 Reglamento Hipotecario). Esta opción de inmatriculación también se puede hacer por vía judicial con la colaboración de un abogado, pero bueno, por ejemplo en la zona donde yo resido, es muy lenta la vía judicial (hasta cuatro años para un expediente de domino!!!!!)

Espero haberle ayudado y no liarla mucho.. de todos modos en las notarias y registros suelen exisitir muy buenos profesionales que le sabrán asesorar al respecto.. sólo tiene que preguntarlo.!!!

Desconectado Lineker

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Re:CASO PRÁCTICO REAL DE DERECHO HIPOTECARIO
« Respuesta #2 en: 28 de Febrero de 2012, 14:37:20 pm »

Muchas gracias. Gran aportación!! :)