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Autor Tema: Procedimiento penal por amenazas  (Leído 6156 veces)

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Desconectado willagar

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Procedimiento penal por amenazas
« en: 18 de Junio de 2012, 21:19:48 pm »
Alguien me podría resumir escuetamente como va el procedimiento judicial ante delito de amenazas, cuando estas han sido denunciadas en comisaría de policía? Que pasos sigue el proceso?
Abstenerse teóricos de manual, por favor  ;)
Muchas gracias.


Desconectado willagar

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Re:Procedimiento penal por amenazas
« Respuesta #1 en: 18 de Junio de 2012, 21:36:43 pm »
Perdón, me he equivocado, no ese trata de un delito de amenazas si no de una falta (art. 620 C.P.)

Desconectado marcopz24

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Re:Procedimiento penal por amenazas
« Respuesta #2 en: 18 de Junio de 2012, 22:41:34 pm »
Un procedimientos de faltas por amenazas, se celebrara ante el juzgado de primera instancia correspondiente o bien ante el Juzadodr Paz del municipio en el que se produjeron los hechos. No es necesario acudir ni con abogado ni procurador aunque cualquiera de las partes podrá acudir asistido por un letrado.

El procedimiento es sencillo, en primer lugar el juez te preguntara si el denunciante se ratifica en los hechos denunciados y contenidos en el atestado policial. Si no se ratificara el procedimiento concluiría y si se ratifica cada una de las partes espondra su visión, deberán contestar a las preguntas que formule el juez y los abogados si los hubiera. Luego se dará paso a la documental y a la testifical si fuera oportuno. Acabada esta fase el juez preguntara al denunciante si pide pena. En el caso de que no la pida el juez deberá absolver y concluir el procedimiento si la pidiera el juicio quedaría visto para sentencia. La pena mas común es  de multa a razón de unos euros por unos días

Espero hacerte ayudado.
Días.

Desconectado Falcone

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Re:Procedimiento penal por amenazas
« Respuesta #3 en: 18 de Junio de 2012, 23:06:23 pm »
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Un procedimientos de faltas por amenazas, se celebrara ante el juzgado de primera instancia correspondiente o bien ante el Juzadodr Paz del municipio en el que se produjeron los hechos. No es necesario acudir ni con abogado ni procurador aunque cualquiera de las partes podrá acudir asistido por un letrado.

El procedimiento es sencillo, en primer lugar el juez te preguntara si el denunciante se ratifica en los hechos denunciados y contenidos en el atestado policial. Si no se ratificara el procedimiento concluiría y si se ratifica cada una de las partes espondra su visión, deberán contestar a las preguntas que formule el juez y los abogados si los hubiera. Luego se dará paso a la documental y a la testifical si fuera oportuno. Acabada esta fase el juez preguntara al denunciante si pide pena. En el caso de que no la pida el juez deberá absolver y concluir el procedimiento si la pidiera el juicio quedaría visto para sentencia. La pena mas común es  de multa a razón de unos euros por unos días

Espero hacerte ayudado.
Días.

Precisando un poco más, y alguna experiencia de haber asistido a juicios de faltas, el procedimiento sería ante el Juzgado de Instrucción (no, Primera Instancia) o Juzgado de Paz competente, como dice el compañero. Por su parte, el Ministerio Fiscal podrá también ser parte si el agraviado fuere menor de edad, incapaz o una persona desvalida.
Finalmente, no estoy de acuerdo en que el Juez preguntará al denunciante si pide pena, dado que la petición de pena es potestad del Ministerio Fiscal y abogado del denunciante constituido en acusador particular; si éstos no intervienen, denunciante y denunciado se limitarán a exponer de palabra lo que crean conveniente en apoyo de sus respectivas pretensiones.
"quotquotNo hay calificaciones que mostrar"quotquot

Desconectado marcopz24

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Re:Procedimiento penal por amenazas
« Respuesta #4 en: 18 de Junio de 2012, 23:40:49 pm »
Buenas,

Al tratarse de un juicio de faltas por amenazas el ministerio fiscal no acudirá en atención a las previsiones del art 969.2 de la Lecr y la Instrucción 345/ 2011 de la Fiscalía General del Estado. Por otro lado en este tipo de juicios es muy raro que las partes acudan asistidas por abogados y claro esta que de asistir el encargado de calificar los hechos y de pedir pena seria el abogado de la acusación, pero de no acudir abogado y en atención de que este es un procedimiento en el que la declaración simple del denunciante tendrá valor de acusación con su simple ratificación en la fase oral y por tanto sin necesidad de calificar los hechos si hace necesario que el denunciante pida pena. El denunciante no tendrá que cuantificarla ni mucho menos pero si de formulara después de finalizada la documental y de las alegaciones de las partes si pide o no pena. De no pedirla no se podrá condenar.

Yo soy Juez de Paz y he celebrado bastantes juicios de faltas ( casi todos injurias) amenazas es mas raro y como te comento es necesario dar cumplimiento a esa formalidad.

Respecto al juzgado de primera instancia y al de instrucción tienes toda la razón. Fallo Mio.

Desconectado Falcone

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Re:Procedimiento penal por amenazas
« Respuesta #5 en: 19 de Junio de 2012, 00:18:22 am »
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Buenas,

Al tratarse de un juicio de faltas por amenazas el ministerio fiscal no acudirá en atención a las previsiones del art 969.2 de la Lecr y la Instrucción 345/ 2011 de la Fiscalía General del Estado. Por otro lado en este tipo de juicios es muy raro que las partes acudan asistidas por abogados y claro esta que de asistir el encargado de calificar los hechos y de pedir pena seria el abogado de la acusación, pero de no acudir abogado y en atención de que este es un procedimiento en el que la declaración simple del denunciante tendrá valor de acusación con su simple ratificación en la fase oral y por tanto sin necesidad de calificar los hechos si hace necesario que el denunciante pida pena. El denunciante no tendrá que cuantificarla ni mucho menos pero si de formulara después de finalizada la documental y de las alegaciones de las partes si pide o no pena. De no pedirla no se podrá condenar.

Yo soy Juez de Paz y he celebrado bastantes juicios de faltas ( casi todos injurias) amenazas es mas raro y como te comento es necesario dar cumplimiento a esa formalidad.

Respecto al juzgado de primera instancia y al de instrucción tienes toda la razón. Fallo Mio.

Gracias, marcopz. Muy didáctica y clarificadora tu exposición, la experiencia es la experiencia.... :)
Un saludo.
"quotquotNo hay calificaciones que mostrar"quotquot

Desconectado willagar

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Re:Procedimiento penal por amenazas
« Respuesta #6 en: 19 de Junio de 2012, 18:19:23 pm »
Muchas gracias a todos por vuestras aportaciones. Muy útiles y prácticas.

Desconectado urbiet

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Re:Procedimiento penal por amenazas
« Respuesta #7 en: 22 de Junio de 2012, 21:30:32 pm »
Chapeau a los compañer@s  ;)

Han respondido de una manera clara, concisa y concreta y con excelente base jurídica.

Saludos
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