ARGUMENTO desde el punto de vista de la Constitución: Yo no es que sea un lumbreras, pero para mí, y utilizando un método científico, adoptado y aceptado por la gran mayoría de los científicos valga la redundantia, está muy claro:
1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
igualdad.
(Del lat. aequalĭtas, -ātis).
1. f. Conformidad de algo con otra cosa en naturaleza, forma, calidad o cantidad.
2. f. Correspondencia y proporción que resulta de muchas partes que uniformemente componen un todo.
3. f. Mat. Equivalencia de dos cantidades o expresiones.
~ ante la ley.
1. f. Principio que reconoce a todos los ciudadanos capacidad para los mismos derechos.
Mujer
(Del lat. mulĭer, -ēris).
1. f. Persona del sexo femenino.
hombre.
(Del lat. homo, -ĭnis).
1. m. Ser animado racional, varón o mujer.
Persona = Mujer = Hombre
2. m. varón (‖ ser humano del sexo masculino)
Conclusión: La constitución Ordena salvaguardar la Igualdad de las Personas (Hombre o mujer) cuidando que no se promueva desde las Instituciones estatales y democráticas ningún tipo de discriminación; la segregación sexual es un tipo de discrimanción pues busca la no participación en iguales condiciones de mujer y hombre.
Segregar.
(Del lat. segregāre).
1. tr. Separar o apartar algo de otra u otras cosas.
2. tr. Separar y marginar a una persona o a un grupo de personas por motivos sociales, políticos o culturales.
Discriminar
discriminar.
(Del lat. discrimināre).
1. tr. Seleccionar excluyendo.
2. tr. Dar trato de inferioridad a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, etc.
Y así podríamos seguir ateniéndonos a la aportación de la no despreciable contribución de entidades nada sospechosas como la RAE.
Mi exposición no es exhaustiva ni criticable, pero sí cierta en todo lo que se expone conforme al criterio repito de dichas instituciones HUMANAS.