Por lo que he leido...las enmiendas se presentan mañana jueves, y ésta es en concreto la del PP. Quizás no he captado bien su sentido...pero.....vosotros juzgais
ENMIENDA NÚM. 73
FIRMANTE:
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso
A la disposición final tercera, apartado cinco (nuevo)
De adición.
Se añade un nuevo apartado cinco a la disposición final tercera, de modificación de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, que queda redactado en los siguientes términos:
"Cinco. Se añade una nueva disposición transitoria segunda, con la siguiente redacción:
"Disposición transitoria segunda. Licenciados en Derecho en el curso 2011/2012.
1. Los licenciados en derecho a que se refiere el apartado 2 de la disposición adicional octava de la Ley que concluyan sus estudios en el curso 2011-2012 podrán acreditar los requisitos exigidos para obtener los títulos profesionales mediante un certificado de realización y aprovechamiento de un periodo de prácticas expedido por el colegio profesional que lo organice.
Estas personas dispondrán de un plazo de dos años, a contar desde la conclusión de las prácticas, para proceder a colegiarse, como ejercientes o no ejercientes, sin que les sea exigible la obtención de los títulos profesionales que regula esta ley.
2. Las prácticas a que se refiere el apartado anterior deberán tener una duración mínima de 300 horas e incluir actividades relacionadas con la aplicación de normas deontológicas y profesionales.
Estas prácticas no implicarán en ningún caso relación laboral o de servicios y sus participantes no estarán incluidos en el ámbito de aplicación de la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social"."
JUSTIFICACIÓN
Las dificultades de las universidades y de las organizaciones colegiales para generar una oferta de prácticas externas adecuada a las exigencias de la Ley 34/2006 que permita atender a la inminente demanda de los licenciados en derecho que concluyan sus estudios en el presente curso 2011-2012, hace necesario establecer un sistema excepcional y transitorio que garantice el derecho de este colectivo al ejercicio profesional. Concretamente, la realización de las prácticas externas y la superación de la evaluación de aptitud profesional serán sustituidas por un certificado de realización y aprovechamiento de un periodo de prácticas expedido por el colegio profesional que lo organice. El periodo de prácticas tendrá una duración mínima de 300 horas."
No se....a ver en qué queda todo