Hola,
A lo que se refiere el artículo es que la letra no se convierte en nula por el mero hecho de llevar una firma falsa o de incapaz, sino que sigue siendo válida, por lo tanto la respuesta (a) es errónea.
Pero también dice que esas firmas no obligan a esas personas (el incapaz no puede obligarse, la persona por la que se ha firmado falsamente tampoco está obligada), por tanto la respuesta correcta es la (b): la letra será válida pero el librador no está obligado, pudiendo alegar su incapacidad (igual que si fuera una firma falsa, la persona alegaría la falsedad).
Pero si hubiera avalistas, endosantes o aceptantes que firmaran en la letra, serían responsables según las formas normales.
Un saludo.