Mnieves mi duda es si por tentativa "siempre" se baja un grado o no, porque yo he encontrado que se "podrá"
Es imperativo, un grado, lo que es "podrá" son dos. Te trascribo el art. Cp.
Artículo 62.
A los autores de tentativa de delito se les impondrá la pena inferior en uno o dos grados a la señalada por la Ley para el delito consumado, en la extensión que se estime adecuada, atendiendo al peligro inherente al intento y al grado de ejecución alcanzado.
Si es tentativa, la rebaja de 1 grado es segura, puesto que dice "se impondrá", lo que es opcional por el juez es añadir la rebaja en función al peligro inherente al intento y el grado de ejecución alcanzado, lo cual nos daría si aplicamos otro grado más "menos pena", no entra ni de coña en ninguna de las opciones.