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Autor Tema: HERENCIA :cuenta Bancaria cotitular X, Herencia a Y , ¿puede X liquidar a cero?  (Leído 22292 veces)

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Desconectado AnaBeige

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Una cuenta bancaria entre otros bienes de una persona,  pero centrémonos en la cuenta bancaria.  El titular Antonio,  pone de cotitular a Pepito Pérez, el cual usa la cuenta bancaria como uso habitual.  El titular Antonio entra en enfermedad grave a punto de morir escribe testamento hológrafo,  y cede esta cuenta bancaria a su hermana Lourdes. Peor el testamento aún no está abierto a la espera de que un abogado entendido que entienda vuelve de vacaciones.
1-    Puede pepito Pérez estar haciendo uso de esa cuenta bancaria mientras? Supongo que si porque es cotitular, pero :
2-   Cuando se abra el sobre y se vea que la cuenta se cedió a Lourdes,  si pepito Pérez dejó la cuenta a cero ¿ tiene obligación de reembolsar a Lourdes la cantidad que había cuando el titular Antonio falleció?
3-   Lourdes se queda con la  cuenta a cero porque al fin y al cabo pepito Pérez era cotitular y por eso hacía uso de ella aún después de fallecido el titular?.
Gracias un saludo.


Desconectado fermar

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Re:HERENCIA :cuenta Bancaria cotitular X, Herencia a Y , ¿puede X liquidar a cero?
« Respuesta #1 en: 22 de Agosto de 2012, 18:02:04 pm »
pocos datos, en concepto de que está como cotitular, que patrimonio tiene la cuenta imputable a cada titular, que relación jurídica tienen los dos etc.... en fin dificil, el derecho no es tan plano que por siempleza se puedan determinar analisis con tanta facilidad-
Fer.

Desconectado Alfmonti

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Re:HERENCIA :cuenta Bancaria cotitular X, Herencia a Y , ¿puede X liquidar a cero?
« Respuesta #2 en: 22 de Agosto de 2012, 20:10:34 pm »
El "cotitular" de una cuenta corriente es titular del 100% del saldo de la misma y por tanto puede sacar todo el dinero de la misma si le place. Otra cosa, será si el origen de los fondos son del otro titular y esto se pueda demostrar. En ese caso cabrían acciones de reembolso de los herederos contra el cotitular de la cuenta. Pero eso, hay que demostrarlo...

Saludos

Desconectado chusa2

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Re:HERENCIA :cuenta Bancaria cotitular X, Herencia a Y , ¿puede X liquidar a cero?
« Respuesta #3 en: 22 de Agosto de 2012, 22:19:32 pm »
El cotitular estando fallecido el otro titular, a partir de la fecha de fallecimiento solo puede sacar el 50% del saldo a esa fecha, entiendo que la cuenta es indistinta, que es lo habitual.
Antes del fallecimiento podía disponer de la totalidad de la cuenta, cancelarla,etc.
El heredero de la cuenta bancaria, hereda la parte del titular fallecido, el otro 50%, de todas formas atendiendo al testamento ológrafo que hay se hará un reparto y una escritura de adjudicación de herencia donde se detallará lo que le queda a cada heredero y si no coincide con lo que aquí se diga habrá que explicar porque ó ver en un extracto porque no coincide, puede disminuir el saldo los gastos de sepelio.
Un saludo
Una cosa no es justa por el hecho de ser ley. Debe ser ley porque es justa.

Desconectado kristina_0091

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Re:HERENCIA :cuenta Bancaria cotitular X, Herencia a Y , ¿puede X liquidar a cero?
« Respuesta #4 en: 23 de Agosto de 2012, 15:20:07 pm »
Antes del fallecimiento el dinero de la cuenta es 50% de cada uno siendo la disposición de la cuenta indistinta  (suele ser lo mas normal)aunque el titular fallecido deje el 100%del dinero a lourdes solo podra disponer del 50% del dinero por q el otro 50%es del otro titular ya que solo pierden la disposion del dinero en caso de fallecimiento los autorizados pero nunca los titulares  claro. al repartir una testamentaria el notario pide los movimientos del ultimo año de las cuentas bancarias para ver si se ha producido algún movimiento extraño antes de fallecimiento esto sobre todo es para la evasión de impuestos de sucesiones y donaciones

. Si antes de fallecimiento la cuenta queda a 0 habría q ver en que fecha se firmo el testamento y el dinero q había en su momento para poder reclamar.yo trabajo en una entidad bancaria y esto es un tema q suele dar muchísimos problemas por q la ley en este caso esta a mi parecer esta  bastante confusa Espero haberte servido de alguna ayuda

Desconectado Alvaro79

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Re:HERENCIA :cuenta Bancaria cotitular X, Herencia a Y , ¿puede X liquidar a cero?
« Respuesta #5 en: 23 de Agosto de 2012, 16:26:10 pm »
Porque el 50% para cada uno.?

