Como estudiantes de derecho que somos, deberíamos saber que las Administraciones no puede resolver de forma arbitraria. Tiene que basar sus resoluciones en la Ley. Si la Ley dice que a este señor, por tener una enfermedad incurable, se le debe conceder el 3er grado, no pueden denegársela aduciendo simplemente que el señor es un asesino cruel y sanguinario. ¿La ley pone que si eres un asesino cruel y sanguinario y estas enfermo terminal NO se te concede el 3er grado? ¿Verdad que no? pues eso. Es lo qeu ha dicho el de prisiones, el tiene que aplicar la ley, no puede inaplicarla aduciendo reservas morales, pues no está contemplado ese caso en la ley. Ese 3er grado es para PRESOS, de todo tipo... Si no, que cambien la ley, pero en cualquier caso, como sabéis, ya no afectaría a Bolinaga, pues como dice el art. 9.3 de nuestra Constitución: ". La Constitución garantiza (...) la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, ...". Que es lo mismo que pasó con el caso De Juana Chaos, que habiéndose cambiado la ley, como fue en un momento posterior a que él fuera condenado, no se pudo retrotraer para que no saliera.