Es decir, si yo soy titular y pongo a "por ejemplo" a mi hermano de cotitular, puede pasar dos cosas.

a) que Hacienda presuma  que haya realizado  una donación y tenga que tributar el beneficiario por el ISD.

B) Que demuestre a hacienda, que aunque le ponga a mi hermano de titular en la cuenta bancaria, el dinero sigue siendo mio, por ejemplo, maneras de demostrarlo, es declarando solo uno de los titulares en el IRPF, intereses obtenidos, demostrar el origen de los fondos

1. si la cuestión es la opción a, puede hacer uso del dinero que le corresponda.
2. y si la cuestión es la opción b, pues a reclamar el dinero que haya podido usar.

Esta es mi opinión con ocasión de la asignatura FyT II, que lo he leido en un ejemplo de manual, un caso similar. Pero claro puedo estar equivocado. :)

Por esto también se podrá demostrar, e incluso reclamar el uso indebido del otro cotitular del dinero
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Antes del fallecimiento el dinero de la cuenta es 50% de cada uno siendo la disposición de la cuenta indistinta  (suele ser lo mas normal)aunque el titular fallecido deje el 100%del dinero a lourdes solo podra disponer del 50% del dinero por q el otro 50%es del otro titular ya que solo pierden la disposion del dinero en caso de fallecimiento los autorizados pero nunca los titulares  claro. al repartir una testamentaria el notario pide los movimientos del ultimo año de las cuentas bancarias para ver si se ha producido algún movimiento extraño antes de fallecimiento esto sobre todo es para la evasión de impuestos de sucesiones y donaciones

. Si antes de fallecimiento la cuenta queda a 0 habría q ver en que fecha se firmo el testamento y el dinero q había en su momento para poder reclamar.yo trabajo en una entidad bancaria y esto es un tema q suele dar muchísimos problemas por q la ley en este caso esta a mi parecer esta  bastante confusa Espero haberte servido de alguna ayuda

Desconectado kristina_0091

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Re:HERENCIA :cuenta Bancaria cotitular X, Herencia a Y , ¿puede X liquidar a cero?
« Respuesta #6 en: 23 de Agosto de 2012, 21:56:43 pm »
Los titulares siempre son los mismos q con los que se apertura la libreta no se pueden modificar los titulares si no es cancelando una libreta y abriendo otra nueva con otros titulares.
A mi el caso a no se me ha dado nunca de q alguien tenga q tributar por una donación por estar de titular en una libreta a la vista
En el caso b si estamos hablado de cuentas vista no supone ningún problema ya q normalmente las cuentas a la vista no generan intereses y si generan alguno son mínimos.(suelen generar mas gastos q intereses)otra cosa ya es si hablaríamos por ejemplo de una ipf o deposito q genera intereses.a la hora del IRPF los interés generados y sus retenciones se dividen entre el numero de titulares q tenga.pero eso te pasa en cualquier producto bancario por el q tengas q tributar(hipotecas,fondos,depósitos de valores ....) lo Mejor es poner autorizados q tiene la misma validez  a la hora de disponer pero fiscalmente no les afecta

Desconectado kristina_0091

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Re:HERENCIA :cuenta Bancaria cotitular X, Herencia a Y , ¿puede X liquidar a cero?
« Respuesta #7 en: 23 de Agosto de 2012, 22:28:41 pm »
Os vy a exponer el ultimo caso q yo he conocido sobre este tema ya q yo las posibles reclamaciones judiciales q se pueden hacer en caso de q exista una denuncia no las conozco por q este va a ser mi primer año de derecho y me gustaría conocerlas ya q muchas veces me han preguntado q que se puede hacer despues por la vía judicial y si se va a poder arreglar algo y no se q contestar
4 hermanos uno de ellos tiene abierta una cuenta con 10000 euros y un deposito con 10000 euros esta de titular con otro de sus hermanos.el dinero es 100%del primer titular ya q se puede demostrar q los ingresos provienen de una pensión q este tiene domiciliada en la cuenta.falllece el 1titular y al no tener este mujer ni hijos otorga en testamento q todos sus bienes  se repartan a partes iguales entre sus hermanos.nos notifican el fallecimiento y el banco hace así el reparto. al hermano titular le corresponden 5000 euros de la libreta y 5000 del deposito el 50%por ser titular + de los otros 5000 euros de la libreta y 5000del plazo una tercera parte.a no ser de q nos presente un documento como q renuncia al 50% q le corresponde por ser titular (q no suele ser el caso por q ya se sabe cuando se habla de dinero ........)a los otros dos hermanos les corresponde una tercera parte a cada uno de los 5000 euros de la libreta y 5000 del deposito.